Territoires

Bizkaia. Administración pública (version de 1999)

Límites del poder.

Resultaría excesivo hacer una descripción del ámbito material de competencias de la Junta. En cualquier caso hay que tener en cuenta la siguiente observación de Echegaray: "el poder de la Junta General tenía una restricción terminante y definida. Era que no podía tratar jamás de ningún asunto judicial ni contencioso; si en algún tiempo iban los pleitos en última instancia a la Junta General, ésta se limitaba a designar Diputados que fallaran el negocio, absteniéndose ella cuerdamente de intervenir en él".