Kontzeptua

Nombre

La antroponimia vasca ha experimentado, dentro de lo que cabe sernos conocido, una importante serie de variaciones desde la antigüedad hasta nuestros días. En rasgos generales puede decirse que de la predominantemente nativa (euskerica o relacionada con el euskara) que aparece en las inscripciones aquitanas y en la vertiente sur de los Pirineos en la Epoca Romana, se pasa, conforme avanza la cristianización a una antroponimia mixta, en la baja Edad Media y a una alienígena en la Edad Moderna y Contemporánea, paliada sólo a comienzos de este siglo por obra del nacionalismo vasco.

  • Nombres antiguos y medievales.

El estudio de los nombres antiguos vascos fue realizado por Koldo Mitxelena y, posteriormente, por J. Gorrochategui en 1984 bajo la dirección del primero. El carácter mixto pero con abundancia de nombres nativos, propio de la Edad Media vasca, puede ser observado en el siguiente elenco que abarca citas documentales del siglo IX al XIII:

  1. Abaiza, Affostar (903); Ahardia; Ahostar (911); Alabaro (873); Alaquide (siglo X); Amate (937); Ame (1034); Amusco, Analso (911); Anderejo, Anderezu (siglo X); Anderkina (1066); Andregoto (siglo X); Andronaka, Annaso (903); Araspio (929); Argilo (964); Armentari (955); Arroncio (1034); Arrasabia (1072); Arsias (siglo XII); Arzeiz (1068); Assona (siglo IX); Assuri (919); Atilo (851); Aurevita (siglo X); Auria (siglo XII); Azeari (824)
  2. Basilio (919); Begi-ederra (1080); Begi-txipia (1284); Beila (873); Belaga (siglo X); Belasquita (siglo X); Belastar (937); Belasko (1050); Belatze (1167); Belaza, Bellu (1072); Beraza, Bernardi, Bibas (947); Bitaco, Blasquiz (1050); Blasco (1050); Blasio (971)
  3. Ceiani (siglo X); Centolle (siglo X)
  4. Dadilano (851); Didaco, (947); Diego (952); Domingo, Dulquiti (937)
  5. Eilon (siglo IX); Eita (932); Eiza (931); Endregoto, Emiliani, Enneco (824); Erazu, Eriz (1027); Eximinu (1062)
  6. Fortun (siglo XI); Fortunio (1052)
  7. Gaisto (1125); Galin (1080); Galuarra, Garsoa (1024); Garseane, García (1062); Gasindo (1014); Gendul (1004); Gideri (1053); Gonzalue (siglo XIII); Goto (1068); Gutier (947); Gutisculu (948)
  8. Hanne (947); Haoztar (956); Harze (1068); Herramel (siglo X); Hobeco; Hoco; Higuscco
  9. Iaunso (956); Ionti(947); Irioz (931); Izani (950)
  10. Jhannes, Jimeno (Ximeno) (851)
  11. Kara (950)
  12. Laín (873), Lanquelle (siglo X); Laquidini (952); Liciani (873); Lifuare (937); Lope (956); Lupa (siglo X); Lupi (siglo VIII)
  13. Manxo (980); Maria (1210); Marina (964); Martin (1193); Martino (1210); Maurellu (947); Meteri, Monnio (952); Momi (883); Munio (siglo X); Munnizu (1034); Munuzu (siglo X); Musca (952)
  14. Nariate (883); Nequeti (956); Nuno (1053); Nunuto; Nunuso (1011)
  15. Obeco (1011); Ochanda; Ochoa, Ochoco, Odoario (851); Ona (siglo IX); Onneca (siglo X); Opilano (829); Oria (siglo X); Orbita (siglo X); Oriol (947); Oroivo; Orti (1072); Otsoa (Otsoco), Oxarra (1116); Ozaba, Ozanna, Ozoa (950)
  16. Paterno (950); Pero (siglo XIII); Placenti (siglo X)
  17. Quisilo (siglo XIII)
  18. Remir (siglo XIII)
  19. Salduna (siglo XII); Samurco (1072); Sancio (1062); Samacino (950); Sceme (964); Semeno; Severo (956); Seibelze (1167); Siguinu(815); Sihiminu (915); Stepharu (937)
  20. Tarasia; Tellu (siglo X); Toda (siglo X); Tota (siglo X)
  21. Uelasco (1011); Ugeniu (950); Ulaquide (937); Unuso (1070); Urdina;Urrana (952); Urraca (1011); Usoa (952)
  22. Vectre (952); Velasco (siglo IX); Vermudu, Vicenci (955); Vigila (947); Vitaco (952)
  23. Xemen (824)
  24. Zecudin (1098)

En ocasiones algunos de estos nombres aparecen con un sobrenombre euskérico como Domingo Arzaia, Lope Gutia, Lope Ezexerra, María Ederra, Manxo Izurra, Orti Baxio, Orti Zauria. Algunos nombres son netamente euskéricos como Affostar (natural de Affos), Ame (madre), Anderezu (señorita), Andregoto (señora Goto), Apalla (humilde), Arzeiz (hijo del oso), Beila (cuervo), Beltza (el Negro), Beraza (el Suave), Eita (padre), Gaisto (malo), Hobe (el mejor), Harze (oso), Launso (señorito), Monnio (cerro), Nequeti (fatigado), Ochanda (la loba), Ona (la buena), Oria (la amarilla), Ozoa (el lobo, otsoa), Salduna (caballero), Samurco (tiernecito), Seibelze (buitre negro), Velasco (cuervito).

Ya desde los siglos X y XI los documentos nos dan a conocer los nombres completos de las personas siglos antes de que tomara forma nuestro sistema actual de nombre y apellidos paterno y/o materno. Parecer ser que, con anterioridad a esos siglos, se estilaban solamente el nombre personal y el patronímico correspondiente. También vemos algunos que constan de un nombre personal y un topónimo o lugar de procedencia en locativo. Los ejemplos que siguen son del año 1053 y de tierra vizcaína:

García EtayucoMaría ZubicoPeru Iturrietaco
1.........31.........31.........3

La estructura es bipolar: nombre de santo (polo espiritual) y nombre de lugar (polo material). En este otro caso falta el polo material, pero se establece un punto intermedio filial, en nuestro caso, patronímico:

Pero OchandyzToda AcarizGarcía Carloyz
1.........21.........21.........2

Se trata en estos casos de hijo de Ochandi, de Acari o de Carlos. La forma estructural final y total parece enseguida y simultáneamente a las formas anteriores:

Pero Arceyz de VidaurreGonçaluo Garceiz de Odiaga
1..........2..........31..........2..............3

En ocasiones no basta la denominación del nombre personal, patronímico y toponímico, sino que antecede a todo un tratamiento social cuyo significado jerárquico puede deducirse del tipo de tratamiento mismo. Se emplean laun o Jaun "Señor", y Andre, "Señora"; Aitona "Abuelo" y Amona, "Abuela", Aita "Padre" y Ama, "Madre"; launso, "Señorito" y Andereño, "Señorita". Estos tratamientos se dan en todo el Reino de Pamplona desde la provincia oriental aragonesa (Andre Goto Galíndez) a las tierras de Bureba en el extremo occidental vasco.

  • Sobrenombres.

Son abundantes y se confunden, a veces, con el nombre de las personas. Podemos citar como ejemplos Beltza, "El Negro"; Zuria, "El Blanco"; Azeari, "El Zorro"; Motze, "El Rapado"; Begichipia, "Ojo pequeño, Ojitos"; Begi-ederra, "Ojo Hermoso"; Arzaia, "El Pastor" (Domingo Arzaya); Fortunio Ochoa, "Fortunio El Lobo"; Mari Ederra, "Mari Hermosa"; Lope Guti, "Lope Poco"; Martino Chipia, "Martino El Pequeño"; Ochoco, "Lobezno"; Manxo Izurra, "Manxo El Rizado"; Ochandi, Ochanda, "Loba Grande"; Salduna, "Caballero"; Seibelze, "Buitre Negro"; Domenca Beguiurdina, "Dominga Ojo Azul"; García Ezquerra, "García El Zurdo"; Domingo Latça, "Domingo El Aspero"; Pedro Sendoa, "Pedro el Robusto"; Sancho Leuna, "Sancho El Suave"; Gaisto, "Mal"; Obego, "El Mejor"; Samurco, "Tiernecito"; Oria, "La Amarilla"; Nequeti, "Fatigado"; Motzo "Rapado"; domna Issusi "doña Feal"; Uicinaya, "Vividor, Activo". Muchos de estos sobrenombres pasan a ser nombres o a hacer, con el tiempo, las veces de verdaderos apellidos.

BEL

El mundo cristiano ha usado como nombres personales aquéllos de los santos y santas cualquiera que fuera su procedencia. El repertorio de santos, el santoral, es universal, tanto por la patria de origen de cada santo como de su lengua respectiva. Los nombres usados en la edad moderna y contemporánea proceden del hebreo como Jesús, José, Isabel, Joaquín; del griego como Atanasio, Eleuterio, Teodoro; del latín, como Antonio, Augusto, Pedro; del alemán, como Alberto, Bernardo, Federico; del inglés, como Alfredo; del noruego como Magnus, etc. Entre tantas naciones importantes figura también la pequeña Euskalerria con Javier, uno sólo, pero muy difundido por el mundo. La filosofía del santoral cristiano, como repertorio de nombres, es el de la universalidad. Eso sí; cada idioma nacional los adaptaba a su fonética como Pedro en español y Pierre en francés. Del mismo modo, los nombres extranjeros fueron euskerizados, como puede constatarse en el Sainduen bizitzea (1890 y 1900) de Joannategui, aunque su uso estuvo restringido estrictamente a niveles populares ya que tanto en las parroquias como luego en los registros civiles se impuso la obligatoriedad de inscribir los nombres en la única lengua reconocida por el Estado. La estrecha colaboración entre el poder civil y el eclesiástico dio como resultado una política centralista-castellanista conjunta por parte de ambos elementos, en especial tras la Restauración de Alfonso XII en 1874. La prerrogativa regia del nombramiento de Obispos españoles, facultad compensada por múltiples privilegios para el magisterio y las instituciones católicas, tuvo la virtud de colocar en las diócesis de personalidad diferenciada -Vasconia, Cataluña, etc.- a prelados celosos de seguir las directivas gubernamentales, sobrepasándolas en casos. De esta forma, la castellanización llegó a alcanzar el 100 %, resultando inimaginable la imposición de nombres que no estuvieran en el santoral castellano.

  • Primera fase.

Se inició primero por parte de las corrientes laicistas tras las que no tardaron en llegar las nacionalistas. En 1897 Sabino de Arana Goiri publicó un santoral vasco de nombres euskerizados sistemáticamente con el título Egutegi izkattarra. Se dan en masculino y femenino, con mayor o menor acierto y sin seguir criterios científicos, pero es verdad que un buen número de nombres personales fueron rápidamente adoptados y usados a pesar de su rareza u originalidad: Iñaki, Iñake (Ignacio, Ignacia); Joseba, Josebe (José, Josefa); Josu, Josune (Jesús, Jesusa); Jon, Jone (Juan, Juana). Se difundieron hasta nombres tan disonantes para el oído español como Koldobika (Luis) y Kepa (Pedro). Unos años después Koldo Eleizalde volvía a publicarlos (1910) con algunos retoques bajo el título de Deun-ixendegi euskotará. El intento de imponer estos nombres tanto en las parroquias como en los registros civiles tropezó con la negativa de la Iglesia y del Estado, si bien es cierto que algunos pocos párrocos, tocados ya por la fiebre nacionalista, trasgredieron las órdenes recibidas. En 1910 estos hechos llegaron a conocimiento del Obispo de Vitoria, Cadena y Eleta, cuyas relaciones con el incipiente nacionalismo vasco, eran ya tensas e inamistosas. El 8 de febrero la prensa publicaba un duro documento en el que el obispo ponía en claro la postura oficial de la Iglesia española. Dicen algunos de sus párrafos:

"Mientras simples individuos del partido bizkaitarra nos han tratado con desconsideración y faltándonos al debido respeto, hemos podido callar; pero cuando estos hechos no han sido de individuos aislados, sino que ese llamado Consejo Supremo del Partido es quien nos injuria y falta al respeto, sufrir sería cobardía y callar, necia fatuidad. Decimos esto, porque ese Consejo Supremo, tomando por pretexto la negativa de bautizar en vascuence y faltando a las reglas de la cortesía y de la delicadeza y a los fueros de la verdad, nos ha dirigido en el periódico Bizkaitarra del 22 de enero una exposición, cuyo original no hemos recibido, en la que con amenazas encubiertas y frases injuriosas para el Obispo, se pide que declaremos lo que no podríamos hacer sin claudicar de nuestra autoridad. La Iglesia tiene una lengua oficial que es la latina, y ésta y no otra es la que emplea en su liturgia documental. Además, para la redacción de sus documentos, la Iglesia española tiene para sus archivos como lengua oficial la castellana y en la diócesis de Vitoria, que es parte integrante de España, por costumbre inmemorial y por expreso mandato de sus sinodales vigentes, todos los documentos que figuren en sus archivos parroquiales han de estar redactados en castellano. Por esta razón, a toda innovación que se quiera introducir hemos contestado siempre como contestamos ahora con estas palabras: Nihil innovetur. Nada ni nadie nos hará cambiar esta conducta, interin no se reforme la legislación católica".

El prelado rechazaba las injurias calumniosas y hacía un especial llamamiento a los pocos sacerdotes adictos a los bizkaitarras a que se arrepintieran y no le obligaran a expedir penas canónicas. El nacionalismo no cedió; más aún inició una campaña católica tendente a desbordar al Obispo por la derecha, tal como lo relata Engracio de Aranzadi en la parte final de su Ereintza. No sólo eso sino que recurrió a Roma obteniendo que la Congregación de Ritos evacuara su consulta disponiendo que los párrocos exhortaran a los padres del bautizado a que se admitiera el Sacramento en latín y de no atenderlas, los párrocos bautizaran pronunciando el nombre del bautizado en vascuence y luego en latín. Al extender la partida de bautismo, el nombre se pondría en castellano y luego en vascuence. La resolución abrió una nueva guerra de nombres ya que el clero, que en palabras de Arantzadi, era en su inmensa mayoría españolista, siguió en gran parte admitiendo sólo el latín y el castellano. Así la que enzarzó a Azkue con Luis Eleizalde en 1922 y a los miembros de Euskalerriaren Alde, por una parte, y a los nacionalistas, por otra (Echegaray, 1987). También originó una escisión laicista en el nacionalismo de elementos como Francisco de Ulacia, Segundo Ispizua o Pedro de Sarasqueta poco dispuestos a seguir tolerando ser tratados como católicos de segunda clase (Elorza, 1978: 348-353).

Por lo demás, en lo tocante a los registros civiles, poco varió la cuestión durante el período monárquico. Durante el reinado de Alfonso XIII y a impulsos de las transformaciones acaecidas en Europa a raíz de su modernización, una RO del 9 de mayo de 1919 abrió la posibilidad de recurrir para la imposición de nombres a los calendarios de cualquier religión pudiendo, además, adoptarse los nombres de personas que hubieran vivido en épocas remotas y/o gozaran de notoria celebridad. Al calor de esta apertura y, sobre todo, de la Orden del Ministerio de Justicia del 14 de mayo de 1932, los nombres vascos o vasquizados fueron siendo admitidos tanto en registros parroquiales como civiles desbordando el Izendegi sabiniano con apelaciones tales como Aberri, Pizkunde o Libertad. No hace falta observar que tal desbordamiento tuvo lugar tras la Dictadura de Primo de Rivera e instalación de la II República.

  • segunda fase.

La guerra y el triunfo del general Franco trajeron aparejadas la prohibición de hablar en público el euskara y de dar nombres euskéricos a las criaturas. Una Orden del 18-V-1938 lo consignaba así:

"Debe señalarse también como origen de anomalías registrales la morbosa exacerbación de algunas provincias del sentimiento regionalista, que llevó a determinados registros buen número de nombres, que no solamente están expresados en idioma distinto al oficial castellano, sino que entrañan una significación contraria a la unidad de la patria. Tal ocurre en las Vascongadas, por ejemplo, con los nombres de Iñaki, Kepa, Koldobika y otros que denuncian indiscutible significación separatista"...

"En su virtud, dispongo: Art. 1.° ...En todo caso, tratandose de españoles, los nombres deberán consignarse en castellano."

Todo lo conseguido se desmoronaba, con efecto, además, retroactivo, borrándose incluso los nombres vascos de los cementerios. Una nueva oleada de nombres castellanos inundó los registros durante 20 años. El 8 de junio de 1957 se promulgó una nueva Ley de Registro Civil admitiendo algunos nombres vascos pero desechando aquéllos que tuvieran traducción al castellano. Nombres históricos de rancio abolengo como Eneko fueron eliminados al existir traducciones como Iñigo o Ignacio. Sin embargo, esta ley abría un cauce para nombres de fantasía, literarios y advocaciones no utilizados hasta entonces. Las advocaciones dedicadas a la Virgen propiciaron la utilización de muchos nombres femeninos, cosa que apenas ocurrió con los masculinos. Los nombres de ermitas fueron admitidos siempre que fueran precedidos del castellano María y siempre que el peticionario exhibiera algún impreso en el que tal advocación apareciera. Sin embargo, de hecho, subsistieron los interdictos, las interpretaciones aleatorias de la ley, e incluso, los caprichos de jueces y autoridades que llegaron a autorizar nombres como Soraya denegando el registro de nombres autóctonos.

Durante los años 70 la presión popular sobre los registros civiles se vio reforzada con la aparición del Nomenclator onomástico vasco (1972, la Vasconia, Pamplona) elaborado por J. M. Satrústegui bajo el patrocinio oficioso de Euskaltzaindia que, por aquel entonces, comenzaba a gozar de cierta tolerancia en los medios oficiales. Bastantes nombres comenzaron a ser admitidos al aparecer en letras de molde y tras haber sido acreditados con un certificado de Euskaltzaindia. A partir de estas fechas la antroponimia vasca comienza a transformarse mediante la introducción de nombres medievales -Oier,Gartxot, Tibalt, Oneka, etc.- que traspasaban el filtro oficial a tenor de la buena o mala voluntad de los funcionarios de los juzgados vascos. El caso del nombre Eneko puede leerse en la voz correspondiente de esta Enciclopedia. Otros casos curiosos son relatados por Juan San Martín (1981). Incluso llegó a registrarse en 1974 el nombre Allende, dedicado al asesinado presidente chileno, mediante una certificación de Euskaltzaindia que demostraba su oriundez vasca...!

Durante el cambio de régimen acaecido entre 1976-1977 se autorizó la utilización del santoral cristiano y los nombres bíblicos traducidos. El cambio fundamental llegaría cuando la aprobación en las Cortes de la Ley 17/1977 sobre reforma del artículo 54 del Registro Civil, del día 4 de enero, autoriza la utilización de los nombres "regionales" excluidos por la legislación anterior. La medida responde al acuerdo adoptado con anterioridad por el consejo de Ministros presidido por el Rey en Barcelona el día 20 de febrero de 1976. El texto publicado en el B. O. del Estado, del 8 de enero de 1977, dice lo siguiente:

"El artículo cincuenta y cuatro de la Ley del Registro Civil estableció la necesidad de que los nombres propios de españoles se consignaran en castellano. Esta regla pugna con el hondo sentir popular de los naturales de distintas regiones españolas, que se ven privados de la posibilidad de que los nombres propios en su lengua vernácula sirvan, dentro y fuera de la familia, como signo oficial de identificación de la persona. La presente Ley tiene la finalidad de corregir esta situación, atendiendo, de un lado al hecho cierto de que la libertad en la imposición de nombres no debe tener, en principio, otros límites que los exigidos por el respeto a la dignidad de la propia persona y pro curando, de otro lado, amparar y fomentar el uso de las diversas lenguas españolas, ya que todas ellas forman parte del fondo autóctono popular de nuestra nación. En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes españolas, vengo a sancionar. Artículo primero.-El párrafo primero del artículo cincuenta y cuatro de la vigente Ley del Registro Civil de ocho de junio de mil novecientos cincuenta y siete, quedará redactado en la siguiente forma. En la inscripción se expresará el nombre que se dé al nacido. Tratándose de españoles los nombres deberán consignarse en alguna de las lenguas españolas. Artículo segundo. A petición del interesado o de su representante legal, el encargado del Registro sustituirá el nombre propio, impuesto con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, por su equivalencia onomástica en cualquiera de las lenguas españolas. La sustitución será gratuita para los interesados."

Pese a las iniciales resistencias de algunos funcionarios, poco a poco la situación se fue normalizando hasta llegarse a la plena libertad de registro de nombres existente hoy en día.

  • ARANZADI, E. Ereintza. Zarauz, 1935, p. 268.
  • DIAZ-PLAJA, F. La Guerra de España en sus documentos (B.O. de 21 de mayo de 1938). Barcelona, 1970, pp. 420-421.
  • ECHEGARAY, C. de. Cartas a D. Serapio Múgica (1899-1925). Vitoria, 1987, pp. 391-395, 398-399.
  • ELORZA, A. Ideologías del Nacionalismo Vasco. 1978 San Sebastián, 1978, p. 348.
  • G. CORELLA, L. Historia de Vizcaya a través de la prensa. t. V (1907-1918) Historia General del Señorío de Vizcaya, t, XIII, Bilbao, 1979, pp. 207, 222.
  • GOROSTIAGA, J. Historia de la Anteiglesia de Guecho. Bilbao, 1953, pp. 46-48.
  • GORROCHATEGUI CHURRUCA, J. Estudio sobre la onomástica indígena de Aquitania. Bilbao, 1984, pp. 42-47.
  • JIMENO JURIO, J. M. Nombres vascongados y romanceados de pueblos navarros. Fontes Linguae Vasconum, 1986, n.° 47, pp. 171-182.
  • SAN MARTÍN, J. Bidez. San Sebastián, 1980, pp. 452-457.

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