Lexique

JUSTICIA (DERECHO)

Merindades y baylíos. El nombre de merindades se tomó de merino o juez criminal, que se encargaba de ejecutar las sentencias emitidas por los alcaldes contra los que no eran hidalgos. Los bayles tenían, en su respectivo territorio, idénticas funciones a los merinos. Según el Fuero de Sobrarbe el rey ponía un justicia en los pueblos, nombrado por los vecinos; y un alcalde, designado por el monarca, de entre una terna que le presentaban los jurados y el concejo. A mediados del siglo XIV, existían alcaldes en todas las poblaciones que tuvieran voto en Cortes. En la escala superior a estos alcaldes, estaban los alcaldes mayores de mercado, distrito o comarca, nombrados siempre por el monarca, y que entendían en primera instancia de los pleitos civiles y criminales de los labradores y ruanos, ya que de los pleitos entre los hidalgos entendía el tribunal real. Zabalo manifiesta que los alcaldes de este tipo conocían la apelación de las sentencias dictadas por los alcaldes locales.