Territoires

Bizkaia. Administración pública (version de 1999)

Los bandos como agrupaciones electorales.

Una vez superados los enfrentamientos civiles, la división en bandos sirvió de soporte dentro de cada municipio para agrupar a los vecinos en parcialidades electorales de los oficios de gobierno local. El mismo valor tendrá la parcialidad para el agrupamiento de anteiglesias y villas en las elecciones de oficios del Regimiento y de agentes del Señorío. En lo que concierne a las anteiglesias, que hasta 1630 eran las únicas que tenían derecho a participar en la nominación de cargos de gobierno, la adcripción de sus apoderados a la parcialidad oñacina o gamboína dependía de la decisión adaptada por la mayoría de los vecinos. Las Villas tuvieron que realizar la opción correspondiente en la fecha indicada. La casuística de la opción interna del ente representado dio lugar a que los municipios se agruparan electoralmente en tres sectores, el de las repúblicas fijas oñacinas, las fijas gamboínas y el bloque de los que alternaban en oñacinos y gamboínos, y el caso singular de la anteiglesia de Murueta. En 1714 desapareció este último grupo, asignándose a una u otra parcialidad que quedaron igualadas en cincuenta miembros.