Lexique

ESCRIBANO (GIPUZKOA, BIZKAIA Y BAIONA)

Escribanos de Bayona.
El escribano forense. Ya en la Edad Media encontramos un escribano forense vinculado al tribunal del alcalde. Bajo el antiguo régimen su importancia creció y tomó entonces el nombre de secretario escribano, y más tarde el de secretario jefe. En ciertas ciudades este cargo era electivo, pero en Bayona eran nombrados por la Corporación municipal. Se había comprendido la necesidad que había de tener al lado de los magistrados frecuentemente renovados una especie de tradición viviente al corriente de todos los asuntos. Estas funciones se perpetúan durante cerca de un siglo en la familia de los Lesseps. Los archivos de Bayona son puestos bajo su vigilancia y se pone a una serie de servidores a sus órdenes. Los ingresos del escribano secretario eran superiores al del alcalde y al de los regidores, que no representaban más que una indemnización. Pues no solamente se le concedía una remuneración por el despacho sino que recibía gratificaciones con frecuencia.

El escribano ordinario. Durante la Edad Media el escribiente ordinario de la ciudad era el secretario del consejo y el archivero de las audiencias. El enviaba las numerosas misivas procedentes de una administración ya bastante complicada. De 1565 a 1600, el escribiente de la ciudad se ocupó, como sus antecesores, de instruir las causas y los procesos ante la corte del alcalde. Pero después de la ordenanza de Moulins de 1655, esta corte no conoció más que causas criminales, con gran desesperación del escribano y de los amanuenses, cuya mejor fuente de ingresos procedía del levantamiento de las causas civiles. Ref. Edouard Duceré: Dictionnaire historique de Bayonne, 2 vols, Bayonne, 1911-1915.