Concept

Albeitería

Los aspirantes al título, adquirían sus conocimientos y adiestramiento en los establecimientos de los albéitares, a modo de pasantía, sistema que permitía adquirir práctica y teoría, que luego habrían de revalidar ante el Tribunal. Ya en el siglo XVIII, en las Ordenanzas del Gremio de Albéitares de Madrid, al lamentar la limitada duración del aprendizaje, se estableció como requisito previo hasta siete años, certificados por el maestro con quien se había formado el aspirante, que sin embargo, no se cumplieron a rajatabla3.

Los exámenes consistían en ejercicios teórico-prácticos, respondiendo a las preguntas del Tribunal, con la prueba final del arte de herrar y forjar y se establecían hasta un máximo de tres convocatorias con intervalos de hasta un año y que, de agotarse, inhabilitaban para nuevas pruebas. La teoría se aprendía en los libros de la época que ya venían redactados a modo de preguntas y respuestas, facilitando el trabajo tanto a examinadores como a examinandos.

Así en el libro Instituciones de Albeytería y examen de practicantes en ella: divididas en seis tratados en que se explican las materias más esenciales para sus profesores, escrito en 1740 por el Bachiller Francisco García Cabero, herrador y albéitar de las Reales Caballerizas del Rey nuestro señor don Fernando VI, alcalde examinador mayor de dicha facultad en todos los reynos y señoríos de S.M.(sic), se puede leer, por ejemplo:

M. ¿Qué es la úlcera?
D. Ulcera es solución de continuidad de las partes fibrosas y carnosas, con podre o materia, hecha por causa interna. Esta es la definición rigurosa de úlcera, ya sea simple o ya compuesta.
M. ¿Cuántas diferencias hay?
D. Reducir la variedad de este afecto a un número determinado no es posible y es molesto y así se dirá solamente que las hay simples y las hay compuestas y de unas y otras se encuentran con diversas formas y accidentes pues las hay grandes, pequeñas, cóncavas y planas, encubiertas, redondas, desiguales, torcidas, derechas, fistulosas, etc. No me detengo en que sean diferencias, géneros o accidentes, ni circunstancias que las agraven y digo según está dispuesto que hay úlceras cavernosas, fistulosas, pútridas, custrosas, corrosivas, varicosas..........
M. ¿Qué es úlcera simple?.
D. Ulcera simple es aquella que no está complicada con algún accidente o síntoma........4 (sic)

El Tribunal se reunía en el palacio del Buen Retiro o en el Ayuntamiento de Madrid y en los últimos años en la propia Escuela de Veterinaria. El cargo de examinador era remunerado, en tanto que percibían una parte de la matrícula, además de otras prebendas que suponían jugosos beneficios, teniendo en cuenta que se examinaban entre 300 y 400 aspirantes al año.

Los aspirantes, una vez aprobados, debían acreditar su limpieza de sangre5, dejando constancia de su origen y de que era notorio de sangre, christiano viejo, limpio de toda mala raza de judíos, moros y penitenciados por la Santa Inquisición y de otras sectas y manchas reprobadas. Que de inmemorial tiempo a esta parte y como tal, ha sido y soy admitido a todos los oficios y cargos honoríficos de paz y guerra, ordinarios...... .

También eran obligados a prestar juramento que, con algunas variaciones, se adecuaba a la siguiente fórmula6:

- Juráis a Dios y a esta Santa Cruz, defender el Misterio de la Purísima Concepción de María Santísima; la soberanía de S. M.; no haber pertenecido ni haber de pertenecer a ninguna de las sociedades reprobadas por las leyes; comunicar a este establecimiento todos los descubrimientos y casos raros que se presenten; que curaréis bien y fielmente de la facultad que habéis aprendido, asistiendo de limosna los animales de los pobres de solemnidad en los casos que lo necesiten?.
- Sí, lo juramos.
- Si así lo hacéis, Dios os lo premie, y sino, os lo demande.

A pesar de la fecha de la Pragmática, habrá que esperar más de dos siglos y medio para que la Albeitería fuera considerada profesión liberal y científica, mediante Cédula Real de 22 de diciembre de 1739, firmada por Felipe V:

"Previo informe de la Sala de Alcaldes de la Corte y del Corregidor de esta Villa, me he servido declarar que a los Albeytares, aunque fuesen Herradores, y no a éstos sin ser Albeytares, se les debe reputar y tener como Profesores del Arte liberal y científico y como tales se les observen y guarden las exenciones y libertades que les pertenecen"7.

Era costumbre que los alcaldes examinadores de las profesiones intelectuales, notarios, médicos, albéitares, boticarios, cirujanos y otras, fueran nombrados, por merced del Rey, entre el personal adscrito a la Casa Real; en cambio los examinadores de los gremios manuales, los menestrales, eran nombrados directamente por los mismos agremiados. Socialmente eran más estimados los títulos que otorgaba el Rey.

3Ordenación del Gremio de los Albéitares de Madrid. Apéndices V, pág. 459, C.S.E. Archivo de la Villa de Madrid. Sección 2, legajo 309, nº 39. Citado por Medina Blanco, M., ibidem.

4Del Capítulo XX, Tratado tercero, pág. 274.

5Archivo Histórico de Hondarribia (AHH); E-8; 27-III, Expdte. 1; año 1711.

6Archivo Facultad de Veterinaria de Madrid. (AFVM). Legajo 1836.

7HERRERO ROJO, M. "La Albeytería Española en el Siglo XVIII". Pág. 238 Salamanca, 1984.