Juez de contrabando de Guetaria. Guetaria era un puerto en el que nunca había habido juez de contrabando. Sin embargo, en 1707 un natural de ella, llamado Domingo de Mendía, obtendría la veeduría del comercio. La provincia reaccionaría ante esta novedad negando el uso foral al título que exhibió el citado Mendía para ejercer aquella veeduría. La negación del título acarrearía la suspensión de la nueva judicatura. Pero esta situación no duraría mucho tiempo. En efecto, a la vista de una carta que presentó nuevamente Domingo de Mendía, en 1708, la provincia cedió a sus pretensiones y dio uso a su título de veedor. Seguidamente analizamos estos dos momentos: el de la suspensión de la judicatura y el de su funcionamiento. El 16 de noviembre de 1707 se reconocieron en la Diputación de Tolosa los despachos que exhibió para su uso Domingo de Mendía, vecino de la villa de Guetaria, por los cuales se le nombraba juez de contrabando en aquella villa. La Diputación consideró que no era necesario este juzgado por el poco o ningún comercio que había en aquel puerto; además, su ejercicio suponía un gravamen a los naturales de esta provincia por los registros, procedimientos, etc., que practicarían los guardas. Por todo ello acordó «el suspender por aora su uso y el pedir a S. M. por estos motivos el que se sirva tener a bien que se escuse este juez de Guetaria». En la Diputación del 18 de diciembre se recibió una carta del agente en Corte; en la que expresaba que el Consejo de Guerra había hecho a S. M. «una consulta poco favorable al intento de la provincia, sobre que asta aora no se ha tomado resolución». Nuevamente, en la de Tolosa del 15 de enero de 1708, se recibió otra carta del agente. Este decía que S. M. en vista de la segunda consulta que el Consejo de Guerra le hizo sobre la judicatura del contrabando de Guetaria «a mandado mantenerla por aora y que en adelante no pueda el Consexo dar empleo de esta ni de otra calidad, sin que primero prezeda consulta». Domingo de Mendía presentó en la Diputación (28-1-1708) una carta de Juan de Elizondo, secretario de Guerra, en la cual se notificaba que por resolución de S. M., se mantenía la judicatura del contrabando de Guetaria. Aquélla acordó dar uso al título del veedor Mendía, con la calidad de que no pudiese entender ni conocer sobre cosas que se extraen por esta provincia y por el dicho puerto, respecto de que su conocimiento pertenecía privativamente por fuero expreso al alcalde de sacas; y la de que tampoco pudiese impedir la libre introducción de bastimentos. No hay constancia de cuándo dejó Mendía la judicatura, pero después de él ya no existieron en Guetaria otros jueces de contrabando.
