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Lapurdi. Instituciones

Existen muchos interrogantes sobre el funcionamiento del tribunal vizcondal de Lapurdi, sobre cómo se componía, cómo funcionaba o cuántas sesiones celebraba, pero estas preguntas no pueden ser satisfechas más que mediante hipótesis y en este terreno conviene ser prudentes. Según las ideas de la época -dice Ducéré-, juzgar era un asunto de varios; el derecho del tribunal lo poseía el señor, tenía que convocar los jueces y ejecutar las sentencias, pero no tenía el derecho de juzgar. Este pertenecía a los vasallos o pares. Hay pues motivos para creer que el vizconde llamaba, para formar su tribunal, a sus principales barones, cosa que resulta afirmada más todavía viendo el ejercicio del poder legislativo. El vizconde les consultaba y, sin duda, no actuaba más que después de haberse asegurado su consenso. Los nombres de estos consejeros íntimos, de los que varios eran parientes del vizconde, los encontramos repetidas veces en la mayoría de las actas de Bertrand y son: Aner de Sault, Lope Aner de Ascain, Guilhem Bernard de Urruzaga, Messeriat de Naubeis, Bonion de Urtubia, A. de Garro, G, de Zubernoa, W. de Sincos, B. de Irandats, Brasc de Sance, todos o casi todos jefes de casas nobles con cierto esplendor durante algún tiempo. El obispo y los canónigos asistían a veces a las deliberaciones de los barones, y probablemente en estas ocasiones las reuniones tenían lugar en el palacio episcopal.