Concept

Los derechos de la infancia en Euskal Herria

La citada ley 3/2005, de 18 de febrero, es el marco actualmente en vigor, aunque con modificaciones. Se concibe como una ley integral que: regula una diversidad de competencias en el ámbito de los servicios sociales; desarrolla las competencias recibidas; legisla sobre el ejercicio efectivo de los derechos de la infancia y establece los principios que deben observar las administraciones públicas (Gobierno Vasco, Diputaciones y Ayuntamientos) para ejercer sus competencias.

La ley tiene ocho títulos:

  1. Disposiciones generales
  2. De los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes y de su ejercicio
  3. De la protección a los Niños, Niñas y Adolescentes
  4. Atención socioeducativa a personas infractoras menores de edad
  5. Organización institucional
  6. Competencias
  7. Promoción de la iniciativa social
  8. Infracciones y sanciones administrativas.

Por lo que respecta al primer título es de destacar que se adopta el principio de interés superior del niño, la participación y la colaboración interinstitucional. El título Segundo está basado en un conjunto de derechos reconocidos por la Convención sobre los Derechos del Niño y que se refieren a los derechos básicos (intimidad, identidad, información, libertad, participación, etc.), derecho a la salud, a la educación, a la cultura, al ocio, al medio ambiente y a la integración social. Es de destacar que se reconoce el derecho a la filiación de origen. El título tercero establece el marco de intervención en situaciones de riesgo o de desamparo. Se incide en las medidas que implican una separación del medio familiar (acogimiento residencial, acogimiento familiar y adopción), señalando los procedimientos a seguir. Como principios de actuación administrativa en situaciones de riesgo y desamparo se destaca: garantizar un medio idóneo para su desarrollo integral; idoneidad de un equipo profesional y programas de formación para atender las necesidades de la infancia.

En el título cuarto se establecen los principios de actuación y medidas de jueces de menores. En el título quinto se desarrolla la organización institucional, se crea la figura de la defensoría y el observatorio de la infancia y adolescencia. Estos puntos han desaparecido con la ley 3/2009, que modifica la de 2005. El título sexto recoge las actuaciones a que hubiera lugar en aplicación de esta ley a cargo del Gobierno Vasco, las Diputaciones Forales y los Ayuntamientos. El título séptimo, regula la relación de la administración pública con las entidades de iniciativa social, entidades colaboradoras de integración familiar, adopción internacional y atención socioeducativa a personas infractoras menores de edad. Finalmente, el título octavo se refiere a las infracciones y sanciones. De esta ley se derivan una serie de obligaciones relacionadas con el nombramiento y la creación de las instituciones previstas.

Por lo tanto, en el marco legal se regula una diversidad de competencias en el ámbito de los servicios sociales, desarrolla las competencias recibidas y legisla sobre el ejercicio efectivo de los derechos de la infancia, estableciendo los principios que deben observar las administraciones públicas (Gobierno Vasco, Diputaciones y Ayuntamientos) para ejercer sus competencias. En este sentido, debe tenerse en cuenta las distintas disposiciones normativas de los Servicios Sociales de los diferentes territorios y planes locales. Por otra parte, en este ámbito de la protección hay que considerar las funciones que corresponden al Ararteko.

En la presentación del informe del Estado español ante el Comité de los Derechos del Niño, en 2010, se puede apreciar una evaluación de la situación de la infancia, a través de las recomendaciones del Comité. Con referencia al País Vasco se señala: la escasa la difusión de la Convención; la presencia de los principios generales de la Convención en la legislación autonómica; la imposibilidad de comparar sus datos con el resto de las autonomías y se felicita por las actividades desarrolladas por el Ararteko en la defensa de los derechos de la infancia, a través de múltiples actividades.