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MILICIA (SEÑORÍO DE VIZCAYA)

Esfuerzo bélico del siglo XVII y XVIII. Durante el siglo XVII el Señorío de Vizcaya hizo esfuerzos enormes para servir á su señor con toda clase de recursos, á saber:

  Ducados
Para invadir la Francia el año 1636 80.000
En 1638 dio mil soldados y además 50.000
En 1640 y 1641 dio seiscientos ciencuenta hombres de armas para la guerra de Cataluña y 30.000
Para la misma guerra en 1642, doscientos infantes y 22.000
En 1634 y 1644, cuatrocientos infantes contra Cataluña y 16.000
En 1645, doscientos infantes para la guarnición de San Sebastián y 8.000
En 1646 y los diez siguientes, mil novecientos diez infantes para la guerra de Cataluña y 84.000
Para resistir a la escuadra francesa que por entonces vino contra las costas de Cantabria dio 250.000
En 1682 alistó mil quinientos infantes para la guerra con Francia y dio además 18.000

Durante el siglo XVIII siempre estuvo contribuyendo Vizcaya con hombres y dinero contra los ejércitos y escuadras inglesas; siendo tales sus esfuerzos en la guerra de la república, que parece imposible pudiese sufragarlos así en hombres como en dinero, una provincia tan pequeña, pues pasaron de diez y seis mil hombres los que alistó ó pagó en esta ocasión". Esta ley foral se ha cumplido históricamente y los vizcaínos nunca han rehusado a sus deberes. Son centenares los casos que tenemos documentados. Bástenos a tal fin decir que el 21 de abril de 1562 el monarca Felipe II ordenó al Señorío que se preparase ante los temores de guerra con Francia. La Junta General contestó, el 28 del mismo mes, que estaban dispuestos a servir a S. M. con la gente de guerra, según como lo habían acostumbrado y hecho hasta entonces. Según lo expresado es foral que los vizcaínos acudan al llamamiento del Señor para servirle militarmente; es de uso y costumbre antiquísima fundada en la ley que el Señor no llame a los vizcaínos sino cuando medie utilidad pública del Señorío. Entonces puede llamar a todos y éstos acudir; mas en tanto en cuando no llegue el caso no puede llamar a ninguno y no debe acudir ninguno. Contrariando u olvidando esta ley foral el Gobierno central exigió mediante Real Decreto de 8 de febrero de 1827 que Vizcaya aportara un contingente de 259 hombres para la quinta del ejército. La Junta General aplicó el pase foral y suspendió el cumplimiento del Real Decreto por oponerse al capítulo o ley V del título I de los Fueros que disponía la exención militar, y a continuación recurrió al poder central. Por otro decreto de 21 de mayo de aquel año se estimó lo alegado por el Señorío al derogarse el anterior decreto de 8 de febrero, quedando de esta forma reivindicado el Señorío, manifiesta Artiñano seguido textualmente por Vicario, en la exención que le competía. La exención del Señorío milítar, ha dicho Vicario y De la Peña, "no era absoluta ni constituía un privilegio ni mucho menos, durante la época en que no se conocían los ejércitos permanentes; era una carga, y carga muy pesada, la que Vizcaya cumplía acudiendo á su propia costa al armamento para la defensa interior de su territorio y para ir allí donde el Señor la llamaba". Como el Fuero no regulaba toda la materia referente al servicio militar, tal como era la organización, pago de armamento, etc., las Juntas Generales tuvieron que subsanar esa laguna legal acordando múltiples decretos referentes a la administración militar. Todo lo concerniente al armamento era atribución de la Junta General guerniquesa en la que existía una comisión denominada de armamento que informaba de todos los negocios relativos a organización, distribución, subordinación y disciplina militar de los armados. Asimismo era la Junta la que acordaba llamar a los vizcaínos para empuñar las armas; fijaban la edad y condiciones de los armados; el tiempo que debían desempeñar el servicio militar; quiénes desempeñarían los cargos de capitanes y oficiales, etc... Por el suelo vizcaíno no podían transitar las tropas del ejército español sin permiso de la Diputación ni permanecer en Vizcaya sin el acuerdo de esta última. Los pueblos no tenían obligación de suministrar ración de pan a las partidas de tropas que morasen en el país, en cuanto tenían necesidad de prestar suministros a los transeúntes. Cuando las tropas españolas tenían que atravesar el Señorío la Junta designaba a un delegado para que fuese a recibirlas al punto de entrada, con el objeto de que en la travesía no sufrieran los pueblos extorsiones. Además los jefes del ejército tenían que obedecer al delegado en todo lo referente al itinerario en tierra vizcaína.