Kontzeptua

Sector minero (1990ko bertsioa)

Régimen autonómico. En el Estatuto General de Estado Vasco de la Sociedad de Estudios Vascos, el Estado Vasco tiene competencia para legislar, administrar y juzgar en materia de minas y cámaras mineras (Tít. IV, art. 15). Se incluyen los montes y minas que el Estado posee en el territorio del País Vasco que serán reintegrados al Municipio, Comunidad o Provincia correspondiente. El Estatuto de Autonomía de 1936, conforme al art. 15 de la Constitución de 1931, atribuye a la entidad denominada País Vasco la función ejecutiva de la legislación del Estado en materia de régimen minero (Tít. II, art. 8). El Estatuto de Autonomía de 1979, atribuye a la Comunidad Autónoma del País Vasco el desarrollo legislativo y la ejecución dentro de su territorio, de las bases, en los términos que las mismas señalen, en materia de régimen minero. (Tít. I, Art. 11). En el Amejoramiento de Navarra de 1982 no hay competencia a este respecto.

Ainhoa AROZAMENA AYALA