Musikariak

Echaide Muguerza, Agustín Cayetano

Dado que Miguel de Balzola había fallecido en abril de 1823, en agosto del mismo año el Consistorio irunés decidió sacar a oposición la plaza de organista de la Iglesia de Santa María del Juncal, publicando los preceptivos edictos en la provincia y zonas limítrofes -como, por otra parte, era habitual en la época-, no sin advertir a los candidatos que debían haber observado una conducta política "irreprensible", demostrable mediante la oportuna documentación, entendiendo por tal conducta la no adscripción a los ideales liberales y constitucionalistas (Archivo Municipal de Irún: Acta de 7-8-1823, vol. 68, fol. 457v-458r). Tres días después el Consistorio vuelve a tratar la cuestión de las oposiciones a la organistía decidiendo, entre otros aspectos, la elección de un maestro examinador. Se decide finalmente promulgar edictos y de nuevo vuelve a insistirse en la necesidad de no haber participado en los disturbios políticos que por entonces acaecieron en España con motivo de la derogación del sistema constitucional y el comienzo consiguiente de la denominada "Década ominosa" durante el reinado de Fernando VII.

El 10 de octubre de 1823 el Ayuntamiento decreta que el Cabildo de Santa María del Juncal se hará cargo de la tercera parte de los gastos que ocasionen las oposiciones a la organistía de la citada iglesia, siendo ésta la costumbre practicada desde tiempo atrás. El Cabildo respondió en sentido positivo a la solicitud del Consistorio de Irún para sufragar la tercera parte de los gastos. Un informe incompleto (no indica el día de la convocatoria ni el sueldo exacto de la plaza) y no incluido en las actas municipales, esclarece algunos aspectos de la convocatoria y los derechos que llevaba anexa la plaza: así por ejemplo se aclara que el salario, equivalente al de un beneficiado de la iglesia, incluye los gastos derivados de la vivienda o de la asistencia médica para toda la familia del organista. Además se exige a los candidatos el dominio del canto gregoriano ("cantollano") y de la técnica compositiva; de nuevo se alude a la fidelidad política al sistema absolutista que el nuevo organista elegido debe demostrar (Documentación referente al nombramiento y servicios de organista. Archivo Municipal de Irún: Sección E, Negociado 4, Serie II, Libro nº 4, Expediente nº 3. Asunto: Relaciones con las autoridades eclesiásticas. 1773-1853).