Concept

La legislación educativa en la Comunidad Autónoma Vasca

1980-2010

Información complementaria


La política educativa desarrollada en la Comunidad Autónoma Vasca desde 1979 hasta la actualidad se ha movido, por un lado, entre los límites del marco constitucional y, por otro, en el desarrollo de las propias competencias en virtud del marco que supuso el Estatuto de Gernika.

La Constitución española de 1978, en su artículo 27, plantea las bases de una descentralización de la administración educativa y el Estatuto de Autonomía, en su artículo 16, establece que es "competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio del artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que lo desarrollen, de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30 de la misma y de alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía". La Comunidad Autónoma Vasca recibió las competencias en materias de enseñanza en el primer bloque de transferencias, mediante RD 2808/1980 de 26 de septiembre, publicado en el BOE el 31 de diciembre.

Hay que recordar, asimismo, que el artículo 4.2 de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE de 1990), estableció que los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas, que están en manos del gobierno central, y que "en ningún caso requerirán más del 55% de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua oficial distinta del castellano, y del 65% para las que no la tengan".

En estos treinta años, uno de los objetivos fundamentales del sistema educativo en la Comunidad Autónoma ha sido euskaldunizar el sistema educativo vasco, especialmente el público que presentaba serias deficiencias en este campo en el momento de asumir las competencias educativas. En este sentido, se observará que muchas de las disposiciones del Gobierno Vasco han tenido como referencia este proceso que encaja, tanto con el marco constitucional como con el derecho a implantar un sistema que garantice el uso del euskara en todos los ámbitos de la administración y de la vida pública y, sobre todo, en el sistema educativo. No podemos olvidar el principio de cooficialidad del euskara, como lengua propia del País Vasco y que la Comunidad Autónoma tiene que garantizar el uso del castellano y el euskara, sin ningún tipo de discriminación.