Monarchy and Nobility

Juana I de Navarra y de Francia (1986 version)

Navarra por sus Fueros. En 1289, las juntas y confederaciones seguían en Navarra; nótase que ya habían entrado en ellas varios caballeros y que otros se separaban de la unión, como lo hicieron Sancho Aznárez de Murguía, Sancho Sánchez de Leoz, Semen Périz de Ilúrdoz y Pedro Périz Duarriz, jurando que nunca volverían a hacer otro juramento sin licencia del rey o del gobernador. Navarra -comenta Lacarra- entra en un verdadero período constituyente. En 1294 los concejos de Pamplona, Estella, Tudela, Sangüesa y otros pueblos granados, dirigían sus quejas a la reina contra el gobernador del reino, porque quebrantaba sus libertades y privilegios en cuanto a que, cuando algún extraño ponía pleito contra un navarro, no debía éste ser molestado en su cuerpo ni bienes, dando capción de estar a derecho ante el alcalde y juez competente, excepto los traidores, ladrones manifiestos y los encartados publicados según uso y costumbre por los mercados; y que dicho gobernador no quería recibir las fianzas o capción, sino que los compelía a su arbitrio y arrestaba sus personas y que además, no conociéndose en Navarra el medio de inquisición o pesquisa alguna, las practicaba el gobernador contra sus libertades, fueros y privilegios. En 1297 se confederaron los infanzones de Obanos y pueblos para sostener sus derechos y privilegios contra las fuerzas y demasías de los poderosos. En 1298 se celebró otra junta o Cortes con asistencia del clero en que ratificaron los mismos conatos.