Udalak

Urnieta

En término de Urnieta se encuentra el yacimiento de Marizulo, cueva reconocida en 1961 por Manuel Laborde y excavada entre 1962 y 1967 bajo la dirección de José Miguel de Barandiarán. Se hallaron restos paleontológicos y antropológicos, así como industria ósea mesolítica y restos cerámicos. La secuencia cultural abarca desde el Mesolítico hasta el Eneolítico. En cuanto a los períodos del Bronce y Hierro son señalables los dólmenes de Aballarri, Otsolepo y Pozontarriko Lepoa; los cromlechs de Mulisko, Eteneta, Tximistako Egia, Elurzulo y Arleorko Zabala; el menhir de Eteneta; cista de Onyi; cromlechs tumulares de Amunola y Tximistako Egia.

Según Gorosábel, se ignora la época de la primera fundación de este pueblo, cuya existencia, sin embargo, es indudablemente bastante antigua. Así es que Juan López de Tolosa figura como representante suyo en la junta general de Guetaria de 1397, en cuyas actas se le denomina colación. También se encuentra su nombre en una real cédula librada por Enrique III de Castilla en el monasterio de Santa María de Pelayo el 24 de enero de 1399, referente a la exención de contribuciones. De aquí se deduce que a fines del siglo XIV Urnieta era pueblo independiente, gobernado por sí mismo, y que asistía con derecho propio a las juntas de la hermandad provincial.

A causa de las desavenencias que sin duda tuvieron entre sí después sus vecinos, los unos se agregaron a la entonces villa de San Sebastián, otros a la de Hernani, y el resto a la alcaldía mayor de Aiztondo, con lo que quedó disuelto su antiguo municipio. La parte anexionada a la jurisdicción de San Sebastián constituía la mayor, y se componía de la iglesia parroquial y de las 29 casas, cuyos nombres siguen: Berrasoeta, Ermulegi, Araneder, Adarraga, Almorza, Lasarte de Suso, Elgezábal, Erauso-andia, Amite-Sarobe, Azkonobieta, Oianume, Alzibar, Oiarbide, Larburu de medio, Larburu de yuso, Aierdi, Loperdi, Barkaiztegi de Yuso, Embutodi, Berasaberro, Galardi, Orcaien, Elketa, Alariko Mayor, Alariko Menor, Arancibia, Dendaltegi, Gerez y Basoaltu. En la de Hernani estaban comprendidas las casas llamadas Zuzenaga, Idiazabal, Bidarte, Egurrola y son dos. Artoloneaga, Altuna, Agirre, Aztegieta, Arizola, Guruzeta, Izagirre, Erauso, Garraza y Gorostiaga. La de Aiztondo contenía seis casas existentes en el término de Lasarte además de la ferrería que perteneció al general de marina Antonio de Oquendo. No consta la época en que se verificaron estas agregaciones, ni las condiciones o circunstancias en que tuvieron lugar; pero aparece la que con nombre de universidad conservó Urnieta su término amojonado y su gobierno local separado de las citadas dos villas y alcaldía mayor de Aiztondo.

A comienzos del s. XVII el país se vio sacudido por la cacería de brujas que había de culminar con las matanzas del comisario de Lancre (1609) en Laburdi y el Auto de Fe de Logroño de 1610. En Urnieta fueron testificadas 9 personas; dos reos confesaron conocer la existencia de un akelarre en el lugar.

Urnieta se mantuvo en estado anómalo de cosas hasta el año de 1614. Entonces sus tres partes promovieron de conformidad la separación de las jurisdicciones respectivas de que dependían, para constituir en conjunto una villa de por sí en un todo. Seguido el negocio por sus trámites acostumbrados, logró esta gracia del rey Felipe III mediante el servicio de 25 ducados por cada vecino. Para su pago su apoderado el licenciado Juan de Icuza, presbítero beneficiado de su parroquia, otorgó la competente escritura de obligación en Madrid el 4 de julio de 1615.

Señala Gorosábel: Su magestad confirmó este asiento el 12 del mismo mes y año, dando su palabra real de cumplirlo; y en la propia fecha expidió la competente cédula, a fin de que se le diera posesión de la exención y villazgo. Así lo verificó en el siguiente mes de agosto el juez de comisión licenciado Hernando de Ribera, haciendo también el primer nombramiento de alcalde, teniente de éste, regidores, síndico procurador y demás funcionarios del gobierno municipal. Por diligencias posteriores se reguló que el conjunto de las tres anteriores jurisdicciones tenía 295 vecinos ciertos y 22 dudosos; siendo los correspondientes a las de Hernani y Aiztondo 106, por los que pagó la suma de 65,105 reales. La entonces villa de San Sebastián no consistió en esta desmembración por lo que a ella concernía. Mientras que el mencionado juez de Comisión iba practicando las diligencias de posesión, recurrió al Rey por la vía del consejo de estado, oponiéndose a su continuación, y a que tuviesen efecto. Como consecuencia de sus gestiones, el 1o de setiembre de 1615 sacó una real cédula por la cual se mandaba que en los lugares dependientes de la jurisdicción de la misma ciudad no se hiciese ninguna novedad en esta materia, sino que se conservasen como hasta entonces. San Sebastián intentó con esta cédula dejar sin efecto la conclusión de las diligencias posesorias de la exención, pero dicho juez, considerando haber sido obtenida subrepticiamente, y en perjuicio de tercero interesado, continuó practicándolas. Por real cédula librada en Valladolid el 19 de febrero de 1616 se determinó que la parte que San Sebastián tenía en Urnieta se restituyese a su jurisdicción. El corregidor licenciado D. Juan de Larrea y Zurbano, a quien vino cometido su cumplimiento, tuvo que hacerlo así dándole la posesión de dicho territorio. En vista de esto, Urnieta recurrió al consejo de Hacienda, representando contra la determinación del de Estado; el cual por esta oposición mandó el 11 de julio de 1617 que el alcalde y regidores de esta villa se presentasen como presos en la corte en el término de un mes. Continuando el negocio ante el mismo consejo, el 10 de mayo de 1618, volvió a mandar que la parte correspondiente a San Sebastián en Urnieta quedase para la misma, y que el alcalde de ésta se presentase en la corte. Consiguientemente el ayuntamiento, para libertarse de las vejaciones con que se le amenazaba, otorgó el 26 del propio mes una escritura; por la cual se sometió nuevamente a la jurisdicción de San Sebastián en la parte que anteriormente tenía. De esta manera se terminó por de pronto este ruidoso asunto en el que ambas partes pusieron tanto empeño. Algunos años después Urnieta promovió contra San Sebastián ante el Corregidor demanda de nulidad de la mencionada escritura, como otorgada por efecto de miedo. Este pleito con interrupciones duraba todavía el año de 1659 y no consta el resultado definitivo. Es lo cierto que los alcaldes de San Sebastián apenas ejercieron en todo este tiempo ni después acto alguno de jurisdicción en el territorio de lo que hoy es Urnieta. Sólo se sabe por tradición que venían con sus alguaciles todos los años a ella y que, dirijiéndose a su iglesia parroquial de San Miguel, cuyas puertas hallaban cerradas, pedían las llaves para su entrada en ella. Se les respondía que las tenía el sacristán, y que éste andaba en busca de setas; con lo que volvían a San Sebastián, y el año inmediato se repetía igual diligencia en señal de posesión de su derecho, que se quería conservar.

Los montes de aprovechamiento comunal de Urnieta estuvieron inicialmente vinculado a los Montes francos del Valle del Urumea, espacio comprendido entre los montes Adarra, Aballarri y Onyi, comunal cuyos orígenes se remontan al s. XII y se registran documentalmente desde el s. XIV. A finales de esta última centuria los concejos de San Sebastián y Hernani, entre cuyos términos se repartía la población de la futura villa de Urnieta, firmaron una concordia sobre aprovechamiento de pastos y montes. Por su utilidad en la explotación de ferrerías, fue fuente de conflictos entre vecinos y ferrones. Al lograr en 1615 Urnieta la calidad de villazgo y cuando su delimitación geográfica del término municipal alcanzó cierta estabilidad, exigió a Hernani y San Sebastián el reconocimiento de iguales derechos que a los otros dos concejos. El 21 de marzo de 1671 se firmó una concordia entre las tres villas; en 1680 los montes francos del Urumea se repartieron y amojonaron en 9 partes, correspondiendo 2 a Urnieta, 3 a Hernani y 4 a San Sebastián. Los montes de Urnieta conservaron hasta su venta en 1959 titularidad independiente del municipio, correspondiendo ésta a los vecinos. Este patrimonio permitía dos tipos de aprovechamiento, la explotación industrial de la madera para su uso en ferrerías y la utilización por el conjunto del vecindario. Existía un fondo común de leña, pasto y hojarasca a repartir con una contraprestación personal de trabajo en los montes. (Ref. Otaegui Arizmendi, A.: "Los montes francos...", Boletín de Estudios Históricos de San Sebastián, 20, 1986).

En el contexto de la revuelta ocasionada por la crisis agraria y alimentaria, estallada tras la promulgación de la Ley sobre Libertad de Comercio de Cereales (1765), tuvo lugar una sublevación en 1766, nacida en Azkoitia y que rápidamente se extendió por toda Guipúzcoa. El 21 de marzo de ese año los amotinados llegaron a Urnieta. La matxinada levantó un gran alboroto en la villa, sometiendo al alcalde y rompiendo en la plaza pública los pesos y medidas municipales. La ciudad de San Sebastián, el valle de Oiartzun y las villas de Hernani, Andoain y Urnieta formaron un cuerpo armado, mandado por el alcalde donostiarra, sofocando la sublevación hasta llegar a Azkoitia, foco de la misma, y encarcelando a numerosos amotinados.

Desde octubre de 1833, con la muerte de Fernando VII, en Cataluña, Aragón y provincias vascas, sobre todo, el campesinado y las clases urbanas bajas comienzan a ingresar en las filas carlistas para luchar contra el ejército liberal. El año 1837 (primera guerra carlista) mientras las tropas liberales habían salido en persecución de la expedición real de D. Carlos, quedó tan sólo en las provincias vascas O'Donnell por una parte, y Uranga, por otra, con sólo 5 batallones en Urnieta y Andoain. El 8 de septiembre, O'Donnell ataca a los carlistas en Urnieta y éstos se retiran a Andoain. Los liberales, al avanzar quemaron unos 126 caseríos por el mero hecho de que sus habitantes hubieran huido. Es un ejemplo más de lo que esta guerra pesaba sobre la población civil. Gorosábel señala cómo el 8 de septiembre de este año 1837 quedaron completamente incendiadas 46 casas de calle y 106 caseríos de labranza. En el cuerpo de la villa sólo se salvaron de las llamas cinco casas. La consistorial, la rectoral, la iglesia parroquial y la ermita de San Juan padecieron la misma calamidad; y los papeles del archivo de la villa y de la escribanía de número, llevados a un caserío lejano, sufrieron también destrozos y pérdidas considerables.

Villa, independiente, 31 fuegos. Sus apoderados ocupaban en las juntas provinciales el undécimo lugar a mano derecha del Corregidor. El gobierno municipal de esta villa desde la época de su exención se componía de un alcalde, de un teniente de éste para sus ausencias y enfermedades, de dos regidores y un síndico procurador general. Sus vecinos, señala Sorosábel, reunidos en concejo pleno en 19 de marzo de 1755 formaron nuevas ordenanzas para el régimen de la misma villa, compuestas de 112 capítulos. Presentadas al consejo real, fueron aprobadas por éste en 30 de julio de 1760 con algunas prevenciones y aclaraciones, para lo que se libró la competente real cédula en 9 de enero de 1761. Según ellas, el ayuntamiento debía constar de los mismos individuos anteriores, y hacerse su elección el día 6 de enero de cada año por medio de tres electores sacados en suerte de entre los vecinos concejales nobles hijosdalgo concurrentes al acto. Disponen también que el ayuntamiento se reuniese por convocatoria del alcalde todas las veces que le pareciese y hubiese necesidad. Establecen igualmente que hubiese un escribano fiel, un tesorero de los caudales de la villa, un mayordomo secular de la parroquia, guardamontes, un jurado y carcelero, y señalan las obligaciones que había de tener cada uno de los citados cargohabientes. El resto trata de los abastos, plantaciones, conservación y aprovechamiento de los montes concejiles, venta de sidras, pesos, medidas, posadas, tabernas, policía rural, alardes, fiestas públicas, y de otras varias cosas concernientes al gobierno y administración municipal. Cinco años después de aprobadas estas ordenanzas, con arreglo al auto acordado de 5 de mayo de 1766 se establecieron dos diputados del común y un síndico personero. Tal era el último estado de su organización hasta la publicación de la ley de 8 de enero de 1845. Conforme a la misma, su ayuntamiento se componía de un alcalde, un teniente de alcalde y seis regidores, en proporción al vecindario en que se halla considerada.

Elecciones de diputados a Cortes del 1-II-1891
Ref. La Voz de Guipúzcoa del 3-II-1891.
CandidatosPartidosVotos
GorostidiCoalición Liberal166
Ramery Integrista 138

Elecciones de diputados a Cortes del 5-III-1893
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 9-III-1893. Filiaciones en diversas publicaciones de la época.
CandidatosPartidosVotos
Ramery Integrista 161
Samaniego Coalición Liberal 144
Moltó Carlista? 4

Elecciones de diputados a Cortes del 12-IV-1896
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 17-IV-1896. Filiación en La Unión Vascongada del 13-IV-1896.
CandidatosPartidosVotos
Arteaga Conservador 277

Elecciones de diputados a Cortes del 27-III-1898
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 30-III-1898. Filiación en El Fuerista del 27-III-1898.
CandidatosPartidosVotos
Arteaga Coalición Liberal 70

Elecciones de diputados a Cortes del 16-IV-1899
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 19-IV-1899. Filiación en La Unión Vascongada del 17-IV-1899.
CandidatosPartidosVotos
Arteaga Independiente 137

Elecciones a diputados a Cortes del 26-IV-1903
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 29-IV-1903. Filiaciones en La Constancia del 26-IV-1903.
CandidatosPartidosVotos
BrunetRepublicano231
ArteagaMaurista117

Elecciones de diputados a Cortes del 10-IX-1905
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 13-IX-1905. Filiaciones en La Voz de Guipúzcoa del 11-IX-1905.
CandidatosPartidosVotos
ArteagaLiga Foral188
Nicolás Salmerón y AlonsoRepublicano9

Elecciones de diputados a Cortes del 21-IV-1907
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 24-IV-1907. Filiaciones en La Voz de Guipúzcoa del 22-IV-1907.
CandidatosPartidosVotos
ArteagaCatólico202

Elecciones de diputados a Cortes del 9-IV-1916
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 12-IV-1916. Filiaciones en La Voz de Guipúzcoa del 10-IV-1916.
CandidatosPartidosVotos
ArteagaMinisterial227

Elecciones de diputados a Cortes del 24-II-1918
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 27-II-1918. Filiaciones en La Voz de Guipúzcoa del 25-II-1918.
CandidatosPartidosVotos
ArteagaDinástico196
PaguagaJaimista183
En blanco5

Elecciones de diputados a Cortes del 1-VI-1919
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 6-VI-1919. Filiaciones en El Pueblo Vasco del 26-V-1919.
CandidatosPartidosVotos
ChurrucaMaurista186
CelayaPNV184
En blanco3

Elecciones de diputados a Cortes del 29-IV-1923
Ref. El Pueblo Vasco del 1-V-1923.
CandidatosPartidosVotos
ChurrucaMaurista196

Elecciones de diputados a Cortes del 28-VI-1931
Ref. Boletín Oficial de Guipúzcoa del 29-VI-1931. Filiaciones en El Pueblo Vasco del 30-VI-1931.
CandidatosPartidosVotos
LeizaolaNacionalista215
PicaveaIndependiente215
PildainCanónigo (Integrista)215
UrquijoTradicionalista215
LeizaolaNacionalista150
PicaveaIndependiente150
PildainCanónigo (Integrista)150
UrquijoTradicionalista150
AmilibiaUnión Republicana109
De FranciscoSocialista109
GárateAcción Nacionalista109
UsabiagaDerecha Republicana109
AmilibiaUnión Republicana17
De FranciscoSocialista17
GárateAcción Nacionalista17
UsabiagaDerecha Republicana17

Elecciones de diputados a Cortes del 19-XI-1933
Ref. La Voz de Guipúzcoa, Noviembre 1933.
CandidatosVotos
Leizaola563
Irazusta539
Monzón537
Irujo530
Picavea518
Tellería196
Paguaga188
Urraca180
Maeztu178
De Francisco177
Echevarría175
Angulo175
Urondo22
Larrañaga22
Astigarribia22
Zapirain22
Usabiaga4
Bizcarrondo4
Imaz3
Gomendio2
De la Torre1
Álvarez-

  • Sí al Estatuto Vasco

Urnieta estuvo representado en la Asamblea de Estella. En el plebiscito del 5 de noviembre de 1933 para referendar el Estatuto Vasco se obtuvo en esta localidad el siguiente resultado:

Ref. La Voz de Guipúzcoa, Noviembre 1933.
Nº electoresFavorContra
1.2721.063139

Elecciones de diputados a Cortes del 16-II-1936
Ref. El Pueblo Vasco, Febrero 1936.
CandidatosVotos
Irujo579
Monzón435
Irazusta433
Lasarte423
Picavea417
Amilibi 242
Ansó241
Larrañaga239
Apraiz238
Múgica222
Lojendio194
Paguaga192
Oreja190

Elecciones de diputados a Cortes del 1-III-1936
Ref. El Pueblo Vasco, marzo 1936.
CandidatosVotos
Picavea570
Irujo569
Irazusta568
Lasarte565
Amilibia275
Larrañaga271
Ansó241
Apraiz241

Tras el alzamiento militar de julio de 1936 Urnieta permanece en zona republicana. El 6 de septiembre las fuerzas sublevadas del coronel Iruretagoyena consiguen entrar en la población, pero ante la resistencia de sus defensores y las bajas sufridas se ven obligadas a retirarse, ocupándola definitivamente algunos días más tarde.

  • Referéndum de 1976

3.592 sí, 68 no, 214 votos en blanco y un 55,42% de votantes.

Elecciones del 15-VI-1977
Nulos y abst.267127,1%
PSOE2.38147,0%
PNV96919,1%
EE3887,6%
DIV2294,5%
ESB2264,4%
DCV2134,2%
GU1793,5%
PCE1783,5%
FUT1062,0%
AETG721,4%
PSP681,3%
FDI280,5%
ANV210,4%

El referéndum constitucional del 6 de dic. de 1978 (Censo electoral: 3.125)
Votos1.305
Abst.1.82058,24%
91129,15%
No31510,08%
Blanco74
Abst. y No68,32%

Elecciones generales del 1-III-1979 (Censo electoral: 8.280)
Ref. Ibermática. Norte, S.A.
PSOE1.79234,76%
PNV92217,88%
UCD86216,72%
HB66612,92%
EE4238,20%
PCE2043,95%
EMK1011,95%
ORT651,26%
EKA330,64%
UFV310,60%
UN210,40%
LKI150,29%
FEA80,15%
IR60,11%
ULE50,09%
Abstenciones2.94535,56%

  • Elecciones municipales del 3-IV-1979

Para hacerse cargo de las 17 concejalías de este ayuntamiento se presentaron siete candidaturas: ORT, HB, PNV, EE, EMK-OIC, PCE, PSOE. Resultaron elegidos, sobre un censo electoral de 8.153, los siguientes concejales: PSOE con 1.713 votos: Jesús Martínez, Angel Mangas, Emilio Herrera, Francisco Etxeberría, José Sotelino y Santiago Curiel; PNV con 1.329 votos: José Manuel Martiarena, Ramón Olaizola, Juan Ignacio Urreta, Isidro Fernández y Antonio Urruzola; HB con 1.014: José Manuel Ramírez, Pedro M. Lizarraga, José M. Izaguirre y Mikel Amenabar; EE con 394: Pedro Larrañaga; PCE con 254: Victorio Vicuña. Alcalde: José Manuel Martiarena Lizarazu del PNV.

Referéndum estatutario del 25-X-1979 (Censo electoral: 7543)
Ref. El Diario Vasco 27-X-1979
Votos4.86864,11%
Abst.2.72535,89%
4.44691,33%
No1803,69%
Blanco1853,80 %
Nulo571,17 %

Primeras elecciones para el Parlamento Vasco. 9-III-1980 (Censo electoral: 8016)
Ref. El Diario Vasco 11-III-1980
PSE1.36230,53%
PNV1.22927,55%
HB63614,26%
EE3758,40%
UCD3567,98%
PCE2064,61%
AP651,50%
EMK952,13%
ESEI330,73%
PTE200,44%
LKI180,40%
UC80,17%
EKA170,15%
Abstenciones3.55644,36%

  • Elecciones municipales del 8-V-1983

Concejales: PSOE: Froilán Elespe. Isidro Gil. José Luis López. Emilio Herrera. Ciriaco Jiménez. José Luis Cantalapiedra. Manuel Ibáñez y José Guirado. PNV: José Manuel Martiarena. Juan Ignacio Iceta. Pedro Manuel Sasiain. Luis Goicoechea. José Ignacio Liceaga. Juan José Yarza y Mª Asunción Iceta. HB: José Miguel Zumeta y Francisco Chapartegui. Resultó elegido alcalde José Manuel Martiarena.

Elecciones al Parlamento de Vitoria del 26-II-1984
PSOE2.361
PNV1.841
HB 854
EE278
CP242
PC90
Auzolan50

Elecciones generales del 22-VI-1986
PNV708
PSOE503
HB486
CP102
EE95
CDS61
UC38
IU7

  • Elecciones municipales del 10-VI-1987

Resultaron elegidos los siguientes concejales: PNV: José Manuel Martiarena Lizarazu. José Ignacio Lizeaga Sagarzazu. José Fernando Arana Learte. Ismael Hernández Hernández. José Peñagarikano Sarasola. HB: José Ignacio Izagirre Poza. José Angel Goñi Garbayo. Emeterio Izagirre Lasarte. PSOE: Pedro Merino Sanz. Pedro Manuel Pelaz Pérez. EA: Juan María Goikoetxea Abadía.

Elecciones generales del 29-X-1989
HB537
PSOE523
PNV461
EA217
EE111
PP82
Otros69
CDS28
IU21

Elecciones al Parlamento de Vitoria del 28-X-1990
PNV583
HB497
PSOE483
EA237
EE92
Otros32
PP30
CDS8

  • Elecciones municipales del 26-V-1991

Resultaron elegidos los siguientes concejales: PNV: José Ignacio Liceaga. Alberto Ramírez. Jesús María Garmendia. Florentino Ugalde. María Carmen Aróstegui. María Pilar Sarasola y José Fernando. HB: José Fermín Arguiñarena y José Angel Goñi. PSE: Pedro Manuel Pelaz y Tiburcio Ángel. Fue elegido alcalde José Ignacio Liceaga.

Elecciones generales del 6-VI-1993
PNV649
PSE/EE618
HB447
Otros215
EA219
PP107
CDS11

Elecciones al Parlamento de Vitoria del 23-X-1994
PNV739
HB492
PSE/EE386
EA198
IU135
PP126
UA4
CNPS2

  • Elecciones municipales del 28-V-1995

Resultaron elegidos los siguientes concejales: PNV: José Ignacio Liceaga. Alberto Ramírez. Josu Garmendia. Ma Pilar Sarasola. Florentino Ugalde, María Isabel Vaquero y Jesús Cristobalena. HB: Ma Rosario de Miguel y Miren Alazne Echenique. PSE-EE: Hermenegildo González. EA: Arantxa Etxeberria. Fue elegido alcalde José Ignacio Liceaga Sagarzazu.

Elecciones generales del 3-III-1996
PNV809
PSE/EE718
HB482
PP248
EA209
IU/EB206
Otros22

Elecciones al Parlamento Vasco del 25-X-1998
PNV904
EA254
EH659
IU/EB136
PSE-EE543
U. Alavesa 4
PP359
Otros11

AAA