Concept

Estado

El Estado es aquella entidad que se constituye cuando un pueblo se organiza jurídicamente en un territorio dado, bajo la autoridad de un gobierno. El Estado tiene tres dimensiones: es un ordenamiento jurídico territorial originario; es también un aparato político, es decir, un gobierno que ejerce un poder soberano sobre un pueblo asentado en un territorio; y, finalmente, el Estado es una comunidad, en tanto en cuanto surge cuando un pueblo se organiza jurídicamente. Esta es la definición que nos ofrece la teoría del Estado clásica.1

El principal fundamento del Estado es el pueblo o la comunidad política. No en vano, el Estado no es sino una determinada forma de organizarse jurídicamente un pueblo. Será el propio Estado el que conforme a su legislación decidirá quién forma parte de ese pueblo como ciudadano del Estado y bajo qué condiciones se adquiere la nacionalidad.

La unión comunitaria de ese pueblo puede adoptar una sola identidad nacional, como en el Estado-nación, o bien ese pueblo puede reunir diversas naciones, como ocurre en los Estados plurinacionales. De todas maneras, el objetivo colectivo, no siempre alcanzado, de los pueblos unidos por un vínculo nacional suele ser la consecución de un ordenamiento jurídico-territorial originario, un Estado, que afiance el vínculo nacional preexistente. Del mismo modo, los pueblos que ya han conseguido un Estado, utilizarán todos sus recursos jurídicos y políticos para que el pueblo, sus miembros, se sientan partícipes de una sola nación. Así, la relación entre Estado y nación es a menudo una conjunción de impotencias: la de las naciones sin Estado, y la de los Estados que no pueden convertirse en verdaderos Estados-naciones.

El segundo elemento esencial del Estado es el territorio. Para que un pueblo o nación pueda constituirse en Estado, debe contar con un soporte físico: el suelo que necesita para aparecer como sujeto independiente dueño de su destino, el suelo que define los límites de su potestad y permite definir un espacio de negación a la influencia de otras potestades. Cuando hablamos de suelo, de territorio del Estado sujeto a su soberanía, nos referimos también al espacio territorial subterráneo, a los mares territoriales y al espacio atmosférico existente sobre todos ellos. La seguridad del Estado y la explotación de sus riquezas mineras o naturales dependen en gran medida de la definición precisa de esta dimensión territorial.2 No obstante, gran parte de los retos planteados al Estado contemporáneo -crisis ecológica y contaminación ambiental, redes informáticas globales, cambio climático, etc-, ponen en cuestión los conceptos clásicos de exclusión territorial.

Como excepción y durante breves periodos de tiempo, en situaciones de guerra y bajo el reconocimiento de otros Estados, es concebible la existencia de Estados que hayan perdido su territorio, pero tal situación, en el supuesto de mantenerse en el tiempo, es insostenible. Del mismo modo, aun gozando de un territorio relativamente estable, si el Estado no puede garantizar su capacidad de gobierno con eficacia, nos encontraremos ante un "Estado fallido".3

Por ello, el tercer elemento constitutivo del Estado es la potestad pública suprema, la soberanía. El Estado es un ordenamiento jurídico originario. Esa es la característica que lo define en comparación con otros ordenamientos jurídicos cuyo eficacia no es originaria, sino derivada. El poder soberano del Estado supone la potestad suprema y originaria de gobierno sobre los ordenamientos que lo integran: por eso, una colonia, un Estado federado en un Estado federal o una comunidad autónoma no son "Estados", en tanto en cuanto su poder es un poder derivado y no originario. Además, desde un punto de vista jurídico, es imprescindible la personificación del Estado, la imputación de su voluntad a una unidad de decisión, a un sujeto único e invariable.

La capacidad material de gobierno no depende de la fuente de legitimación del poder estatal: la justificación ideológica de ese poder puede ser trascendente o sobrenatural, tradicional, carismática, proveniente de la conquista por la fuerza o democrática, en cualquier caso, el Estado gozará de la misma potestad o reivindicará del mismo modo la legitimidad de su capacidad de gobierno. En este sentido, el Estado es un puro aparato político, independientemente de su legitimidad añadida.

En esta línea, es imprescindible dar cuenta de la aproximación sociológica clásica que Max Weber hace al fenómeno estatal: "El Estado sería aquella organización y comunidad humana que en un territorio dado reivindica con éxito el monopolio de la violencia, gozando así de la capacidad para fijar y establecer el orden legal que se va aplicar en dicho territorio".4

Los acercamientos sociológicos y jurídicos se combinan en las visiones politológicas, que parten de una visión realista, en tanto en cuanto ponen en cuestión la supremacía abstracta del poder soberano del Estado. Y es que más allá del aspecto jurídico formal, es indudable que muchos Estados no disfrutan de todas aquellas notas materiales de la soberanía. Del mismo modo, la más somera mirada al ámbito internacional nos muestra claramente que no puede ponerse al mismo nivel la potestad material de todos los Estados.5

Como nos recuerda M. Duverger, los Estados, en comparación con otras estructuras políticas, "tienen una organización más perfeccionada, una capacidad de sancionar y una fuerza material mayores". Nada más, pero también nada menos. Ese es posiblemente el acercamiento más prudente a la cuestión en un mundo contemporáneo cada vez más complejo. Es un punto de vista que, como luego veremos, engarza perfectamente con las más recientes visiones politológicas, las que defienden una visión reticular de la política.

Desde la filosofía política, en la tensión constante entre teoría y ideología política, existe una larga tradición en la reflexión sobre la naturaleza del Estado, siempre dependiente de la necesidad de su justificación histórica. En este sentido, la fundamentación ideológica del Estado moderno es deudora de las doctrinas contractualistas desarrolladas en occidente a partir del siglo XVII. El contractualismo defiende que el fundamento del poder político legítimo es el acuerdo expreso o tácito entre los individuos, contrato que conduce a la constitución, tanto de la propia sociedad, como del Estado, una vez abandonado el Estado de naturaleza. Se pueden situar en esta corriente autores fundamentales en el pensamiento político como J. Althusius (1557-1683), T. Hobbes (1588-1679), B. Spinoza (1632-1677), S. Pufendorf (1632-1694), J. Locke (1632-1704), J.J. Rousseau (1712-1778), o el mismo I. Kant (1724-1804).

En opinión de Thomas Hobbes, el Estado (civitas) es una persona cuya voluntad, proveniente del pacto común, debe ser tomada como voluntad de todos. Así, el Estado puede disponer de las fuerzas y recursos particulares con la finalidad de lograr la defensa común y la paz. Según Hobbes, habida cuenta de la esencia humana malvada y egoísta en el Estado de naturaleza, es el Estado el único que puede garantizar que no se produzca una destrucción mutua. Esta es la justificación más adecuada para el Estado absolutista, primer Estado moderno.

Sin embargo, para John Locke, la naturaleza humana no es tan perversa, y la función del Estado será la de preservar los derechos naturales que a todos nos corresponden. El Estado es un pacto social, mediante el cual los individuos acordamos el respeto mutuo de los derechos naturales -vida, libertad y propiedad-, de modo tal, que mediante ese compromiso, quedan garantizados para todos. El Estado, como resultado y garante al tiempo de ese pacto, debe guardar y hacer guardar ese ámbito de derechos y libertades individuales. Esa es su principal función. Ésta es, sin duda, la base ideológica del Estado liberal, base en la que descansan todas aquellas expresiones del liberalismo político: El Estado mínimo o Estado-policía, la no intervención estatal en la sociedad civil, o incluso, el derecho de resistencia frente a los excesos del poder político... La libertad individual se coloca en una posición preeminente, por encima de igualdad.

La aportación de J.J. Rousseau subraya el origen popular del poder político: la voluntad del Estado, la ley, es expresión de la voluntad general. Pero tal voluntad general no es la voluntad mayoritaria derivada de la mera suma de las voluntades particulares de todos, es algo más, tiene una naturaleza ética, en tanto en cuanto es expresión del interés general. La obra de Rousseau está en el origen del Estado democrático, la igualdad política y la soberanía popular.

La explicación de las visiones más totalizadoras del Estado moderno a lo largo del siglo XIX y parte del XX depende directamente del trabajo teórico de G.W.F. Hegel: "ante el derecho y la sociedad civil, el Estado es la forma suprema de organización política, la expresión más perfecta de la acción moral, donde la libertad de elección conduce a la unidad de la voluntad racional, poniendo las diferentes partes de la sociedad bajo el bienestar común."

Para el marxismo, el Estado es un instrumento por medio del cual una clase social asegura su dominación sobre otras clases. A lo largo de la historia, el Estado es el representante de la clase dominante que ha logrado identificarse con la sociedad en su conjunto: en el mundo antiguo, imperó el Estado de los propietarios esclavistas, en la edad media, el de la nobleza feudal, en el capitalismo, es el Estado burgués la forma de dominación vigente. En todos los casos, el Estado, entendido como instrumento de represión, es la fórmula adecuada para asegurar la supremacía económica de la clase dominante.

Como escribieron K. Marx y F. Engels en el Manifiesto Comunista, la clase sojuzgada en el capitalismo debe tomar el Estado como instrumento de clase, estableciendo la dictadura del proletariado. Su objetivo final, sería la abolición de las clases en la sociedad comunista, de forma que, a falta de Estado, el gobierno sobre las personas sería sustituido por la administración de las cosas.

De forma prácticamente coetánea, se desarrollaron las doctrinas anarquistas sobre el Estado, de la mano de autores como J. Proudhon, M. Bakunin, y P. Kropotkin. El anarquismo proclama la necesidad de destruir el Estado si se desea realmente acabar con la explotación, no sólo al final del proceso emancipador como defiende el marxismo. En palabras de Mijail Bakunin: "el Estado es la expresión de todos los sacrificios individuales. A consecuencia de su origen abstracto y violento, debe coartar la libertad continuamente en nombre de un falsedad como "el bien del pueblo", que sólo representa los intereses de la clase dominante. Así, el Estado nos aparece como la negación y destrucción inevitables de todas las libertades e intereses, sean individuales o colectivos".6

V.I. Lenin complementó la doctrina marxista con su visión estratégica, conectando la conceptualización política del Estado con la praxis revolucionaria que el proletariado debía realizar para conquistarlo.

A. Gramsci, por su parte, criticó la excesiva importancia concedida en el marxismo clásico al aparato represivo del Estado, subrayando la relevancia de la dirección hegemónica y el consenso en orden a mantener invariadas las relaciones sociales vigentes. En su opinión, la dirección del desarrollo histórico corresponde a la sociedad civil, por lo que ella misma es ya "Estado".

Tras la segunda guerra mundial, en el ámbito del postmarxismo occidental es preciso citar a autores como N. Poulantzas. En su opinión, el Estado, aun siendo relativamente autónomo, asegura de modo complejo pero no menos evidente el desenvolvimiento de la sociedad capitalista, y, por tanto, los intereses de la clase capitalista. La represión no es el único instrumento, ni siquiera el principal. El Estado ofrece un espacio para las alianzas interclasistas, como ha ocurrido en el Estado del bienestar. Así, por medio de estos consensos limitados, se defienden con mayor eficacia los intereses de los sectores clasistas más fuertes.

A lo largo de la historia, la filosofía política ha ofrecido justificación ideológica para distintos modelos de Estado.

1Biscarretti di Ruffia. P. (1973): Derecho Constitucional. Tecnos. Madrid.

2En las últimas décadas del siglo XX, esos espacios de soberanía estatal han adquirido una gran importancia, ya porque han surgido oportunidades tecnológicas para aprovechar determinados recursos energéticos o mineros, ya porque el relativo agotamiento de ciertos recursos, como la pesca, los han convertido en más preciados si cabe. Desde el surgimiento de las Zonas Económicas Exclusivas (ZEE), la soberanía estatal en determinados ámbitos ha pasado de las antiguas tres o doce millas, a las actuales doscientas.

3La teorización sobre el Estado fallido ha sido elaborada por el think tank norteamericano "Fund for Peace" La revista Foreign Policy publica anualmente una lista que evalúa la eficacia estatal basada en los siguientes criterios: presión demográffica, movimientos amplios de población, desarrollo desequilibrado y crisis económica, déficit de legitimidad del Estado, degeneración de los servicios públicos, violación de derechos y libertades, autonomía de los cuerpos de seguridad, fragmentación de las élites, y amenaza exterior. El año 2009, Somalia, Zimbabwe y Sudan lideran esa lista. De todos modos, estas categorías son en ocasiones instrumentos discursivos que el neo-imperialismo utiliza para justificar intervenciones exteriores. Vilanova, P. (2009) ¿"Estados de facto" versus "fallidos o frágiles"?: unas notas acerca de la dificultad teórica para establecer nuevas tipologías. Relaciones internacionales: Revista académica cuatrimestral de publicación electrónica, ISSN 1699-3950, Nº. 10, 2009

4Weber. M (1921, 1998) El político y el científico. Alianza, Madrid.

5Krasner distingue varios tipos de soberanía, con la finalidad de conocer con mayor precisión las distintas situaciones de poder subyacentes a la forma jurídica soberana más abstracta: la soberanía interna, que se refiere a la organización de la autoridad publica y a su capacidad de control en el ámbito interno; la soberanía interdependiente, o la relativa a la capacidad para controlar los movimientos transfronterizos; la soberanía legal-internacional, referida al reconocimiento mutuo entre los Estados ya constituidos, y, finalmente, la soberanía westfaliana, o la capacidad de exclusión respecto a los poderes políticos externos. En el mundo contemporáneo, más allá de los conceptos abstractos, es difícil que un Estado goce con plenitud de todas y cada una de las formas citadas de soberanía. Krasner, S.D. (2001): Soberanía, hipocresía organizada. Paidos. Barcelona.

6Bakunin, M. (1978): Escritos de filosofía política. Compilación de G.P. Maximoff. Vol.1. Alianza. Madrid.