Concept

La legislación educativa en la Comunidad Autónoma Vasca

En todo este proceso, y hasta la Ley de la Escuela Pública Vasca, subyacían dos planteamientos o dos modelos de cara a la normalización de la Escuela Pública Vasca:

  1. El Modelo estatal de Escuela Pública, regulado a través de la LODE, de carácter uniformizador, reglamentista y preocupado por la reserva de competencias y la homogeneización, más que por la especificidad y la singularidad; según el cual las Ikastolas, para su transformación en escuelas públicas, deberían integrarse o fusionarse en la actual escuela pública y según la normativa vigente
  2. El Modelo de Escuela Vasca, según la cual la Escuela Pública Vasca aparece como un paso de confluencia entre las Ikastolas y las Escuelas Transferidas de cara a la configuración de la futura Escuela Vasca. Ello suponía un período de acercamiento de ambos sistemas o redes hacia los principios derivados de un amplio consenso social y político sobre la Escuela Pública Vasca.

Como señalaba en su momento, el Vicelehendakari y Consejero de Educación, Universidades e Investigación, Fernando Buesa, tanto la Ley de la Escuela Pública Vasca como la Ley de Cuerpos Docentes, publicadas ambas en 1993, establecían un cuerpo normativo propio que permiten la configuración de una Escuela Pública Vasca más autónoma, de mayor calidad y con mayor capacidad de adaptación a las demandas de nuestra sociedad; también señalaba que eran fruto de un largo proceso, en búsqueda de un respaldo social más amplio encaminado a un sistema educativo de calidad y al servicio de la sociedad. La Ley de la Escuela Pública Vasca propuso el mayor grado de autonomía en la esfera de la organización, propiciando la participación de toda la comunidad educativa y buscando fórmulas de autoorganización. Esta ley propugna una escuela plural, bilingüe, democrática, al servicio de la sociedad vasca, enraizada social y culturalmente en su entorno, participativa, compensadora de las desigualdades e integradora de la diversidad.

Asimismo, clausuraba el tema de las redes escolares pues, como se señala en la introducción de la Ley, "responde a una decisión clave que es la de definir de un modo completo y definitivo dos redes escolares, la red pública y la red privada, con una consecuencia derivada de esta decisión que es la de terminar o concluir el proceso de confluencia de las ikastolas". Con ella se daba por concluido el proceso institucional con respecto a las redes escolares y al papel de las ikastolas, dando inicio a un proceso que, en su momento, se denominó de publificación por el cual las ikastolas tuvieron que decidir la permanencia como centro privado o concertado o incorporarse definitivamente a la red pública. Un conjunto importante de ikastolas, sobre todo en Gipuzkoa, optaron por una organización paralela manteniendo las señas de identidad que habían definido desde siempre a este tipo de centros educativos.