Udalak

FITERO

El Señorío de Fitero. Durante el siglo XVI y XVII vemos, pues, instaurarse en territorio fiterano una segunda feudalidad que obligó a someterse, pese a sus protestas, a toda la población al yugo abacial. El dispendio de las riquezas del monasterio era tan escandaloso que en 1566 las autoridades eclesiásticas dividieron, con la aprobación del rey, las rentas en tres partes: una destinada al abad, otra a la manutención y vestuario de los monjes y una tercera para fábricas, ornamentos y cultos. Al sobrevenir la aplicación de la normativa derivada de Trento, el abad se adelantó a hacerlo para evitar ingerencias del obispado de Tarazona. A partir de estas fechas se constituyó -al decir de Goñi Gaztambide a quien seguimos en esto- en la villa de Fitero "un territorio nullius, que se fue organizando al estilo de un obispado: se publicaron unas Constituciones sinodales sin intervención de ningún sínodo en 1592 y se montó un aparato curialesco con su vicario general, su fiscal, su tribunal y sus edictos pastorales. Todo ello encontró la aprobación de las autoridades superiores". Los fiteranos, además de crecidas pechas, debían dar al abad el quinto de las uvas y aceitunas y el cuarto de los carneramientos. En el siglo XVII las rentas del monasterio alcanzaban los 9.000 ducados, correspondiendo sólo al abad un tercio. El tratamiento señorial fue repetidamente impugnado por los vasallos que alegaban las ordenanzas municipales del primer tercio del siglo XVI.