Kontzeptua

Comercio (1978ko bertsioa)

El comercio del tabaco. Descubierto ya en los primeros viajes a América, el uso del tabaco se extendió rápidamente por Europa. En principio era libre su introducción; entre 1632 y 1636 fue convertido en Castilla en un monopolio, que se explotó por el sistema de arriendo. Algunos años más tarde, en 1642, las Cortes de Navarra lo estancaron a su vez. El estanco de tabaco navarro fue arrendado al gobierno de Madrid el año 1716. Fue un error político, ya que so pretexto de evitar fraudes y contrabando la Monarquía introdujo en el Reino navarro gran número de agentes del Gobierno como funcionarios del monopolio. De la energía que se empleaba en proteger el estanco del tabaco da idea el hecho de que en 1732 fue clausurada por Real Orden, cerrándola con cal y canto y cubriéndola de gruesas piedras, una mina, descubierta a media legua de Muro de Cameros, en Rioja, cuyo mineral se asemejaba tanto al tabaco de Sevilla que se temía fuera empleado por contrabandistas y estanqueros para mixtificar aquél. En Vizcaya el comercio del tabaco era libre. Algunos vizcaínos lo compraban en grandes cantidades, introduciéndolo después de contrabando en Castilla. A juzgar por una visita de inspección realizada por el Corregidor de Vizcaya en 1687, gran parte de las ferrerías y molinos harineros del Señorío habían sido reconvertidos en molinos de tabaco. En 1701 se encargó directamente la Hacienda Real de la administración del monopolio castellano. Las introducciones clandestinas desde Vizcaya abundaban, por lo que la Reina gobernadora María Luisa de Saboya ordenó al Señorío enmendar este exceso. Consultados varios jurisconsultos, determinaron que sería contrafuero limitar en Vizcaya el comercio del tabaco cubano, pero no así el de Barbados, Virginia y otros países extranjeros. Una Provisión Real declaró en 1703 prohibido en el Señorío el tráfico de tabaco de Virginia como nocivo y perjudicial para la salud humana. Además, estableció un impuesto de un real por cada libra de tabaco introducida en Vizcaya. En Bayona, San Juan de Luz y otras poblaciones labortanas existían, al amparo de su franquicia, gran número de establecimientos para la elaboración de tabacos. No sólo se utilizaba tabaco antillano, sino también el del propio país, cuyo cultivo había alcanzado gran importancia. Los clientes de las fábricas de tabacos labortanas eran principalmente guipuzcoanos, que pasaban luego fraudulentamente las labores a Castilla. Una Real Orden vino a prohibir, a comienzos del s. XVIII, la importación a Guipúzcoa de tabaco labortano, incluso con pena de muerte. A pesar de las prohibiciones e injerencias gubernametttales, Guipúzcoa, Vizcaya y Alava se vieron libres del monopolio tabacalero estatal hasta la Real Orden de 28 de febrero de 1878, que lo estableció en las Vascongadas a partir del 1 de julio de aquel año.