Para calcular la aportación económica que anualmente Navarra debe satisfacer a la Hacienda estatal -obsérvese que el concepto es idéntico al de Cupo en el Concierto Económico-, se procede de la siguiente manera: los gastos totales del Estado (GTE) se dividen en cargas no asumidas (CNA) -que lo son bien por tratarse de competencias exclusivas del Estado o bien porque siendo transferibles aún son ejercidas por éste- y cargas asumidas (CA) que corresponden a partidas de competencias que ya ejerce Navarra. El método comienza por evaluar el importe de las cargas no asumidas (CNA) por la CFN en las partidas de los Presupuestos Generales del Estado. En la práctica, y por sencillez, para obtener éstas (CNA) se identifican y suman todas las partidas presupuestarias que reflejan créditos correspondientes a competencias asumidas (CA) y su importe se sustrae del total de gastos (GTE). La aportación íntegra se calcula multiplicando dicho importe (CNA) por el índice de imputación (i): De modo que:
Aportación íntegra = i × CNA.
Para el Convenio de 1990 el valor del índice de imputación se determinó como el porcentaje de participación de Navarra en el Valor Añadido Bruto nacional al coste de los factores según la Contabilidad Regional del INE y referido a 1986, último año disponible en el momento de la firma del Convenio, así
i= VAB Navarra ÷ VAB Estado = 466.873÷ 29.141.184 = 1,60%
Desde entonces, el índice del 1,6 por ciento permanece inalterado.
De este importe íntegro deben descontarse los ajustes a la recaudación derivados de los puntos de conexión y las compensaciones por ingresos que obtiene el Estado y no son recaudados por la hacienda foral. Así se obtiene la aportación líquida.
También por razones de conveniencia práctica se acordó que estos laboriosos cálculos se hiciesen tan sólo una vez cada cinco años, determinando así la aportación líquida del denominado año base del quinquenio. La de los otros cuatro años se fija automáticamente mediante un índice de actualización basado en la evolución de la recaudación de la Hacienda estatal de los impuestos concertados en el periodo.
El resultado de este proceso recogido en el Convenio para los años base de 1990 y 2000 es el que mostramos en el siguiente cuadro:
Año Base 2000 | Año Base 1990 | |
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Presupuesto del Estado. Gastos | 139.292.121.933 | 76.295.535.682 |
Cargas ejercidas por Navarra | 74.674.005.024 | 21.375.470.292 |
Porcentaje Cargas Ejercidas | 53,61% | 28,02% |
Total cargas no asumidas | 64.618.116.909 | 54.920.065.390 |
Aportación integra (1,60 %) | 1.033.889.871 | 878.721.046 |
Compensaciones | 672.947.243 | 507.128.004 |
Tributos no convenidos | 48.898.345 | 172.724.869 |
Otros ingresos no tributarios | 132.541.199 | 99.689.878 |
Déficit presupuestario | 415.431.587 | 193.045.088 |
Impuestos directos convenidos | 76.076.112 | 41.668.169 |
Aportación líquida del año base | 360.943.829 | 371.593.764 |
En millones de pesetas | 60.056,0 | 61.828,0 |