Lexique

JUSTICIA (DERECHO)

El diputado general. En 1476 se creó en Alava el cargo de diputado general, con el título primitivo de juez ejecutor. En cuanto a las principales atribuciones del diputado, según una disposición regia de 29 de julio de 1498, era quien se encargaba de enmendar las negligencias de los alcaldes de Hermandad y también conocía la apelación de los casos de Hermandad. Con la creación de juez ejecutor diputado general, se recortaron las atribuciones de los dos comisarios, acumulándose al diputado. A éste se sometieron todos los alcaldes de Hermandad. Tuvo, asimismo, tribunal civil y criminal de apelación. Las sentencias dictadas por la Diputación general, en casos de Hermandad, eran ejecutivas, aunque se apelara y este recurso se interponía ante el monarca o su supremo Consejo (carta real de 18 de agosto de 1708). Los delitos de contrabando y defraudación se conocían en primera instancia y a prevención por la justicia ordinaria y la de Hermandad. Los recursos de apelación y otros iban a los tribunales superiores de Castilla.