Sailkatu gabe

FACERIA (ORIGEN E HISTORIA DE LAS FACERIAS HASTA 1856)

Las faceries, convenios pastoriles. Como puede constatarse, el reglamento de estos litigios era de suma importancia para los valles que van a regularlos con plena soberanía. En una y otra vertiente, en la época feudal no hay poder centralizado y los valles, liberados de los lazos de vasallaje, llevan su política montañesa sin preocuparse de su poderío central. Las montañas unen más que separan y el parcelamiento del poder público en Francia y en España permitirá ampliamente a los valles el regular sus numerosos conflictos. Los valles, en efecto, llevan a cabo entre si verdaderas guerras que a veces se convierten en combates singulares que se terminan por arbitrajes (Cavaillés, supra, p. 7) desembocando en acuerdos: las facerias, llamadas también "lies y passeries".

Etimología. Las interpretaciones sobre el sentido exacto del término varían. Veamos la explicación que da una nota anexa a una facería acordada entre la comuna de Sara y el Valle de Baztán (Archivo de la Alcaldía de Sara, del 25 de setiembre de 1800). "El nombre facería viene de Faça que, en la antigua lengua ibera o cántabra, conservada en el idioma vasco, significa: ostentación, solemnidad, lujo. Las facerías han sido consideradas en todo tiempo como transacciones inviolables que no podían ser modificadas por ninguna autoridad, ni siquiera por sus transgresores, a menos que se diese un convenio libre, reciproco y espontáneo por las dos partes, como puede apreciarse por su texto. Pues es constituyendo y estableciendo estas facerías como los habitantes de las comunas ejercen su soberanía legítima, ejercicio que no lesiona los derechos soberanos de los respectivos monarcas cuyos intereses generales y particulares no resultan dañados así como tampoco los de las comunas no contratantes". Esta definición suscita varias observaciones: en primer lugar hace resaltar dos hechos exactos, pero también comete un error etimológico. Es cierto que en las "facerías" encontramos la idea casi mística, simbólica y religiosa de la frontera. Por otra parte la observación sobre la soberanía ejercida por los habitantes de las comunas es bastante justa. Pero sin embargo, la etimología indicada no parece exacta. El origen de la palabra "facería" está muy controvertido. La forma moderna de la palabra "facería" no es la única empleada, también encontramos la palabra "passeries" que viene de "patzerias", "patzarias" (P. de Casterax: Revue des Pyrénées... "Cartas de pax o patzerias..."Ver, sobre todo Wentworth Webster: Distracciones de un extranjero en el País Vasco, página 165; y el Fuero de Castilla Ley XIV, Tit. 3, Lib. V). Hay dos tesis básicas al respecto: para ciertos autores, este término viene de la palabra "paix", paz, "patz". Para otros, significa la "paisson" es decir el pasto. Resulta difícil pronunciarse al respecto tanto si se recurre a la etimología como si se recurre al razonamiento. Desde el punto de vista etimológico hay una cierta confusión. M. Nussy Saint Saéns, en su obra sobre el Fuero de Zuberoa, señala que en diez ediciones de este Fuero, de 1553 a 1769, se pueden ver variantes inquietantes. Según M. Nussy Saint Saéns "¿en el articulo I del Título XIII hay que leer "Pach", como en una edición de 1692, o "paix", como en una edición de 1553? Ahora bien, en gascón "pach" significa "pasto" montanera, y "paix" "pescado"... Por otra parte, si recurrimos al razonamiento, no encontramos tampoco nada muy claro. Hemos visto que el objeto esencial de la "facería" es reglamentar el usufructo pacífico de los pastos comunes. El objeto es pues doble. Se trata tanto del pasto como de la paz. Así que, puesto que los términos que designan el objeto se prestan a confusión en su etimología, parece difícil decidirse en esta cuestión. Sin embargo admitiendo la anterioridad del hecho económico -el usufructo de los pastos- sobre el hecho político -paz entre los contratantes- podemos aventurar la hipótesis de que si las dos nociones se confunden hoy día históricamente, la única idea que originalmente se presentaba era la del usufructo de los pastos. A continuación veremos las tres etapas por las que han pasado estos convenios -económico, político y de nuevo económico-. Y puesto que, hoy en día, el elemento económico y el político se confunden, más vale procurar definir estos convenios. El "Diccionario Enciclopédico de la Lengua Española" de N. J. Cuesta (Madrid, 1872) se expresa así: Facería: la sociedad o comunidad de pastos que para sus ganados se prestan entre sí los pueblos convecinos. El nombre Facería designa de la misma manera el acto jurídico, el convenio, que el hecho jurídico de la comunidad de pastos. Estas dos definiciones son exactas en la época moderna pero en la Edad Media no son solamente convenios económicos sino tratados de paz con un objetivo muy amplio.

Tipos de facerías. Son muy numerosos en los siglos XII, XIII y XIV y su examen merece la pena. Los Contratos de Facerías se adoptan entre valles o comunas de países diferentes, o bien entre valles o comunas de un mismo pais. Por ejemplo.

Entre Valles de países diferentes. 1314: St-Savin - Panticosa. 1328: Ossau - Tena. 1355: Vicdessos - Ferrera. 1375: Baretous - Roncal. 1384: Baréges - Bielsa. 1390: Baréges - Broto. Entre comunas de países diferentes. En Laburdi, sobre todo, allí donde las parroquias se llaman repúblicas (recuerdo lejano de la dominación romana, puesto que éste era el nombre que los romanos dieron a las "civitates" que se les sometieron).

Entre Valles de un mismo país. 1171-1175: Bagnères de Bigorre-Lavedan. 1294: Bagnéres de Bigorre-Tarbes. 1258: Ossau-Barrèges. 1187-1225: Aspe-Ossau. Entre comunas de un mismo país. Sara y Saint-Pée, por ejemplo. La Reule y Parabère. Vic y St-Lèger (Bigorre).En efecto los litigios que sobrevenían entre dos valles, y la reglamentación que de ello se seguía se producían tanto a escala nacional entre dos valles de una misma vertiente, como a escala internacional entre valles de vertientes opuestas. Esta comparación significa poca cosa por otra parte pues, para los valles, extranjero era más bien el soberano o el poder central que el valle vecino, francés o español. Estos tratados de "lies" y "passeries" extendían su radio de acción sobre gran cantidad de valles esbozando una "confederación" que se afirmará en los siglos siguientes. No resulta extraño, pues, que las facerías se adopten entre vecindades sometidas en principio al mismo soberano. Asimismo podemos constatar el hecho de que se produzcan guerras entre dos valles de un mismo país, como fue el caso, en 1169 y en 1321, entre Salazar y Aezkoa, los dos de la misma vertiente.