Territoires

Bizkaia. Administración pública (version de 1999)

Antecedentes.

En la búsqueda de antecedentes a las Juntas territoriales medievales se ha pensado en ocasiones en la asamblea general de los vecinos de las aldeas (conventus publicos vincinorum), que para García de Valdeavellano, que estaba pensando en un ámbito peninsular, podían ser un vestigio de la solidaridad vecinal de los comarcanos de las primitivas comunidades locales o "marcas" germánicas. La institución aludida tiene sin embargo alcance local, no territorial, y se registra en áreas que formaron parte del reino toledano. Sabemos de las pretensiones de los reyes visigóticos de hacer efectivo su dominio sobre el territorio vascónico; se conoce también la relación más o menos pacífica del País Vasco más occidental, de la terra alavesa, con el Reino de Asturias, después de León. Es casi seguro que entre el s. VIII y el XI el área vizcaina, al menos de la Bizkaia nuclear (y de las zonas colindantes del Duranguesado, Oñate, Alava) vivió una situación peculiar por su condición periférica respecto de los nacientes Reinos de Navarra y de Asturias que se desarrollaban al oriente y el occidente. La carencia de fuentes cronísticas o diplomáticas impide hacer afirmaciones sobre las instituciones locales y territoriales de Bizkaia en este período; la similitud de las condiciones de civilización permitiría pensar, sin embargo, en la emergencia de instituciones como el conventus publicus vincinorum o algo similar, conocidas en otros territorios. Recordemos que desde las primeras menciones políticas indirectas del territorio en el siglo X, Bizkaia aparece vinculada gubernativamente al Reino de Pamplona: se halla claramente integrada en el área política navarra en el siglo siguiente, a la que se mantendrá adscrita, con alguna alternancia castellana, hasta finales del s. XII. Las Encartaciones y la Bizkaia nuclear, y después el Duranguesado, formarán parte en lo sucesivo, desde los comienzos del siglo XIII, del Reino de Castilla. La integración fue compatible con la constitución de un amplio poder señorial de naturaleza política singular, aunque ciertamente no soberano, sobre los tres territorios citados. El poder gubernativo fue ejercido hereditariamente hasta 1379 por una familia de antiguo arraigo en el área occidental de Vasconia y recayó en la fecha citada en los titulares de la Corona de Castilla. A partir de 1379 los que gobiernan en Bizkaia operan con un doble título: el de Rey, que confiere el regnum, la soberania, y el de Señor, que conlleva la titularidad del amplio poder señorial ganado durante varias centurias. Ver SEÑORIO. Junto al Rey, al Señor, está la comunidad organizada que posee su propio Derecho. La relación dialéctica entre ambos elementos institucionales irá configurando el sistema foral vizcaino a lo largo de la Edad Media y de la Edad Moderna.

Señores (documentados) de Bizkaia hasta la incorporación a la Corona
Castellana en 1379.
ENNECO LOPEZ "EZKERRA"
LOPE IÑIGUEZ
DIEGO LOPEZ DE HARO I
LOPE DIAZ DE HARO I
DIEGO LOPEZ DE HARO II
LOPE DIAZ DE HARO I I"CABEZA BRAVA"
DIEGO LOPEZ DE HARO III
LOPE DIAZ DE HARO III
DIEGO LOPEZ DE HARO IV
MARIA DIAZ DE HARO I
DIEGO LOPEZ DE HARO V "EL INTRUSO"
JUAN DE HARO "EL TUERTO"
ALFONSO XI DE CASTILLA
MARIA DIAZ DE HARO II
NUÑO DE LARA y DIAZ DE HARO
JUANA NUÑEZ DE LARA
PEDRO I DE CASTILLA
TELLO DE VIZCAYA
JUANAMANUEL
JUAN I DE CASTILLA
(1043-1076?)
(1076?-1092)
(1093-1124)
(1124-1170)
(1170-1214)
(1214-1236)
(1236-1254)
(1254-1288)
(1288-1289)
(1289-1295; 1310-1322;1326-1334)
(1295-1310)
(1322-1326)
(1329-1334)
(1334-1349)
(1350-1352)
(1352-1358)
(1358-1366)
(1358-1370: de hecho)
(1369-1371)
(1371-1390)