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SEGURIDAD SOCIAL

Antecedentes. De 1960 a 1963 se elaboró un programa que cristalizó en la Ley de Bases de 28 de diciembre de 1963, donde quedó consagrado oficialmente el calificativo de Seguridad Social. Pero hasta llegar allí hubo que recorrer un largo y penoso camino, porque lo que ahora conocemos como seguridad social dio sus primeros pasos a finales del pasado siglo.

La clase obrera, inicial beneficiaria de la misma, no tenía entonces más recurso que la beneficencia pública para salir de una situación de crisis. La falta de trabajo, una enfermedad, y por supuesto la vejez, dejaban a la familia obrera en la más completa de las miserias, puesto que los bajos salarios no permitían un ahorro capaz de cubrir esas circunstancias. Los propios obreros crearon Sociedades de Socorros Mutuos (SSM) que, mediante el pago de cuotas de entrada y mensuales, proporcionaban ayuda económica en forma de pequeño salario en caso de enfermedad; en ocasiones, asistencia médico-farmacéutica; y, muy rara vez, reducidas pensiones de jubilación. Hubo algunas empresas que, bien por su importancia económica, o por su alto índice de siniestralidad, complementaron la labor de las SSM creando Cajas de Socorro para sus obreros, empleados, y sus familias. En ellas, los obreros colaboraban con un porcentaje de sus salarios, y las empresas cubrían los déficits y proporcionaban también los locales para la instalación del consultorio médico, la botica; y, a veces, para una escuela y una capilla. Los obreros tenían derechos similares a los de los socios de las SSM. La ventaja sobre estas últimas consistía en que la asistencia médica cubría a toda la familia y que contaban con un mayor respaldo económico. La contrapartida era que el control estaba en manos de las empresas.

Dos ejemplos notables de Cajas de Socorros son las que existieron en la Fábrica de Construcciones Metálicas y Material de Ferrocarril de Beasain (1905), y en Altos Hornos de Vizcaya (1902). En esta última, el servicio médico llegó a contar con un hospital propio. Una modalidad relevante de estas Cajas fueron los Hospitales Mineros de Triano (1881) -Gallarta, La Arboleda (Matamoros), y Galdamiz-. La patronal minera se puso de acuerdo para organizar una compañía por acciones, cuyo capital se constituyó con 150.000 pesetas de cada socio, un tanto por ciento por tonelada extraída en las explotaciones, y el 2 % de los jornales de sus obreros. Su objetivo prioritario fue atender los casos de accidentes laborales, que eran numerosos por las malas condiciones de trabajo. En un principio el servicio cubría a los trabajadores y a sus familias, tanto por accidente como por enfermedad. Los obreros nunca estuvieron muy conformes con el descuento salarial obligatorio, y solicitaron en repetidas ocasiones su supresión. Las empresas accedieron, pero los servicios gratuitos quedaron limitados a la atención en caso de accidente, y pasaron a ser de pago las prestaciones médicas y hospitalarias por enfermedad, tanto del obrero como de sus familiares directos.

A partir de la Ley de Accidentes de 1900, fue obligatorio contratar con empresas aseguradoras, estableciéndose un servicio complementario entre estas últimas y los hospitales. Quizá lo más sobresaliente de esa iniciativa fue la infraestructura sanitaria que se creó, ya que estos hospitales se ubicaron en la Zona más adecuada a su función, y estaban bien dotados de medios técnicos y humanos. Su director, el doctor E. Areilza, alcanzó justa fama como cirujano, y el equipo médico logró controlar la mortalidad, tanto por accidentes como por enfermedades epidémicas.

Las limitaciones de las SSM y lo específico de las iniciativas patronales aquí indicadas, más la agudización de los problemas sociales, fue lo que condujo a las élites gobernantes hacia las políticas de reforma social. El reformismo social fue un proceso que se dio en la mayoría de las sociedades occidentales, destacando Alemania, Bélgica, Francia e Inglaterra por su temprana legislación social y laboral. La llamada Ley Benot (1873) sobre el trabajo de mujeres y niños, prácticamente inoperante, fue una de las primeras iniciativas llevadas a cabo en España. Mayor importancia tuvo el establecimiento en 1883 de la Comisión de Reformas Sociales. Con las informaciones orales y escritas que se recogieron en todas las provincias, se hizo el primer estudio oficial de la llamada "cuestión social", y puede considerarse punto de partida de la legislación obrera posterior.

Aunque el verdadero despegue legislativo comenzó en 1900 con dos importantes leyes: la Ley de accidentes de trabajo, que consagraba como responsabilidad patronal lo que antes era sólo paternalismo; y la Ley marcando las condiciones del trabajo de las mujeres y de los niños, soslayada en multitud de ocasiones con el tácito acuerdo de las partes, y que estableció las Juntas Locales de Reformas Sociales, de gran importancia en la implantación de la legislación laboral.

Más tarde, es de destacar el Real Decreto de 23 de abril de 1903, base legal del Instituto de Reformas Sociales (IRS). Este Instituto (1903-1924) fue el encargado de estudiar y preparar toda la legislación social posterior. Dentro del IRS se elaboró la Ley de 27 de febrero de 1908 por la que se creaba el Instituto Nacional de Previsión (INP). A partir de ese momento, el IRS quedó encargado de las leyes laborales y el INP de todo lo referente a seguros sociales.