En término de Urnieta se encuentra el yacimiento de Marizulo, cueva reconocida en 1961 por Manuel Laborde y excavada entre 1962 y 1967 bajo la dirección de José Miguel de Barandiarán. Se hallaron restos paleontológicos y antropológicos, así como industria ósea mesolítica y restos cerámicos. La secuencia cultural abarca desde el Mesolítico hasta el Eneolítico. En cuanto a los períodos del Bronce y Hierro son señalables los dólmenes de Aballarri, Otsolepo y Pozontarriko Lepoa; los cromlechs de Mulisko, Eteneta, Tximistako Egia, Elurzulo y Arleorko Zabala; el menhir de Eteneta; cista de Onyi; cromlechs tumulares de Amunola y Tximistako Egia.
Según Gorosábel, se ignora la época de la primera fundación de este pueblo, cuya existencia, sin embargo, es indudablemente bastante antigua. Así es que Juan López de Tolosa figura como representante suyo en la junta general de Guetaria de 1397, en cuyas actas se le denomina colación. También se encuentra su nombre en una real cédula librada por Enrique III de Castilla en el monasterio de Santa María de Pelayo el 24 de enero de 1399, referente a la exención de contribuciones. De aquí se deduce que a fines del siglo XIV Urnieta era pueblo independiente, gobernado por sí mismo, y que asistía con derecho propio a las juntas de la hermandad provincial.
A causa de las desavenencias que sin duda tuvieron entre sí después sus vecinos, los unos se agregaron a la entonces villa de San Sebastián, otros a la de Hernani, y el resto a la alcaldía mayor de Aiztondo, con lo que quedó disuelto su antiguo municipio. La parte anexionada a la jurisdicción de San Sebastián constituía la mayor, y se componía de la iglesia parroquial y de las 29 casas, cuyos nombres siguen: Berrasoeta, Ermulegi, Araneder, Adarraga, Almorza, Lasarte de Suso, Elgezábal, Erauso-andia, Amite-Sarobe, Azkonobieta, Oianume, Alzibar, Oiarbide, Larburu de medio, Larburu de yuso, Aierdi, Loperdi, Barkaiztegi de Yuso, Embutodi, Berasaberro, Galardi, Orcaien, Elketa, Alariko Mayor, Alariko Menor, Arancibia, Dendaltegi, Gerez y Basoaltu. En la de Hernani estaban comprendidas las casas llamadas Zuzenaga, Idiazabal, Bidarte, Egurrola y son dos. Artoloneaga, Altuna, Agirre, Aztegieta, Arizola, Guruzeta, Izagirre, Erauso, Garraza y Gorostiaga. La de Aiztondo contenía seis casas existentes en el término de Lasarte además de la ferrería que perteneció al general de marina Antonio de Oquendo. No consta la época en que se verificaron estas agregaciones, ni las condiciones o circunstancias en que tuvieron lugar; pero aparece la que con nombre de universidad conservó Urnieta su término amojonado y su gobierno local separado de las citadas dos villas y alcaldía mayor de Aiztondo.
A comienzos del s. XVII el país se vio sacudido por la cacería de brujas que había de culminar con las matanzas del comisario de Lancre (1609) en Laburdi y el Auto de Fe de Logroño de 1610. En Urnieta fueron testificadas 9 personas; dos reos confesaron conocer la existencia de un akelarre en el lugar.
Urnieta se mantuvo en estado anómalo de cosas hasta el año de 1614. Entonces sus tres partes promovieron de conformidad la separación de las jurisdicciones respectivas de que dependían, para constituir en conjunto una villa de por sí en un todo. Seguido el negocio por sus trámites acostumbrados, logró esta gracia del rey Felipe III mediante el servicio de 25 ducados por cada vecino. Para su pago su apoderado el licenciado Juan de Icuza, presbítero beneficiado de su parroquia, otorgó la competente escritura de obligación en Madrid el 4 de julio de 1615.
Señala Gorosábel: Su magestad confirmó este asiento el 12 del mismo mes y año, dando su palabra real de cumplirlo; y en la propia fecha expidió la competente cédula, a fin de que se le diera posesión de la exención y villazgo. Así lo verificó en el siguiente mes de agosto el juez de comisión licenciado Hernando de Ribera, haciendo también el primer nombramiento de alcalde, teniente de éste, regidores, síndico procurador y demás funcionarios del gobierno municipal. Por diligencias posteriores se reguló que el conjunto de las tres anteriores jurisdicciones tenía 295 vecinos ciertos y 22 dudosos; siendo los correspondientes a las de Hernani y Aiztondo 106, por los que pagó la suma de 65,105 reales. La entonces villa de San Sebastián no consistió en esta desmembración por lo que a ella concernía. Mientras que el mencionado juez de Comisión iba practicando las diligencias de posesión, recurrió al Rey por la vía del consejo de estado, oponiéndose a su continuación, y a que tuviesen efecto. Como consecuencia de sus gestiones, el 1o de setiembre de 1615 sacó una real cédula por la cual se mandaba que en los lugares dependientes de la jurisdicción de la misma ciudad no se hiciese ninguna novedad en esta materia, sino que se conservasen como hasta entonces. San Sebastián intentó con esta cédula dejar sin efecto la conclusión de las diligencias posesorias de la exención, pero dicho juez, considerando haber sido obtenida subrepticiamente, y en perjuicio de tercero interesado, continuó practicándolas. Por real cédula librada en Valladolid el 19 de febrero de 1616 se determinó que la parte que San Sebastián tenía en Urnieta se restituyese a su jurisdicción. El corregidor licenciado D. Juan de Larrea y Zurbano, a quien vino cometido su cumplimiento, tuvo que hacerlo así dándole la posesión de dicho territorio. En vista de esto, Urnieta recurrió al consejo de Hacienda, representando contra la determinación del de Estado; el cual por esta oposición mandó el 11 de julio de 1617 que el alcalde y regidores de esta villa se presentasen como presos en la corte en el término de un mes. Continuando el negocio ante el mismo consejo, el 10 de mayo de 1618, volvió a mandar que la parte correspondiente a San Sebastián en Urnieta quedase para la misma, y que el alcalde de ésta se presentase en la corte. Consiguientemente el ayuntamiento, para libertarse de las vejaciones con que se le amenazaba, otorgó el 26 del propio mes una escritura; por la cual se sometió nuevamente a la jurisdicción de San Sebastián en la parte que anteriormente tenía. De esta manera se terminó por de pronto este ruidoso asunto en el que ambas partes pusieron tanto empeño. Algunos años después Urnieta promovió contra San Sebastián ante el Corregidor demanda de nulidad de la mencionada escritura, como otorgada por efecto de miedo. Este pleito con interrupciones duraba todavía el año de 1659 y no consta el resultado definitivo. Es lo cierto que los alcaldes de San Sebastián apenas ejercieron en todo este tiempo ni después acto alguno de jurisdicción en el territorio de lo que hoy es Urnieta. Sólo se sabe por tradición que venían con sus alguaciles todos los años a ella y que, dirijiéndose a su iglesia parroquial de San Miguel, cuyas puertas hallaban cerradas, pedían las llaves para su entrada en ella. Se les respondía que las tenía el sacristán, y que éste andaba en busca de setas; con lo que volvían a San Sebastián, y el año inmediato se repetía igual diligencia en señal de posesión de su derecho, que se quería conservar.
Los montes de aprovechamiento comunal de Urnieta estuvieron inicialmente vinculado a los Montes francos del Valle del Urumea, espacio comprendido entre los montes Adarra, Aballarri y Onyi, comunal cuyos orígenes se remontan al s. XII y se registran documentalmente desde el s. XIV. A finales de esta última centuria los concejos de San Sebastián y Hernani, entre cuyos términos se repartía la población de la futura villa de Urnieta, firmaron una concordia sobre aprovechamiento de pastos y montes. Por su utilidad en la explotación de ferrerías, fue fuente de conflictos entre vecinos y ferrones. Al lograr en 1615 Urnieta la calidad de villazgo y cuando su delimitación geográfica del término municipal alcanzó cierta estabilidad, exigió a Hernani y San Sebastián el reconocimiento de iguales derechos que a los otros dos concejos. El 21 de marzo de 1671 se firmó una concordia entre las tres villas; en 1680 los montes francos del Urumea se repartieron y amojonaron en 9 partes, correspondiendo 2 a Urnieta, 3 a Hernani y 4 a San Sebastián. Los montes de Urnieta conservaron hasta su venta en 1959 titularidad independiente del municipio, correspondiendo ésta a los vecinos. Este patrimonio permitía dos tipos de aprovechamiento, la explotación industrial de la madera para su uso en ferrerías y la utilización por el conjunto del vecindario. Existía un fondo común de leña, pasto y hojarasca a repartir con una contraprestación personal de trabajo en los montes. (Ref. Otaegui Arizmendi, A.: "Los montes francos...", Boletín de Estudios Históricos de San Sebastián, 20, 1986).
En el contexto de la revuelta ocasionada por la crisis agraria y alimentaria, estallada tras la promulgación de la Ley sobre Libertad de Comercio de Cereales (1765), tuvo lugar una sublevación en 1766, nacida en Azkoitia y que rápidamente se extendió por toda Guipúzcoa. El 21 de marzo de ese año los amotinados llegaron a Urnieta. La matxinada levantó un gran alboroto en la villa, sometiendo al alcalde y rompiendo en la plaza pública los pesos y medidas municipales. La ciudad de San Sebastián, el valle de Oiartzun y las villas de Hernani, Andoain y Urnieta formaron un cuerpo armado, mandado por el alcalde donostiarra, sofocando la sublevación hasta llegar a Azkoitia, foco de la misma, y encarcelando a numerosos amotinados.
Desde octubre de 1833, con la muerte de Fernando VII, en Cataluña, Aragón y provincias vascas, sobre todo, el campesinado y las clases urbanas bajas comienzan a ingresar en las filas carlistas para luchar contra el ejército liberal. El año 1837 (primera guerra carlista) mientras las tropas liberales habían salido en persecución de la expedición real de D. Carlos, quedó tan sólo en las provincias vascas O'Donnell por una parte, y Uranga, por otra, con sólo 5 batallones en Urnieta y Andoain. El 8 de septiembre, O'Donnell ataca a los carlistas en Urnieta y éstos se retiran a Andoain. Los liberales, al avanzar quemaron unos 126 caseríos por el mero hecho de que sus habitantes hubieran huido. Es un ejemplo más de lo que esta guerra pesaba sobre la población civil. Gorosábel señala cómo el 8 de septiembre de este año 1837 quedaron completamente incendiadas 46 casas de calle y 106 caseríos de labranza. En el cuerpo de la villa sólo se salvaron de las llamas cinco casas. La consistorial, la rectoral, la iglesia parroquial y la ermita de San Juan padecieron la misma calamidad; y los papeles del archivo de la villa y de la escribanía de número, llevados a un caserío lejano, sufrieron también destrozos y pérdidas considerables.
Villa, independiente, 31 fuegos. Sus apoderados ocupaban en las juntas provinciales el undécimo lugar a mano derecha del Corregidor. El gobierno municipal de esta villa desde la época de su exención se componía de un alcalde, de un teniente de éste para sus ausencias y enfermedades, de dos regidores y un síndico procurador general. Sus vecinos, señala Sorosábel, reunidos en concejo pleno en 19 de marzo de 1755 formaron nuevas ordenanzas para el régimen de la misma villa, compuestas de 112 capítulos. Presentadas al consejo real, fueron aprobadas por éste en 30 de julio de 1760 con algunas prevenciones y aclaraciones, para lo que se libró la competente real cédula en 9 de enero de 1761. Según ellas, el ayuntamiento debía constar de los mismos individuos anteriores, y hacerse su elección el día 6 de enero de cada año por medio de tres electores sacados en suerte de entre los vecinos concejales nobles hijosdalgo concurrentes al acto. Disponen también que el ayuntamiento se reuniese por convocatoria del alcalde todas las veces que le pareciese y hubiese necesidad. Establecen igualmente que hubiese un escribano fiel, un tesorero de los caudales de la villa, un mayordomo secular de la parroquia, guardamontes, un jurado y carcelero, y señalan las obligaciones que había de tener cada uno de los citados cargohabientes. El resto trata de los abastos, plantaciones, conservación y aprovechamiento de los montes concejiles, venta de sidras, pesos, medidas, posadas, tabernas, policía rural, alardes, fiestas públicas, y de otras varias cosas concernientes al gobierno y administración municipal. Cinco años después de aprobadas estas ordenanzas, con arreglo al auto acordado de 5 de mayo de 1766 se establecieron dos diputados del común y un síndico personero. Tal era el último estado de su organización hasta la publicación de la ley de 8 de enero de 1845. Conforme a la misma, su ayuntamiento se componía de un alcalde, un teniente de alcalde y seis regidores, en proporción al vecindario en que se halla considerada.
Ref. La Voz de Guipúzcoa del 3-II-1891. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Gorostidi | Coalición Liberal | 166 |
Ramery | Integrista | 138 |
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 9-III-1893. Filiaciones en diversas publicaciones de la época. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Ramery | Integrista | 161 |
Samaniego | Coalición Liberal | 144 |
Moltó | Carlista? | 4 |
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 17-IV-1896. Filiación en La Unión Vascongada del 13-IV-1896. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Arteaga | Conservador | 277 |
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 30-III-1898. Filiación en El Fuerista del 27-III-1898. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Arteaga | Coalición Liberal | 70 |
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 19-IV-1899. Filiación en La Unión Vascongada del 17-IV-1899. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Arteaga | Independiente | 137 |
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 29-IV-1903. Filiaciones en La Constancia del 26-IV-1903. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Brunet | Republicano | 231 |
Arteaga | Maurista | 117 |
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 13-IX-1905. Filiaciones en La Voz de Guipúzcoa del 11-IX-1905. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Arteaga | Liga Foral | 188 |
Nicolás Salmerón y Alonso | Republicano | 9 |
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 24-IV-1907. Filiaciones en La Voz de Guipúzcoa del 22-IV-1907. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Arteaga | Católico | 202 |
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 12-IV-1916. Filiaciones en La Voz de Guipúzcoa del 10-IV-1916. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Arteaga | Ministerial | 227 |
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 27-II-1918. Filiaciones en La Voz de Guipúzcoa del 25-II-1918. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Arteaga | Dinástico | 196 |
Paguaga | Jaimista | 183 |
En blanco | 5 |
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 6-VI-1919. Filiaciones en El Pueblo Vasco del 26-V-1919. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Churruca | Maurista | 186 |
Celaya | PNV | 184 |
En blanco | 3 |
Ref. El Pueblo Vasco del 1-V-1923. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Churruca | Maurista | 196 |
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 29-VI-1931. Filiaciones en El Pueblo Vasco del 30-VI-1931. | Candidatos | Partidos | Votos |
---|---|---|
Leizaola | Nacionalista | 215 |
Picavea | Independiente | 215 |
Pildain | Canónigo (Integrista) | 215 |
Urquijo | Tradicionalista | 215 |
Leizaola | Nacionalista | 150 |
Picavea | Independiente | 150 |
Pildain | Canónigo (Integrista) | 150 |
Urquijo | Tradicionalista | 150 |
Amilibia | Unión Republicana | 109 |
De Francisco | Socialista | 109 |
Gárate | Acción Nacionalista | 109 |
Usabiaga | Derecha Republicana | 109 |
Amilibia | Unión Republicana | 17 |
De Francisco | Socialista | 17 |
Gárate | Acción Nacionalista | 17 |
Usabiaga | Derecha Republicana | 17 |
Ref. La Voz de Guipúzcoa, Noviembre 1933. | Candidatos | Votos |
---|---|---|
Leizaola | 563 | |
Irazusta | 539 | |
Monzón | 537 | |
Irujo | 530 | |
Picavea | 518 | |
Tellería | 196 | |
Paguaga | 188 | |
Urraca | 180 | |
Maeztu | 178 | |
De Francisco | 177 | |
Echevarría | 175 | |
Angulo | 175 | |
Urondo | 22 | |
Larrañaga | 22 | |
Astigarribia | 22 | |
Zapirain | 22 | |
Usabiaga | 4 | |
Bizcarrondo | 4 | |
Imaz | 3 | |
Gomendio | 2 | |
De la Torre | 1 | |
Álvarez | - |
- Sí al Estatuto Vasco
Urnieta estuvo representado en la Asamblea de Estella. En el plebiscito del 5 de noviembre de 1933 para referendar el Estatuto Vasco se obtuvo en esta localidad el siguiente resultado:
Ref. La Voz de Guipúzcoa, Noviembre 1933. | Nº electores | Favor | Contra |
---|---|---|
1.272 | 1.063 | 139 |
Ref. El Pueblo Vasco, Febrero 1936. | Candidatos | Votos |
---|---|
Irujo | 579 |
Monzón | 435 |
Irazusta | 433 |
Lasarte | 423 |
Picavea | 417 |
Amilibi | 242 |
Ansó | 241 |
Larrañaga | 239 |
Apraiz | 238 |
Múgica | 222 |
Lojendio | 194 |
Paguaga | 192 |
Oreja | 190 |
Ref. El Pueblo Vasco, marzo 1936. | Candidatos | Votos |
---|---|
Picavea | 570 |
Irujo | 569 |
Irazusta | 568 |
Lasarte | 565 |
Amilibia | 275 |
Larrañaga | 271 |
Ansó | 241 |
Apraiz | 241 |
Tras el alzamiento militar de julio de 1936 Urnieta permanece en zona republicana. El 6 de septiembre las fuerzas sublevadas del coronel Iruretagoyena consiguen entrar en la población, pero ante la resistencia de sus defensores y las bajas sufridas se ven obligadas a retirarse, ocupándola definitivamente algunos días más tarde.
- Referéndum de 1976
3.592 sí, 68 no, 214 votos en blanco y un 55,42% de votantes.
Nulos y abst. | 2671 | 27,1% |
PSOE | 2.381 | 47,0% |
PNV | 969 | 19,1% |
EE | 388 | 7,6% |
DIV | 229 | 4,5% |
ESB | 226 | 4,4% |
DCV | 213 | 4,2% |
GU | 179 | 3,5% |
PCE | 178 | 3,5% |
FUT | 106 | 2,0% |
AETG | 72 | 1,4% |
PSP | 68 | 1,3% |
FDI | 28 | 0,5% |
ANV | 21 | 0,4% |
Votos | 1.305 | |
Abst. | 1.820 | 58,24% |
Sí | 911 | 29,15% |
No | 315 | 10,08% |
Blanco | 74 | |
Abst. y No | 68,32% |
Ref. Ibermática. Norte, S.A. | ||
PSOE | 1.792 | 34,76% |
PNV | 922 | 17,88% |
UCD | 862 | 16,72% |
HB | 666 | 12,92% |
EE | 423 | 8,20% |
PCE | 204 | 3,95% |
EMK | 101 | 1,95% |
ORT | 65 | 1,26% |
EKA | 33 | 0,64% |
UFV | 31 | 0,60% |
UN | 21 | 0,40% |
LKI | 15 | 0,29% |
FEA | 8 | 0,15% |
IR | 6 | 0,11% |
ULE | 5 | 0,09% |
Abstenciones | 2.945 | 35,56% |
- Elecciones municipales del 3-IV-1979
Para hacerse cargo de las 17 concejalías de este ayuntamiento se presentaron siete candidaturas: ORT, HB, PNV, EE, EMK-OIC, PCE, PSOE. Resultaron elegidos, sobre un censo electoral de 8.153, los siguientes concejales: PSOE con 1.713 votos: Jesús Martínez, Angel Mangas, Emilio Herrera, Francisco Etxeberría, José Sotelino y Santiago Curiel; PNV con 1.329 votos: José Manuel Martiarena, Ramón Olaizola, Juan Ignacio Urreta, Isidro Fernández y Antonio Urruzola; HB con 1.014: José Manuel Ramírez, Pedro M. Lizarraga, José M. Izaguirre y Mikel Amenabar; EE con 394: Pedro Larrañaga; PCE con 254: Victorio Vicuña. Alcalde: José Manuel Martiarena Lizarazu del PNV.
Ref. El Diario Vasco 27-X-1979 | ||
Votos | 4.868 | 64,11% |
Abst. | 2.725 | 35,89% |
Sí | 4.446 | 91,33% |
No | 180 | 3,69% |
Blanco | 185 | 3,80 % |
Nulo | 57 | 1,17 % |
Ref. El Diario Vasco 11-III-1980 | ||
PSE | 1.362 | 30,53% |
PNV | 1.229 | 27,55% |
HB | 636 | 14,26% |
EE | 375 | 8,40% |
UCD | 356 | 7,98% |
PCE | 206 | 4,61% |
AP | 65 | 1,50% |
EMK | 95 | 2,13% |
ESEI | 33 | 0,73% |
PTE | 20 | 0,44% |
LKI | 18 | 0,40% |
UC | 8 | 0,17% |
EKA | 17 | 0,15% |
Abstenciones | 3.556 | 44,36% |
- Elecciones municipales del 8-V-1983
Concejales: PSOE: Froilán Elespe. Isidro Gil. José Luis López. Emilio Herrera. Ciriaco Jiménez. José Luis Cantalapiedra. Manuel Ibáñez y José Guirado. PNV: José Manuel Martiarena. Juan Ignacio Iceta. Pedro Manuel Sasiain. Luis Goicoechea. José Ignacio Liceaga. Juan José Yarza y Mª Asunción Iceta. HB: José Miguel Zumeta y Francisco Chapartegui. Resultó elegido alcalde José Manuel Martiarena.
PSOE | 2.361 |
PNV | 1.841 |
HB | 854 |
EE | 278 |
CP | 242 |
PC | 90 |
Auzolan | 50 |
PNV | 708 |
PSOE | 503 |
HB | 486 |
CP | 102 |
EE | 95 |
CDS | 61 |
UC | 38 |
IU | 7 |
- Elecciones municipales del 10-VI-1987
Resultaron elegidos los siguientes concejales: PNV: José Manuel Martiarena Lizarazu. José Ignacio Lizeaga Sagarzazu. José Fernando Arana Learte. Ismael Hernández Hernández. José Peñagarikano Sarasola. HB: José Ignacio Izagirre Poza. José Angel Goñi Garbayo. Emeterio Izagirre Lasarte. PSOE: Pedro Merino Sanz. Pedro Manuel Pelaz Pérez. EA: Juan María Goikoetxea Abadía.
HB | 537 |
PSOE | 523 |
PNV | 461 |
EA | 217 |
EE | 111 |
PP | 82 |
Otros | 69 |
CDS | 28 |
IU | 21 |
PNV | 583 |
HB | 497 |
PSOE | 483 |
EA | 237 |
EE | 92 |
Otros | 32 |
PP | 30 |
CDS | 8 |
- Elecciones municipales del 26-V-1991
Resultaron elegidos los siguientes concejales: PNV: José Ignacio Liceaga. Alberto Ramírez. Jesús María Garmendia. Florentino Ugalde. María Carmen Aróstegui. María Pilar Sarasola y José Fernando. HB: José Fermín Arguiñarena y José Angel Goñi. PSE: Pedro Manuel Pelaz y Tiburcio Ángel. Fue elegido alcalde José Ignacio Liceaga.
PNV | 649 |
PSE/EE | 618 |
HB | 447 |
Otros | 215 |
EA | 219 |
PP | 107 |
CDS | 11 |
PNV | 739 |
HB | 492 |
PSE/EE | 386 |
EA | 198 |
IU | 135 |
PP | 126 |
UA | 4 |
CNPS | 2 |
- Elecciones municipales del 28-V-1995
Resultaron elegidos los siguientes concejales: PNV: José Ignacio Liceaga. Alberto Ramírez. Josu Garmendia. Ma Pilar Sarasola. Florentino Ugalde, María Isabel Vaquero y Jesús Cristobalena. HB: Ma Rosario de Miguel y Miren Alazne Echenique. PSE-EE: Hermenegildo González. EA: Arantxa Etxeberria. Fue elegido alcalde José Ignacio Liceaga Sagarzazu.
PNV | 809 |
PSE/EE | 718 |
HB | 482 |
PP | 248 |
EA | 209 |
IU/EB | 206 |
Otros | 22 |
PNV | 904 |
EA | 254 |
EH | 659 |
IU/EB | 136 |
PSE-EE | 543 |
U. Alavesa | 4 |
PP | 359 |
Otros | 11 |
AAA