Territoires

Bizkaia. Administración pública (version de 1999)

El poder señorial y el de la Junta.

Son dos los elementos definitorios de la entidad política de Bizkaia:

a) De un lado el poder jurisdiccional del Señor sobre el conjunto del territorio, sobre las tres Terras articuladas en virtud del mayorazgo (Bizkaia nuclear, Encartaciones y Duranguesado), ámbito jurisdiccional al que se añadirá después el bloque de Villas. El poder jurisdiccional único permite al oficial señorial supremo, el prestamero, ejercer su autoridad en todas las Terras y ámbitos del Señorío, y lo mismo ocurrirá después con su sucesor el Corregidor, oficial encargado de representar y ejecutar la política de los Reyes y Señores.

b) La asistencia a unas Juntas Generales comunes por cuestiones de Fuero también común. Hay que destacar que la concurrencia a una Junta General común constituye inicialmente la única expresión política de la vinculación entre todos los habitantes del Señorío, si bien la asamblea trata de muy pocas cuestiones que interesen al conjunto de bloques.