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Navarra. Historia

Tras la aplicación de los Decretos de Nueva Planta (1707-1716) a los países de la antigua Corona de Aragón, el reino de Navarra y las Vascongadas -a las que se llamará Provincias Exentas- sientan plaza de excepción en la Monarquía española. Étnicamente semejantes, dotadas de instituciones peculiares y separadas del mercado nacional por una línea de aduanas, aparecerán a los ojos del Despotismo ilustrado como un obstáculo tanto a las ideas de modernidad como al libre ejercicio de las facultades del Consejo de Castilla. Los ministros de la Corona no desperdiciarán ocasión de manifestar su desagrado ante el anacronismo vasco, especialmente a partir de 1766, año en el que Carlos III, tras la crisis del motín de Esquilache, imprime un giro decisivo a la política de la dinastía. Rodríguez Garraza (1974) divide la gran crisis navarra, previa a la desaparición como Reino, en dos períodos: 1778-1795, años en los que el régimen foral experimentará grandes dificultades pero saldrá indemne del embate. 1795-1808, período en el cual la foralidad navarra sufre amputaciones irreversibles. Entre ambos transcurre la Guerra de la Convención. Son años en los que se opera no sólo un cambio en la estructura del Estado (centralización, dirigismo, expansión y luego crisis económica), sino también un cambio en la mentalidad de parte de las clases rectoras de las que no serán excepción las navarras.

  • Período 1778-1793

Este período del reinado de Carlos III se inicia en realidad en 1766 con varias órdenes sintomáticas. Una del Conde de Aranda, presidente del Consejo, prohibiendo al de Navarra la publicación de libros en euskara, otra ordenando la recogida de la obra de Fontecha y la expulsión de los jesuitas. El 68 una RP ordenaba la observancia en Vizcaya del Capitulado de Chinchilla y el 70 se inicia un nuevo intento de nivelar el sistema militar en Navarra instaurando el sistema de quintas y reemplazos, pugna que se desarrollará hasta doblar el siglo con desigual suerte. El 73 una Real Orden sin sobrecartear imponía la Ordenanza sobre servicio militar en Navarra. Como era de esperar la Fiscalía de Castilla (Informe Campomanes, 1777) puso en tela de juicio la naturaleza "pactada" de la incorporación de Navarra a Castilla. Veremos durante estos años madurar la doctrina pactista de las instituciones rectoras navarras con alegatos como éstos de 1776 y 1777:

El "derecho general de España", o el de "las Partidas", "no puede ser el que haya establecido principios a Navarra para que el Fiscal de V. M. pueda decir que su Diputación los ha querido controvertir. Lo primero porque, aun cuando lo fuera, ningún derecho de un Estado puede tener fuerza para otro. Lo segundo porque, por lo tanto, ni por semejante derecho ni por otro, jamás ha tenido Navarra dependencia alguna de Castilla para que ésta haya podido darle ni establecerle principios ni reglas algunas de gobierno, pues antes hubo Leyes y Reyes en Navarra que los hubiere y que se pudiese pensar en formar el derecho que se alega de Castilla. Lo tercero porque de otro modo se diría que los Reyes de aquel Reino no habían sido legítimos ni tales, ni habían podido constituir legítima sucesión para que ni V. M. ni otro pudiese heredar en él, pues cierto es que ninguno ha entrado en la posesión de aquel Estado ni en el Solio de aquel Trono por el derecho de Castilla y menos por el de las partidas, sino sólo por el peculiar y privativo de aquel Reyno" ... "Con este conocimiento, sin duda, apela a otro y es el de dudar si aquella Corona está accesoria o principalmente incorporada con Castilla. Dudar señor ahora en su última respuesta, al cabo de dos siglos, de la naturaleza de la Incorporación de aquel Reyno ..., es volver a disputar de los principios sin más diferencia que la que constituye el tiempo de la Institución al de la Incorporación".

* * *

"El establecimiento, Señor, de esta Monarquía, los artículos preliminares de su elección, la fe inviolable de un contrato, el continuado juramento de 46 reyes; la más religiosa observancia de éstos, con la conservación tranquila de este estado en la serie de tantos siglos, y el últimamente (juramento) ejecutado por V. M., son unos fundamentos de tan alta jerarquía, que ni pueden dejar de hacer el mayor peso en la católica consideración de V. M., ni permitir al reino su silencio... V. M., Señor tiene pactado con el reino de Navarra bajo un solemne juramento, hecho ante la presencia del mismo Dios y sobre sus cuatro sagrados Evangelios, el guardar a sus naturales toda su Constitución, sus exenciones, sus franquezas y sus fueros; con la expresada calidad de que ni en otra forma, deban tampoco obedecer a V. M. AGN, Quintas, leg. 1, 39.

El gran desencadenante de la crisis va a ser, sin embargo, el RD de 1778 implantando el libre comercio con América tras el cual, Vasconia se veía obligada a elegir entre éste y el comercio con el mercado metropolitano sin aranceles, por una parte, o el mantenimiento de su independencia aduanera y de su estructura comercial volcada hacia Francia y el resto de Europa septentrional (sin olvidar el contrabando), por otra. Navarra, cuyo comercio se desenvuelve principalmente con Vascongadas y también con Francia se divide. A grandes rasgos puede decirse que el Centro (con Pamplona) y el norte optan por el statu quo mientras los vinateros y cerealistas del sur pugnan por romper el nuevo cerco arancelario e introducir sus géneros en Castilla, Aragón y en el mercado americano. La guerra con Inglaterra (1779-1783), con su correlato militar, añade elementos de tensión, a los que se suman los aranceles de octubre de 1778 y siguientes por los cuales Navarra y Vascongadas recibían tratamiento de extranjería. La polémica interior adquiere grandes proporciones; proliferan los escritos y los posicionamientos en pro o en contra del mantenimiento de las aduanas en el Ebro o de estrategias intermedias. Navarra convoca por ello unas Cortes en las cuales dirimir la cuestión. Al iniciarse las mismas, la Asamblea descubre que el Virrey es portador de una Instrucción reservada según la cual nada debe ser resuelto sin contar con el Consejo de Castilla, las Cortes no debían de reunirse más de 60 días, se confiaba a una comisión compuesta por el Virrey y algunos diputados el arreglo de la cuestión aduanera y se exigía la concesión del donativo antes que el otorgamiento de contrafueros. Ninguno de estos requisitos se cumplió merced a la tesonera defensa que hicieron los comitentes mediante representaciones y memoriales al Gobierno, al Rey y a los navarros bien situados en la Corte.

Pero la cuestión aduanera dividió no sólo al Congreso en su totalidad sino también a cada uno de los tres brazos. Finalmente, en la votación por brazos efectuada el 15 de enero de 1781 los navarros, por poco margen, decidieron mantener las aduanas donde estaban aunque se señaló que "a excepción de la ciudad de Pamplona, el total del vecindario de las repúblicas opuestas apenas equivale a una décima parte de la población del Reino". Meses después la Diputación conseguía, además, que el procedimiento de pedimentos de leyes no fuera modificado en la Patente de Leyes. Sólo entonces se pagó el donativo. Dos años más tarde la Diputación reivindicaba y obtenía la exclusiva en la construcción de caminos, cosa que hizo con evidente sentido de la autosuficiencia y control de sus recursos económicos trazándose las grandes carreteras de Navarra aún vigentes financiadas con portazgos y cadenas. Navarra y Bizkaia encabezaron en aquellos años finales del siglo XVIII la resistencia al unitarismo.

  • Guerra de la Convención (1793-1795)

La decapitación de Luis XVI en Francia y la constitución de un gobierno revolucionario -Convención con base jacobina, montañesa y sans-culotte- acarreó sobre la nación gala la declaración de guerra de las monarquías vecinas, entre las cuales la española (7 de marzo). La guerra se efectúa a lo largo de toda la frontera hasta Cataluña. Consistió en tres campañas -1793, 1794, 1795- interrumpidas por sus respectivos inviernos. No nos detendremos en las acciones militares que apenas poseen relieve. Conviene, sin embargo, señalar que la intervención de las tropas francesas, precedida y seguida de difusión de la propaganda revolucionaria, va a desencadenar una formidable crisis en la descontenta élite político-intelectual vasca que, por medio de sus Juntas y Cortes había decidido en los años anteriores proseguir, pese a las medidas de retorsión económica adoptadas por el Gobierno central, dentro del marco de la foralidad. La élite ilustrada navarra, parte de la cual conoce y lee a los autores revolucionarios perseguidos por la Inquisición (Castillo, 1986, 200-202), se expresará primero, por medio de la Diputación y, luego, a través de las largas Cortes que se reúnen desde el 11 de mayo de 1794 hasta febrero de 1797, y que habían sido convocadas debido a la preocupación de los navarros por el irregular sistema de levas implantado (dos batallones al mando no del virrey que alega enfermedad) sino del general Ventura Caro (16.300 hombres en febrero de 1794).

El pueblo, por otra parte, pese a la inquietud del clero, se manifestará remiso a "defenderse" de los franceses. Tras una primera acción ofensiva en 1793 sobre el País Vasco de Francia, en el transcurso de la cual Aldudes, de la Baja Navarra, pide la anexión a Navarra la Alta, el ejército real español se bate en retirada y los convencionales, al mando del general Moncey, traspasan la frontera en la primavera de 1794 y ocupan, sin dificultades, a lo largo del verano, Aldudes, Baztán, el norte de Navarra y casi toda Gipuzkoa produciéndose la célebre capitulación de ésta y su intento de anexión a Francia. Toda Navarra se halla en vilo no sólo por la cercanía de los revolucionarios, sino también por los sucesos gipuzkoanos que no pueden dejar de tener eco, expectante o favorable, en una región sometida a los mismos avatares políticos que su vecina. Castillo (1986) que ha estudiado el episodio a la luz de muy diversa documentación, establece las siguientes fases en estas Cortes de Navarra 1794-1795 en las que cree hallar un precedente dieciochesco de un nacionalismo vasco objetivo.

· Primer momento (20-22 de mayo)

Deseo de que las Cortes, y en su nombre la Diputación, sean responsables de ¿casi? todo lo concerniente a la guerra, menos lo que concierne a su aspecto puramente militar.

· Segundo momento (11-14 de junio)

Deseo de "variar la Constitución en perjuicio del poder ejecutivo, que reside en la autoridad real" (Colomera, in Anexo III, y Libro de las Actas de las Cortes, t. 13, f. 131). En las ciudades de Pamplona, Tafalla, Sangüesa y Marcilla se ven pasquines y/o "vozes sediciosas alusibas á apetecer la higualdad".

· Tercer momento (23 de junio-1.º de julio)

Desde el comienzo de la guerra las Cortes se quejaban de la poca eficacia de la intendencia militar, de los malos tratos dados a los Paysanos (Navarros) y de otras exigencias desorbitantes. Sabían cómo era el Virrey (el Conde de Colomera) cuyo retrato militar nos es dado por Jomini en "Histoire critique et militaire des guerres de la Révolution" t. V, Paris 1820, pág. 256

"le Compte Colomera, vétéran, dont le plus grand méris était d'avoir fait la guerre de 7 ans en qualité de volontaire, et qui avait plus de liant dans le caractère; mais I'ecole des Soubise et des Clermont n'était pas celle qui formait des héros; et l'armée ne lui accordait aucune des grands, qualités qui distinguaient son prédécesseur; d' ailleurs, moins heureux que Dagobert et que Caro, l'âge avait déjà glacé les facultés de son Ame".

El partido antimonárquico "puso un inepto militar al frente del ejército de Guipúzcoa y Navarra cuando el ataque y la penetración francesa comenzaban. Además, en contra de la real Orden transmitida por Godoy, las Cortes siguieron abiertas y legislando. En varias ciudades corrieron "las voces que se esparcen por el Pueblo de desmedida libertad".

· Cuarto momento (19 al 28 de julio de 1794)

El día 19 se inicia el nuevo debate "del poder executado a los Tres Estados" y el 21 (lunes) juran guardar secreto sobre el tema (pero el Virrey se enterará ¿por algún eclesiástico?). La discusión se profundiza; pues ahora es la oferta de los dirigentes parisinos, hecha a través del periódico oficial (Le Moniteur Universel, del 27-5-1794), de anexionarse a Francia guardando sus Fueros y Prerrogativas. No hay que olvidar que entonces los estados pequeños (cf. E. Sieber "Die Idee des Klein-staate", nota 77) estaban bien considerados entre los intelectuales más prestigiosos; ni que siguiendo el confederalismo rousseauista 'muchos' creían que Francia sería la base matriz para una gran confederación de los pueblos regenerados por el nacionalismo (p. e. así lo pensaron e hicieron los belgas). Sobre este cuarto momento -el más importante- apenas sabemos nada. Sin embargo, entre los vocales había gente juzgada por la Inquisición por ser defensores de las máximas de la Revolución francesa: casos de Hortuño M. Corral y Aguirre y de Vidarte.

Carlos VII de Navarra y IV de Castilla (1795). En 1789 proclamó la Diputación al rey Carlos VII por muerte de Carlos VI verificada en el año anterior. Y en las Cortes de 1795 ratificó el juramento que había hecho siendo príncipe por medio del Virrey, conde Colomera. En las mismas Cortes fue jurado el príncipe de Asturias Fernando como sucesor en la corona.

· Quinto momento (24 de agosto 94-hasta finales de junio del 95)

Tras el fracaso del intento independentista y luego anexionista de Gipuzkoa, el partido pro monárquico y la represión dominaron la escena políticomilitar. Sin embargo, el partido opuesto no dándose por vencido consigue conjuntamente con las otras Tres Provincias pedir (15-4-1795) al nuevo Vicerrey y Jefe Militar (Príncipe Castelfranco, desde el 20-3-1795) que el ejército pase a la ofensiva, lo cual era un golpe de audacia o infantilismo, pues era provocar al ejército francés, victorioso ya en diversos campos europeos, oponiéndole un ejército mediocre bajo varios aspectos.

· Sexto momento (de comienzos de julio del 95 a comienzos de agosto del 95)

Es la derrota del ejército 'español' y la desbandada. Las Cortes inculpan a los dirigentes militares y al gobierno de Madrid por no ayudar. En los pueblos ocupados desde hace un año (algunos ininterrumpidamente -la inmensa mayoría del Baztán-, otros por momentos) parece que cunde el desánimo y la 'aceptación' de la nueva ideología. Es difícil valorar esta última fase, pues los archivos (el Provincial y los municipales de Pamplona, Bera, Lesaka y Etxalar -que he escogido como muestreo-) han sido censurados; y presumiblemente otros muchos más.

Godoy, acuciado por los problemas -enemigos personales, ejército real inepto, situación vasca- precipita las negociaciones de una Paz que se firma en Basilea el 22 de julio de 1795. Días después en las Cortes, no conocedoras aún de esta firma, los elementos más conservadores consiguen el decreto de apellido general. "Si hasta entonces -comenta Rodríguez Garraza (1974)- la formación de batallones se había adaptado a las condiciones de la guerra moderna, el mal uso, que según el Reino, se había hecho de los mismos, obliga a éste a manifestarse en apellido. En 13 días los comisionados del Congreso pusieron en pie de guerra a 25.000 navarros después de tres años de lucha". Era ya demasiado tarde. Godoy, espoleado por los informes del agente del Consejo de Castilla Zamora, iba a entregarse a fondo a la tarea de castigar a los afrancesados vascos y a erradicar las peculiares estructuras que éstos defendían. El País, decepcionado, destruido en parte por la guerra, diezmado por una epidemia de tifus exantemático traída por el ejército ocupante, víctima de las malas cosechas (Torre, CHN, 1985), afrontará en condiciones desfavorables un siglo XIX lleno de incertidumbres. El lema "Religión, Rey, Patria" esgrimido contra los ilustrados hace su aparición durante esta coyuntura (R. Garraza, 1988).

  • Período 1796-1808

Estos años finales del siglo y los precedentes a la francesada hubieran conocido con toda probabilidad la abolición definitiva de la foralidad de no mediar la intervención extranjera y la subsiguiente guerra. El período se inaugura con la Real Orden del 1 de setiembre de 1796 creando una Junta para analizar los Fueros navarros y conminando a que se ejecuten en el Reino las R. pragmáticas, cédulas y órdenes. Un escaso mes más tarde estallaba la guerra con Inglaterra que, al interrumpir el tráfico con América, hacía zozobrar la Real Hacienda española obligando al Gobierno a arbitrar toda clase de contribuciones ordinarias y extraordinarias incluso sobre el clero y nobleza. Quintas y contribuciones asedian al Reino y las Provincias Exentas mediante una serie ininterrumpida de R. Cédulas. En Bizkaia la imposición por la Diputación de Nuevos arbitrios suscita una agitación indisimulada. En Navarra se consigue reunir Cortes (1801) pero sólo limitadas a otorgar el donativo, es decir, a entregar dinero. Obligadas a economizar tiempo, acaban otorgando poder a la Diputación para que ésta negocie con el Gobierno las nuevas contribuciones. Al cabo de unos meses aparece, a tenor de las necesidades del Gobierno, el Diccionario Geográfico-Histórico de la Academia de la Historia en el que se pone en cuestión la interpretación histórica de los Fueros como constructos jurídicos peculiares y privativos (los de Navarra "no son tanto como se figura la imaginación acalorada de sus ciegos patronos") y se conceptúa el euskara como lengua no original sino introducida "a mediados del siglo VIII para figurar sus naturales total independencia del extranjero". El Gobierno crea en Navarra una Junta de reclutamiento. La agitación de Bizkaia desemboca en 1804 en la zamacolada y la ocupación de la provincia por las tropas reales. Navarra, mientras tanto, negocia, ejerce sus dotes diplomáticas, acude a los navarros en Madrid, se remueve, también en vano. El donativo de 1801 es rechazado en 1805. De la misma forma que en el resto de Vasconia, el Gobierno acaba consiguiendo introducir los principios de una fiscalidad general y la leva de quintas aunque se reduzcan estas contribuciones y se rescate, por medio de dinero, las últimas. La situación, extremadamente tensa, se arrastra durante los años que inician el siglo produciéndose esta vez lesiones irreversibles a la foralidad. Recogiendo las palabras de Rodríguez Garraza (1974, 289) "lo que el Gobierno no consiguió contra las instituciones de Navarra habrá que atribuirlo a su debilidad y no a sus intenciones". Este mismo autor recoge en su magnífica ponencia al II CMV (1988) otra de las consecuencias de este hostigamiento, el acercamiento a las P. Vascongadas, sintetizando en la respuesta de agradecimiento que da la Diputación en 1803 al envío por Astarloa de su Apología:

"no tenga ocioso su talento y se sirva de él para justificar la buena causa de este País Bascongado contra tantas plumas que parece han hecho empeño en sublevarse llevando por objeto el derogar o disminuir su gloria".

Evolución: población en los siglos XVIII y XIX. La no ejecución del Catastro de la Ensenada, por lo que se sabe hasta el momento, y el hecho de que todavía no se hayan calculado los efectivos en el censo de Aranda, hace que todavía la evolución global de la población navarra durante los dos primeros tercios del XVIII no sea bien conocida. Sin embargo, todos los datos disponibles permiten asegurar que, aunque a un ritmo desigual, sus efectivos aumentaron a lo largo del siglo XVIII con una tasa de crecimiento medio anual similar al del conjunto de la monarquía española. Por el contrario, desde la última década del siglo XVIII y hasta el último cuarto del XIX, Navarra, y todo el País Vasco, atravesaron por una serie de circunstancias negativas que hicieron que su población creciese más débilmente que la española y que incluso en algún momento retrocediese. Los censos generales, elaborados a partir de la segunda mitad del XVIII, los de ámbito exclusivamente navarro como el de 1796 y la Matrícula de 1816-1817, permiten conocer detalladamente esta evolución. Navarra que contaba 227.382 habitantes en 1786 tenía 297.432 en 1857, lo que supone una tasa de crecimiento medio anual de 0,49 %, que contrasta con la media anual española del 0,63% en el mismo período. Como consecuencia de ello, el porcentaje de la población navarra dentro del conjunto español descendió entre ambas fechas del 2 al 1,9 %.

La evolución de la población navarra en el conjunto vasco
* cifra rectficada
NavarraAlavaGipuzkoaBizkaia
1725180000?------
178722738271182119415114726
179722172869158104491111603
185729742296398156493160579
1877299189*93191167207189954
190030766996385195850311361

Las causas de este lento crecimiento son muy diversas, aunque todas interrelacionadas entre sí. Las malas cosechas, las guerras y las secuelas de ambas, tales como las epidemias que frecuentemente se dieron a la vez, la deficiente situación sanitaria, la emigración, etc., son las más importantes. Hay que tener en cuenta que Navarra fue escenario de todas las guerras que se dieron en el período y que las epidemias, como el tifus o el cólera, causaron una gran mortandad en numerosas comarcas. Durante la guerra de la Convención tuvo lugar la primera crisis de mortalidad de las que se dieron en la época final del Antiguo Régimen... Como consecuencia de ello, el lento, pero progresivo crecimiento de la población navarra durante el siglo XVIII se vio bruscamente cortado. Con todo, esta regresión se dio sólo en las merindades de Pamplona y Sangüesa, que perdieron aproximadamente el 10 % de su población.

La recuperación de esta crisis fue lenta, pues aunque afectó fundamentalmente a los adultos, se vio dificultada por las cuantiosas pérdidas materiales, las malas cosechas de principios del siglo XIX y la guerra de la Independencia. Las consecuencias demográficas de esta contienda, y las derivadas de las guerras realista y carlista están sin evaluar, no obstante, dada su duración y que los efectos en onda se superponían, cabe pensar que sus efectos fueron muy negativos. De hecho, se ha comprobado que en algunas zonas, además de aumentar la mortalidad, disminuyeron la nupcialidad y la natalidad y dificultaron el descenso de la mortalidad infantil. Podría pensarse que, una vez terminada la primera guerra carlista, durante la cual se produjo la epidemia de cólera de 1834, Navarra estaría en condiciones de emprender un ritmo de crecimiento demográfico más acorde con el que se registraba en Europa Occidental en la época. Sin embargo, no fue así. El peso de las pérdidas del pasado, nuevas epidemias y conflictos bélicos, como la segunda guerra carlista, junto al mantenimiento del predominio de las actividades agrarias, fueron las causas que imposibilitaron o retrasaron el cambio de una demografía de Antiguo Régimen a otra de nuevo cuño.

La nueva epidemia de cólera, en 1855, segó la vida de un 4 % de la población (grosso modo murieron unas 12.000 personas) y otra, en 1883, la de un 1 % (fallecieron por esta causa 3.261 individuos). A estas pérdidas habría que añadir las de la segunda guerra carlista, todavía desconocidas pero que en cualquier caso hicieron disminuir la población entre 1860 y 1877. Los censos de la segunda mitad del XIX muestran la incidencia de estos fenómenos. En el de 1857 se aprecia la disminución de los efectivos de 20 a 25, a causa del descenso de los nacimientos durante la primera guerra carlista y la de los grupos de edad más viejos a causa de la epidemia de cólera de 1855. El censo de 1877 (hay que descontar los más de 35.000 y más de 12.000 militares incluidos en la población de derecho y de hecho respectivamente) da una cifra de población más baja que la de 1860, aunque posiblemente el descenso de algunos valles no fue tan grande como el que se desprende de este censo. Además de todas estas circunstancias, los comportamientos internos de la población, y su no evolución, explican el lento crecimiento de la población.

Las tasas de natalidad, en 1787, 1797 y 1860 eran, como en el País Vasco, inferiores a las del conjunto español. No era ajeno a ello el que el porcentaje de jóvenes de 16 a 25 años casados era también más bajo y que lo mismo ocurría con la tasa de nupcialidad femenina. Por otro lado, la tasa de mortalidad, sobre todo la infantil, siguió siendo muy alta durante el siglo XIX. Si a todo lo dicho se añade que en las últimas décadas del XIX, a causa del fracaso, o del no inicio, de la industrialización, decenas de miles de navarros abandonaron su tierra, se explica que en 1900 la población provincial había descendido al 1,6 % del conjunto de la monarquía y que fuese sobrepasada en números absolutos por Bizkaia, la cual a finales del XVIII apenas representaba el 50 % del conjunto navarro.

AGM

La francesada (1808-1814): ¿una oportunidad perdida?. Los seis años de ocupación francesa de Navarra deben de ser examinados dentro del especial contexto en el que la misma tiene lugar:

a) Proyectos reordenatorios del territorio peninsular de Napoleón I: Nueva Fenicia, que englobaría en un solo estado independiente las tierras vascas de Francia y de España, y el País Transpirenáico que podría abarcar las Vascongadas, Navarra, Aragón y Cataluña (Estornés Zubizarreta, 1983 y 1986).

b) Tensiones ininterrumpidas y crecientes a lo largo de las últimas décadas del siglo XVIII entre Navarra y la Administración central (Rodríguez Garraza, 1974).

c) Instauración de un nuevo orden constitucional en España.

d) Tensiones internas en la sociedad vasca derivadas del cerco arancelario y de la consolidación de una burguesía comercial que necesita romper con el regionalismo foral, ya sea integrándose como minoría dirigente en un pequeño estado vasco ya en la burguesía nacional española mediante la eliminación de las aduanas en los puertos y en el Ebro.

La fórmula híbrida -regionalismo foral, la vinculación, con más inconvenientes que ventajas, a la Monarquía española- ha entrado en crisis y ha de resolverse en una u otra forma. Sólo así puede comprenderse que la ocupación de Vasconia entre 1807 y 1808 haya sido absolutamente pacífica, y que en Navarra, tras la toma de la Ciudadela de Pamplona (16-17 de febrero de 1808), "los habitantes se quedaron sorprendidos dos o tres días, pero, vueltos en sí, casi todos han dicho, de común acuerdo, que los franceses han hecho muy bien en aprovechar las circunstancias y la incapacidad de la Corte de Madrid" (Estornés Zubizarreta, Príncipe de Viana, 1989). La connivencia y hasta complacencia urbana con el ocupante (Campo, Luis del, Príncipe de Viana, 1981, 182, 189 y passim) coexiste con la pasividad campesina pese a las exhortaciones del clero diezmero, enemigo acérrimo de la Revolución y, en consecuencia, de sus vanguardias armadas. A ello hay que añadir, además, la normalidad (Thiers: Histoire du consulat, 1892), con la que las cuatro Diputaciones envían sus representantes a la Asamblea de Bayona, -en contraste con la menguada asistencia de dignatarios del resto del Estado- y la actividad de los mismos en el seno de la Comisión redactora de la Constitución de Bayona-Exposición de Gainza y Escudero por Navarra- que culmina con la aprobación -controvertida- del art. 44 reconociendo la existencia de un régimen foral especial a tener en cuenta en los cuatro territorios forales. Son los hechos de armas en España, el primero de los cuales Bailén (19 de julio), los que modificarán con el tiempo esta postura inicial de la población y las instituciones vascas.

En Bizkaia se constituye una Junta Suprema de Gobierno (6 de agosto) al margen de la Diputación, alentada por diversos sectores religiosos (Labayru, VII, 135-136), y rápidamente reprimida. En Navarra, la Diputación, ante la cercanía del ejército español al Ebro, abandona de noche (29 de agosto) Pamplona emitiendo un Manifiesto según el cual "La Religión, el Rey y la Patria, están pidiendo venganza contra el pérfido violador de sus sagrados derechos", pero ésta es la única reacción. Ayuntamientos, Diputación (nueva) y Virreyes serán renovados periódicamente en la Navarra ocupada hasta 1810. La división moral de Navarra se produce tarde y en torno a varios acontecimientos cuya interrelación habría que estudiar a fondo: supresión de conventos por José I (el prior de Ujué es investido por la Junta Central de plenos poderes para dirigir el alzamiento en Navarra) (Miranda Rubio, 1977), decreto de José I suprimiendo las aduanas vascas en el Ebro (Prontuario, 1810), constitución de los Gobiernos militares de Vizcaya, Navarra, Aragón y Cataluña el 8 de febrero de 1810, consolidación de la resistencia española y convocatoria a Cortes en Sevilla (luego Cádiz).

Es en estos meses cuando se organiza en Navarra una verdadera guerrilla (y no el bandolerismo endémico anterior) mientras "la casa del sacerdote era hospital y refugio de rezagados, así como depósito de armas y cuartel general de voluntarios" (Miranda Rubio, 1977). Mina el Joven, Cholín, Juanito el de la Rotxapea, Tachuelas, Burutxuri, El Cuevilla, el párroco de Valcarlos, el abogadillo de Logroño, Cruchaga entre otros, y, finalmente, el célebre Espoz y Mina, futuro comandante de la División de Navarra, hostigan a los franceses contagiados del espíritu de Zaragoza y con los ojos puestos en la Junta Central Suprema de resistencia española.

Elecciones del 21 de setiembre de 1810 a Cortes españolas. Diputado suplente, elegido por la colonia navarra en la Isla de León: Francisco de Paula Escudero.

Elecciones a Cortes españolas del 25 de setiembre de 1813. Tres diputados a elegir: uno por cada 70.000 habitantes. Elección efectuada en Estella, capital provisional del Reino.

Diputado 1.°
Veremundo Arias (obispo de Pamplona)7 votos
Obispo de Tudela2 votos
Diputado 2.°:
Juan Carlos Areizaga (Tte. Gral. de los Ejércitos)4 votos
Alexandro Dolarea3 votos
Sebastián de Torner2 votos
Diputado 3.°:
Alexandro Dolarea7 votos
Sebastián de Torner2 votos
Suplente:
Josef Manuel Lombardo (presbítero de Los Arcos)
6 votos

No fueron aprobados los poderes de Areizaga. Hubo gran oposición a los del obispo de Pamplona. El 9 de setiembre de 1813 habían resuelto las Cortes, en Cádiz, nombrar diputado suplente, hasta la llegada de los titulares, a D. Francisco de Paula Escudero. Ref Actas electorales y documentos complementarios. Arch. Cortes Españolas.

Bloquean Pamplona (finales de 1811) y posibilitan la recuperación por parte española de Estella en la que el 31 de julio es proclamada la Constitución de Cádiz (que ignora el Fuero de Navarra). La fase final de la guerra de la independencia española transcurre en tierra éuskara y es la única en la que el país va a conocer los efectos devastadores de la misma. Empujados hacia el norte, los efectivos franceses se repliegan hacia Navarra que limpian de guerrilleros en la primavera de 1813. Clausel abandona Pamplona con la mayor parte de sus fuerzas marchando hacia la llanada alavesa. Queda en la capital navarra el general Cassan con varios miles de soldados bien pertrechados y abastecidos. El 21 se libra la batalla de Vitoria. El derrotado José I entra en Pamplona el 23 transpasando el 27 la frontera.

Pamplona va a permanecer cercada durante 4 meses y "la masa del vecindario prefiere permanecer en su hogares a emprender el éxodo" (Campo, 1981: 202). Mientras tanto y, a punta de bayoneta, la Constitución de Cádiz va siendo implantada. Se crea, en sustitución de la Diputación, la Junta de Subsistencia para el Reino de Navarra (agosto 21) y van siendo elegidos diputados para enviar a Cádiz (Laborie, 1968). El 26 de setiembre se elige una Diputación provincial presidida por el jefe político Miguel Escudero, ex afrancesado. Todo parece indicar que la victoria de la resistencia española sienta las bases para la creación no sólo de un nuevo Estado sino incluso de una Nación a la francesa (con su correspondiente nacionalismo) dentro de los patrones jacobinos.

Pero la derrota y emigración de los afrancesados no implica forzosamente una unanimidad entre los vencedores; los había, y muchos, contrarios a lo legislado en Cádiz que no tarda en levantar su voz y tomar la iniciativa. Entre éstos y aprovechando la desintegración del grupo de navarros que puso sus esperanzas en los planes de Napoleón I, los partidarios de volver al estado anterior de cosas. Como consecuencia, Navarra queda dividida en dos campos ideológicos: liberales (unitarios o federales, como Mina) y absolutistas. Además, los gravámenes impuestos por las necesidades bélicas de los ocupantes, las de los guerrilleros y las del ejército aliado, han empobrecido a la mayor parte de la población dando comienzo en estos años la venta de propios y comunales (Esquíroz, 1977-95) que arruinaría, a lo largo del siglo XIX, a muchas poblaciones navarras.

Juramento de Fernando III de Navarra y VII de Castilla (1817). Se efectuó en el primer período de su reinado, durante las Cortes de Pamplona, el 8 de julio de 1817. Lo representó el Conde de Ezpeleta de Beire.