Sailkatu gabe

FACERIA (ORIGEN E HISTORIA DE LAS FACERIAS HASTA 1856)

El medio geográfico, el valle. El valle constituye geográfica y administrativamente una unidad respetada aún hoy día en gran parte. Unidad con mayúscula, pues según dice el Conde de Saint-Saud en su "Frontera de las Dos Navarras" (1941, p. 3), "se trata de entidades políticas que formaban y todavía forman (ver el valle de Bareges, todo el cantón de Luz) en todos los Pirineos una especie de pequeños estados, conjunto de distritos municipales, tanto en España como en Francia, con sus privilegios y sus fueros. Con bastante frecuencia, este tipo de Estados no estaban sujetos a los Estados Provinciales y no tenían señores que administrasen justicia. Sus magistrados eran nombrados por los Estados Provinciales o por los reyes. En la Alta Navarra pertenecían a la Merindad (división provincial) de Pamplona.... Es la misma naturaleza quien la ha creado y limitado mediante montes. Todos los habitantes del valle están unidos solidariamente por las necesidades de la vida pastoril, en una comunidad cuyas partes integrantes, pueblos o aldeas, no tienen existencia jurídica ni bienes propios. Todo pertenece al valle. Al no estar la propiedad fragmentada sino asignada colectivamente al valle, es éste el único que ejerce la autoridad pública salvaguardada por el principio mismo de su unidad. La propiedad individual, desconocida en tiempos prehistóricos, nunca alcanzó a otra cosa, al correr de los tiempos, que a la casa y a la huerta, es decir al terreno cultivado del valle. Más allá, hacia la zona terrazada y los altos pastos, todo era propiedad común del valle. Así, la comunidad de los prados, de los pastos y de las fuentes asegura el asiento político, la Unidad del Valle. Este, por emplear una terminología moderna, se constituía en una persona de derecho público. Cuando el valle estaba muy extendido aparecían subdivisiones locales -el vicq- barrio de Valle en Lavedan, (Quinhou en Aragón), el cuart en Andorra. Hacia las últimas estribaciones de los Pirineos en las que las montañas se suavizan y los valles desaparecen, la unidad administrativa que encontramos es parroquia más bien que el "país". Este caso no se da más que en el país de Laburdi que no está estructurado geográficamente como el valle de Baigorry. La unidad de este país se afirma en principio por la reunión de los delegados de las parroquias, jurados, en una asamblea llamada Biltzar, que se reúne en Ustaritz. Pero las parroquias ejercen en realidad cada una por su cuenta los poderes reconocidos por otra parte al valle solamente. Cada parroquia constituyó, pues, una República Municipal. Así, se puede distinguir por una parte los valles, repúblicas montañesas, y, en el Laburdi, las parroquias, repúblicas municipales, unidas todas ellas, por otra parte, por una historia y una economía análogas y ejerciendo competencias análogas. Los valles han estado ligados unos a otros mediante convenios hasta finales del siglo XVII; de este modo aseguraban su independencia y consagraban a lo largo de los Pirineos, según Cavailles, "la existencia de una especie de federación de valles, Estado singular sin capital, sin gobierno ni ejército" pero con "unas fronteras, un derecho y unos adversarios". La base de tal federación se asentaba en los acuerdos -en otros tiempos permanentes, hoy día temporales- llamados "lies y passeries" o "facerías", adoptados entre los valles de administración francesa y española. Sólo encontramos dos excepciones, Roncal y Baretous, Cize y Aezkoa, que son facerías perpetuas. La supervivencia de estos acuerdos en la época actual, a pesar de la limitación de sus objetivos, crea una situación no sin analogía con un federalismo muy suave que une los vestigios de la independencia de los valles según un derecho común, el de las facerías, una policía fronteriza que les es propia, los guardas llamados a veces "guardas carnaleurs", la existencia de jurisdicciones locales en ciertos lugares -la Junta y la Piedra de San Martín- cuya coordinación queda asegurada por un órgano superior, la Comisión de los Pirineos. El origen de los tratados que los valles van a adoptar se fundamenta en dos elementos: l.° Las relaciones de vecindad entre valles, ya sea de la misma vertiente o de vertientes opuestas. 2.° La independencia de los valles con relación a las reglas habituales de la jerarquía feudal que les permite a ellos mismos regular su administración interna y las relaciones con sus vecinos.