Udalak

Segura

Tradicionalmente se ha considerado como núcleo de población primitivo al entorno de la antigua ermita de San Andrés. Tras ser destruida por un incendio, Alfonso X de Castilla mandó en 1256 la fundación de una nueva villa en su actual emplazamiento, en un altozano propicio a la fortificación de la misma, como plaza fronteriza con el reino de Navarra.

Los peregrinos que hacían el recorrido del valle del Oria habían de pasar por esta población que los dejaba ante Zegama y luego el puerto de San Adrián.

Sancho IV de Castilla otorgó a Segura, en Burgos a 12 de mayo de 1290, el Fuero de Vitoria. En el mismo documento se consigna la pérdida de los privilegios concedidos por Alfonso X en incendio, siendo éste el primero registrado de los numerosos fuegos que habría de sufrir Segura a lo largo de su historia. Sancho IV, queriendo llevar a cabo lo dispuesto por su padre, expidió un privilegio en Vitoria a 18 de abril de 1290.

En su virtud concedió a los hijosdalgo que viniesen a poblar esta villa, así como también a sus solares, la exención de todo pecho, fonsadera, y de todo otro derecho debido al rey, según la tenían en los solares donde moraban antes. Con respecto a los labradores de condición libre, que fuesen a poblarla, manda que contribuyesen en ella en las cosas que él tuviese a bien; pero no lo hiciesen en otro lugar donde poseyesen algo. Dispone también que las ferrerías "masuqueras" que había en Legazpia en yermo, a quienes hacían robos los malos hombres, se trasladasen más cerca de Segura, y las poblasen para que estuviesen mejor provistas y más defendidas.

El privilegio de concesión de los fueros de Vitoria de 1290 fue confirmado por Enrique II (Toro, 15 de septiembre de 1371), Juan I (Burgos, 18 de agosto de 1379), Enrique III (Madrid, 15 de diciembre de 1393) y por Juan II (Valladolid, 17 de diciembre de 1428).

La carta-puebla fue confirmada por Fernando IV en Valladolid a 22 de junio de 1300, añadiendo otras exenciones, como se ve por la cláusula siguiente:

... E ahora en estas córtes que yo mandé hacer en Valladolid, el concejo de Segura enviaronme á pedir por merced que la mandase confirmar esta carta, é yo el sobredicho rey D. Fernando, con consejo de la reina Doña María mi madre y con otorgamiento del infante D. Enrique mio tio y tutor, é por les hacer bien é merced, confirmégela la que les valga en todo tiempo para siempre jamás: y mas que se me enviaron á querellar que la merced que el rey D. Sancho mio padre les hizo, segun dice la su carta que les yo confirmé que se aprovechasen é se sirviesen en todas las devisas que el rey mio padre había en esa tierra, é yo he ahora, ansi de montes, como de pastos, é de exidos, é de los caminos, é en las otras cosas que el devisa había con los hijosdalgo de Guipuzcoa, y ellos por esta razon que trujeron las sus masuqueras que estaban en Legazpia, é que poblaron de ellas mas acerca de la villa, segun el rey mio padre mandó en su tiempo que ninguno que non los demande, nin les embargue.

E ahora hijosdalgo algunos de la tierra que los embargan é los contrallan, por que dicen que ponen y están las ferrerías, en sus devisas por me hacer perder los mios derechos, y esto no tengo yo por bien, ca bien saben los fijosdalgo de Guipuzcoa que no partieron devisas ningunas con el rey mio padre en su tiempo, nin ahora ficieron conmigo. Por que mando firmemente que ninguno non les embargue nin los contralle por esta razon; é sino cualquiera que lo ficiere pecharmeia la pena que sobredicha es, é á los pobladores de Segura todo el daño que por ende recibieren doblado: é de esto les mandé dar esta carta sellada con mio sello de cera colgado."

Este instrumento obtuvo la confirmación de Alfonso XI, dada en Burgos a 5 de septiembre de 1315. Además, señala Gorosábel, de los privilegios contenidos en las precedentes cartas-pueblas y demás instrumentos, la villa de Segura tiene otros varios. Uno dado por el rey Fernando IV en Toledo a 12 de julio de 1312, para que los vecinos de ella no fuesen emplazados por los merinos de los adelantamientos para fuera del término de la misma villa; salvo cuando fuese necesario para cosa cierta del real servicio a que fuesen llamados todos los concejos de la provincia. Este privilegio fué confirmado por Alonso XI en Toledo a 20 de marzo de 1327, por Pedro I en Valladolid a 2 de abril de 1352, por Enrique II en las cortes de Toro a 15 de septiembre de 1371, por Juan I en Burgos a 7 de agosto de 1379, y por el mismo en Valladolid a 27 de marzo de 1384.

La villa de Segura fue en un tiempo cabeza de una extensa jurisdicción, civil y criminal. Las colaciones de Astigarreta, Zegama, Zerain, Gabiria, Gudugarreta, Idiazabal, Legazpia, Mutiloa y Ormaiztegi se unieron el año de 1384 a la vecindad de Segura; y por lo tanto pertenecieron a la jurisdicción de esta villa desde entonces. Para sus otorgamientos el concejo de Segura dió sus poderes en 15 de febrero del mismo año a Martín Miguelez y Juan de Lazcano, sus vecinos; que son los que intervinieron en ellas. Cuál fuese el motivo de la sumisión de tantos pueblos a la vez, lo da a entender claramente el contexto del instrumento de los poderes, que entre otras cosas dice:

"por razon que nos es fecho saber que algunos homes de algunas vecindades ó algunas vecindades de la dicha villa é de otras partes quieren entrar generalmente ó en especial ser nuestros vecinos, entendiendo que serán mejor defendidos, etc.".

Se ve por consiguiente que lo que trataron las citadas nueve aldeas fue de obtener un apoyo y la protección de una población importante, cual era entonces la villa de Segura, como cercada, torreada y situada en un punto defendible por naturaleza. Mientras subsistió la unión de ellas, las universidades de Zegama, Gudugarreta, Idiazabal, Mutiloa y Ormaiztegi tuvieron con el concejo de Segura algunas cuestiones, en especial sobre el pago de los repartimientos que se les hacían. Para arreglarlas, celebraron una escritura de concordia en 15 de marzo de 1404, conviniendo en los puntos principales siguientes:

1.° Que dichas aldeas pagasen los repartimientos que estaban echados ya.

2.° Que la villa de Segura pagase las costas del pleito que había pendiente con Juan de Urbizu; pero que dichos lugares tuviesen que contribuir a las demás cargas que correspondiesen a Segura.

3.° Que quedase a salvo a esta villa el cobro de lo que tenía que pagar por los mortueros que compró a Fernán Pérez de Ayala.

4.° Que dichas aldeas no estuviesen obligadas a pagar el salario del cirujano y sangrador de la villa de Segura, y que si alguna de aquéllas llegase a tener necesidad de tal facultativo, se aviniesen entre sí.

A consecuencia, indica Gorosábel, de haberse agregado Zumarraga y Ezkio a la vecindad de Villarreal al tiempo de su fundación en villa, se suscitó un pleito entre éste y Segura con respecto a la jurisdicción de los dos primeros lugares. Comprometido en jueces árbitros, pronunciaron éstos su sentencia definitiva; por lo cual se declaró que, no solamente Zumarraga y Ezkio, sino aun Villarreal (Urretxu), debían pertenecer a la vecindad de la villa de Segura. Tal determinación no fue contradicha por las partes; y por lo tanto mereció la aprobación del rey Enrique III, dada en Burgos a 15 julio de 1405.

Como consecuencia las expresadas tres poblaciones quedaron dependientes del concejo de Segura; formando con él un mismo distrito municipal, y sujetos sus vecinos y moradores al alcalde de esta villa en un todo. No obstante, Urretxu y Zumarraga celebraron después con Segura una escritura de concordia, pactando de conformidad la segregación de aquellas dos aldeas; cuyo concierto fue confirmado por Juan II en Valladolid el 26 de marzo de 1411. Con arreglo a la misma concordia, Ezkio debía continuar en la vecindad de Segura, y para su mayor firmeza otorgó escritura de sumision a ella en 8 de octubre del propio año.

Es tradición en la villa de Segura que el señor de la casa solar de Lazkao quiso apoderarse de ella por medio de la fuerza. El objeto de semejante tentativa parece que era el de obligarla al pago de los diezmos, a cuya percepción se consideraba con derecho, al paso que la villa de Segura no le quería reconocer. Se ignora el año y aun la época en que tuvo lugar semejante suceso, del cual no hacen mención los historiadores antiguos; pero, atendiendo a sus circunstancias y al estado social del país, se debe creer que se verificaría a principios del siglo XV. Parece, pues, que dicho señor y sus adheridos fueron divisados en su marcha desde la casa solar de Jauregui de Zerain, en la que había una atalaya; por lo que, colocados los seguranos en las casas del arrabal, se opusieron a su entrada en la villa.

En este encuentro el de Lazkao fue herido de una flecha, y quedó muerto en el acto; con cuyo contratiempo tomaron la vuelta, sin haber conseguido su intento. La villa de Segura en remuneración del aviso dado desde la casa de Jauregui de Zerain donó a su dueño la ermita llamada la Cruz de abajo, y a los habitantes de la casa de donde se tiró la flecha que hirió a Lazkao hizo libres y exentos del pago de los impuestos municipales. Se dispuso igualmente que, no obstante la costumbre de la villa de que los cadáveres de los que fallecen en las casas extramurales sean conducidos hasta las puertas de la población con acompañamiento de un solo clérigo, el cabildo eclesiástico fuese hasta la citada del arrabal a conducir los difuntos de la misma. En frente de ella en la pared pegante al antiguo camino de la villa se hallaba colocada una piedra circular con una cruz labrada, como señal sin duda del sitio en que fue herido el señor de Lazkao. Removida esta pared al tiempo de construirse el nuevo camino de coches, dicha piedra fue colocada en la fachada de la mencionada casa del arrabal, donde subsiste actualmente, dice Gorosábel (1840), como memoria del citado hecho.

El día 18 de octubre de 1422 ocurrió otro incendio casual tan terrible, que la destruyó enteramente; de manera que no se salvó más edificio que la iglesia parroquial. Las cercas, muros y torres de defensa del pueblo quedaron así arruinados en su mayor parte. El ayuntamiento tomó disposiciones para reparar estos daños, y señaladamente las mencionadas obras de fortificación; para cuyo pago consiguió el derecho del albalá del acero que se trabajase en la ferrería de la Raya de Alcibar. Dichas obras se ejecutaron desde el año de 1424 en adelante. Por el mismo motivo los reyes católicos hicieron a Segura la merced de la franqueza de las alcabalas, según resulta del privilegio librado en Valladolid a 12 de mayo de 1509.

Otro privilegio dió Enrique IV en Madrid a 14 de enero de 1467, para que no se le exigiesen los once mil maravedís de la moneda nueva que cada año le tocaba pagar por razón del pedido ordinario. Fúndase esta exención en los muchos servicios que Segura prestaba al rey, y en las muertes, gastos, robos y daños de haciendas que recibían sus habitantes en las guerras de Navarra, y por causa de los movimientos de Castilla, en que habían tenido mucha lealtad y voluntad con obra en su real servicio. Este privilegio fue confirmado por los Reyes Católicos en Córdoba a 18 de septiembre de 1482.

Enrique IV de Castilla, por Real Orden dada en Segovia el 26 de septiembre de 1472, dispuso un procedimiento rotatorio por el que se habían de realizar las Juntas Generales, indicando que, entre otras villas, éstas tuvieran también lugar en Segura, seguidas por las de Azpeitia.

Otro privilegio fue dado por los reyes católicos en Monzón a 15 de mayo de 1491, concediendo licencia para celebrar mercado franco los martes de cada semana por tiempo de veinte y cinco años, eximiendo a los que acudiesen a él del pago de la alcabala, diezmo viejo y demás derechos pertenecientes a la corona real. Las razones en que se fundaron para hacer esta concesión se expresan en el mismo privilegio:

"Acatando cómo la dicha villa se quemó é se abrasó por fuego, é por que es la más noble villa é de las mejores que nos habemos en la nuestra noble é leal provincia de Guipúzcoa. E otrosí acatando los muchos é buenos servicios que la dicha villa nos ha hecho en las guerras con Portugal é Francia, etc."

La extensa jurisdicción de la villa de Segura, compuesta de los nueve pueblos indicados, fue desmembrándose con el tiempo, cuando éstos fueron adquiriendo alguna mayor población e importancia. El primero que se separó fue Legazpia; lo cual se verificó el año de 1608 en virtud de real disposición, después de largos pleitos. Los demás se eximieron de ella en el de 1615 a consecuencia de haber obtenido las mercedes de títulos de villas de por sí, no sin haberse opuesto a ello fuertemente la de Segura; como lo hicieron Tolosa y Villafranca (Ordizia) respecto de las aldeas dependientes de sus jurisdicciones respectivas.

Las causas que para el efecto alegaron fueron las extorsiones que suponían haber sufrido de parte de los alcaldes y regidores de Segura; pero en realidad no había más que un deseo, natural en los cuerpos morales, así como sucede en las personas, de la independencia o no sujeción a las órdenes de otros. Para el efecto los pueblos tuvieron que pagar veinte y cinco ducados por cada vecino; conforme al asiento que hicieron con el gobierno del rey. Los pueblos segregados obtuvieron al mismo tiempo los privilegios de las escribanías de número; y las veinte y cuatro que en lo antiguo tenía la villa de Segura quedaron reducidas en 1723 a solas ocho, en 1748 a tres.

A principios de noviembre del año 1811, la división de guerrilleros de Francisco Espoz y Mina pasó por Segura, tratando de atraer a una columna francesa de cuatro mil hombres y trescientos jinetes, mientras que numerosos prisioneros franceses capturados en Aragón eran conducidos al puerto de Mutriku. De Segura los guerrilleros siguieron hacia Olazti, a donde les persiguió la columna francesa, que era mandada por el general Abbé. A principios de mayo de 1812, Francisco Espoz y Mina, al mando de los dos primeros batallones de su división de guerrilleros y de algunas fuerzas de caballería vino a Segura, procedente de Estella y con dirección a la costa de Guipúzcoa, con el objeto de recibir una remesa de armas y municiones que le proporcionaban los ingleses.

Pero al llegar a Segura, supo Espoz que una columna francesa, compuesta por dos mil cuatrocientos infantes, 160 jinetes y varias piezas de artillería, mandada por el general barón D'Arquien, iba de Urretxu a Vitoria y decidió atacar a los franceses. Enseguida divisaron los guerrilleros a la columna y quedando Gregorio Cruchaga al mando de la infantería, el mismo Espoz y Mina dio un rodeo con la caballería, quedando a retaguardia de los franceses. Estos se aprestaron al combate, colocando una batería en la carretera. Y ya se disponía Cruchaga a cargar a la bayoneta, cuando fue derribado de su caballo por una bala de cañón, que le destrozó el brazo izquierdo y le inutilizó la mano derecha. Los guerrilleros se arremolinaron en torno a Cruchaga y los franceses embistieron, llevando a los navarros en retirada hasta Segura. Pero aquí se rehicieron los batallones y embistieron con tal furia contra los franceses que los pusieron en huida.

Cruchaga recibió una primera cura en el mismo campo, siendo llevado a continuación a Navarra, aunque había de morir a finales del mismo mes a consecuencia de estas heridas. Los batallones de guerrilleros siguieron camino de Segura a Azpeitia. A principios de septiembre, el segundo batallón de la división de Espoz y Mina vino a Segura, procedente de Navarra, con el objeto de recibir armamento en el puerto de Deba. Los guerrilleros hubieron de traer a hombros el armamento desde Deba hasta Segura, por carecer de acémilas para este trecho. Una vez en Segura se proporcionaron las acémilas necesarias y se dirigieron hacia Mañeru, donde el 8 de septiembre fueron repartidas las armas.

Elecciones generales del 1-II-1891
Ref. La "Voz de Guipúzcoa" del 3-II-1891.
CandidatosPartidosVotos
OlazábalCarlista188
NocedalIntegrista42
Elecciones generales del 5-III-1893
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa" del 9-III-1893. Filiaciones en diversas publicaciones de la época.
CandidatosPartidosVotos
OlazábalCarlista221
NocedalIntegrista35
Elecciones generales del 12-IV-1896
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa" del 17-IV-1896. Filiaciones en "La Unión Vascongada" del 13-IV-1896.
CandidatosPartidosVotos
AranaCarlista193
NocedalIntegrista57
Elecciones generales del 27-III-1898
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa" del 30-III-1898. Filiación en "El Fuerista" del 27-III-1898.
CandidatosPartidosVotos
García FernándezCoalición Liberal90
Elecciones generales del 16-IV-1899
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa" del 19-IV-1899. Filiación en "La Unión Vascongada" del 17-IV-1899.
CandidatosPartidosVotos
OlazábalIntegrista181
Elecciones generales del 19-V-1901
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa" del 24-V-1901. Filiaciones en "La Unión Vascongada" del 13-V-1901.
CandidatosPartidosVotos
AldamaLiberal84
Elecciones generales del 26-IV-1903
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa" del 29-IV-1903. Filiaciones en La Constancia del 26-IV-1903.
CandidatosPartidosVotos
AranaCarlista153
Elecciones generales del 10-IX-1905
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa" del 13-IX-1905. Filiaciones en "La Voz de Guipúzcoa" del 11-IX-1905.
CandidatosPartidosVotos
SánchezLiga Foral97
Elecciones generales del 21-IV-1907
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa" del 24-IV-1907. Filiaciones en "La Voz de Guipúzcoa" del 22-IV-1907.
CandidatosPartidosVotos
SenanteIntegrista176
Elecciones a Diputados en Cortes del 8 de mayo de 1910
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa", mayo 1910.
CandidatosVotos
Manuel Senante Martínez188
José Joaquín Castañeda44
Votos en blanco5
Elecciones a Diputados en Cortes del 8 de marzo de 1914
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa", marzo 1914.
CandidatosVotos
Manuel Senante Martínez143
Luis Morenes García Alesson104
Tirso Olazabal1
Votos en blanco3
.
Elecciones generales del 9-IV-1916
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa" del 12-IV-1916. Filiaciones en "La Voz de Guipúzcoa" del 10-IV-1916.
CandidatosPartidosVotos
SenanteIntegrista85
Elecciones generales del 1-VI-1919
Ref. "El Pensamiento Vasco" del 2-VI-1919. Filiaciones en "El Pensamiento Vasco" del 26-V-1919.
CandidatosPartidosVotos
SenanteIntegrista134
UrretaPNV44
Elecciones generales del 28-VI-1931
Ref. "Boletín Oficial de Guipúzcoa" del 29-VI-1931. Filiaciones en "El Pueblo Vasco" del 30-VI-1931.
CandidatosPartidosVotos
LeizaolaNacionalista246
PicaveaIndependiente246
PildainCanónigo (Integrista)246
UrquijoTradicionalista246
AmilibiaUnión Republicana6
De FranciscoSocialista6
GárateAcción Nacionalista6
UsabiagaDerecha Republicana6
Elecciones a Diputados en Cortes del 19 de noviembre de 1933
Ref. "La Voz de Guipúzcoa", noviembre de 1933.
CandidatosVotos
Paguaga250
Tellería249
Urraca249
Maeztu248
Leizaola232
Irujo227
Irazusta225
Monzón224
Picavea213
Bizcarrondo21
Usabiaga20
De la Torre20
Gomendio19
De Francisco1
Alvarez1
Imaz1
En la primavera de 1931, a los días de instaurarse la República, Segura se adhirió al Estatuto. Asimismo, estuvo representado en la Asamblea de Estella y en el plebiscito del 5 de noviembre de 1933 para refrendar el Estatuto Vasco se obtuvo en esta localidad el siguiente resultado:

Ref. "La Voz de Guipúzcoa", noviembre de 1933.
N.º electoresFavorContra
6675445
Elecciones a Diputados en Cortes del 16 de febrero de 1936
Ref. "El Pueblo Vasco", febrero 1936.
CandidatosVotos
Irujo272
Lojendio269
Oreja269
Paguaga265
Múgica264
Lasarte211
Picavea207
Monzón202
Irazusta197
Amilibia5
Apraiz5
Ansó5
Larrañaga5
Elecciones a Diputados en Cortes del 1 de marzo de 1936
Ref. "El Pueblo Vasco", marzo 1936.
CandidatosVotos
Irujo337
Irazusta337
Lasarte337
Picavea337
Ansó9
Apraiz9
Amilibia9
Larrañaga8
Elecciones del 15-VI-1977
Tras haberse expresado en el referéndum de 1976 con 161 sí, 11 no, 12 votos en blanco y un 19,64 % de votantes, en 1977 define así sus opciones:
PNV326 (47,5 %)EE178 (25,9 %)
GU56 (8,1 %)PCE7 (1,0 %)
ESB45 (6,5 %)FUT4 (0,5 %)
DGV29 (4,2 %)PSP4 (0,5 %)
DIV19 (2,7 %)ANV2 (0,2 %)
PSOE15 (2,1 %)AETG0 (0,0 %)
FDI0 (0,0 %)Nulos y abst.:230 (25,2 %)
Referéndum constitucional de 6 de diciembre de 1978
Dio el siguiente resultado sobre un censo de 1.019 electores:
Votos: 276Abst.: 743 (72,91 %)Sí: 62 (6,08 %)
No: 200 (19,62 %)Blanco: 12Abst. y No: 92,53 %
Elecciones generales del 1-III-1979
(Censo electoral: 1.030)
Ref. Ibermática. Norte, S. A.
PNV333 (45,67 %)LKI5 (0,68 %)
HB191 (26,20 %)PCE3 (0,41 %)
EE123 (16,87 %)EKA1 (0,13 %)
UCD62 (8,50 %)UN1 (0,13 %)
PSOE8 (1,09 %)Abstenciones:292 (28,34 %)
Elecciones municipales del 3 de abril de 1979
Con el fin de ocupar las 9 concejalías de este Ayuntamiento se presentaron dos candidaturas: PNV y Segurako Abertzale Independienteak. Los votos y concejales elegidos, sobre un censo de 915 electores, fueron: PNV con 522 votos: Guillermo Areizaga, Ignacio Etxeberria, Ignacio Oyarbide, José Insausti, Pedro M. Echezarreta y Juan José Garmendia; S. Abertzale Independienteak con 265: Gregorio Elorza, Rafael Berasategui y Simón Goya. Alcalde: Guillermo Areizaga del PNV.
Referéndum estatutario del 25-X-1979
Sobre un censo electoral de 983 electores resultan:
Ref. "El Diario Vasco", 27-X-1979.
Votos: 684 (69,52 %)Abst.: 299 (30,42 %)Sí: 634 (92,69 %)
s/c (64,49 %)
No: 22 (3,21 %)Blanco: 23 (3,36 %)Nulos: 5 (0,73 %)
Primeras elecciones para el Parlamento Vasco: 9-III-1980
(Censo electoral: 1.015).
Ref. "El Diario Vasco", 11-III-1980.
PNV368 (54,84 %)LKI4 (0,59 %)
HB178 (26,52 %)ESEI3 (0,44 %)
EE89 (13,26 %)AP2 (0,29 %)
UCD12 (1,78 %)UC1 (0,14%)
PSE7 (1,04 %)PCE1 (0,14 %)
Abstencioes:334 (33,89 %)
Elecciones Generales del 28 de octubre de 1982
(1.067 electores, 822 válidos, 7 nulos, 2 blancos).
PNV447AP/UCD31
HB225CDS1
EE81CUC1
PSOE36
Elecciones municipales del 8 de mayo de 1983

Concejales: PNV: Guillermo Areizaga, Ramón Leturia, Ignacio Echeverría, Antonio Múgica, Antonio Tellería, Francisco Azurmendi y José Antonio Genua. Independientes: Javier Albizu y Rafael Guerrico. Resultó elegido alcalde el primero.

Elecciones al Parlamento de Vitoria del 26-II-1984
PNV531PSOE15
HB228CP13
EE50Auzolan3
Elecciones generales del 22 de junio de 1986
PNV380PSOE15
HB255CDS7
EE61UC1
CP30
Elecciones municipales del 10 de junio de 1987

Resultaron elegidos los siguientes concejales: EA: Guillermo Areizaga Intxausti, Félix Jauregui Arregi, Ceferino Agirre Expósito, Mari Carmen Etxeberria Erauskin. HB: Luis María Tellería Lezeta, Félix Lardizabal Arrondo, Salvador Agirre Oiarbide. PNV: Ramón Leturia Lasa, Cruz María Insausti Rekondo.

Elecciones generales del 29 de octubre de 1989
EA323PP6
HB269PSOE2
PNV189Otros5
EE49
Elecciones al Parlamento de Vitoria de 28-X-1990
HB360EE37
EA315PSOE7
PSOE209PP1
Elecciones municipales del 26 de mayo de 1991

Resultaron elegidos los siguientes concejales: EA: María Carmen Echeverría, Ceferino Aguirre y Cruz María Goicoechea. HB: Javier Albizu, Salvador Aguirre y Vixente Albisu. PNV: Ramón Leturia, Manu Errezola e Ignacio Echeverría. Fue elegida alcaldesa María Carmen Echeverría.

Elecciones generales del 6 de junio de 1993
EA324PSE/EE8
HB254PP5
PNV192Otros39
Elecciones al Parlamento de Vitoria del 23-X-1994
EA296PP14
HB246PSE/EE8
PNV189IU3
Elecciones municipales del 28 de mayo de 1995

Resultaron elegidos los siguientes concejales: EA: Karmentxu Etxeberria, Xabier Tellería, Inmaculada Gabilondo y M.ª José Arrondo. HB: Javier Albizu, Rafael Gerriko y Aitzol Tellería. PNV: Pedro M.ª Agirrezabal y Manu Emezola. Fue elegida alcaldesa Karmentxu Etxeberria Erauskin.

Elecciones generales del 3 de marzo de 1996
EA323PP20
HB254IU/EB4
PNV178Otros4
PSE/EE23

Villa, independiente, 23 fuegos. Las ordenanzas municipales con que se hubiese regido Segura en tiempos lejanos son de todo punto ignoradas, señala Gorosábel. Sus papeles sólo dan luz de una que hizo el 20 de mayo de 1348, confirmada por el Rey, referente al embodegar el vino y sidra, así como a la venta de estas bebidas. Según se descubre de algunos documentos antiguos, el gobierno municipal de esta villa en los tiempos primitivos se componía de un alcalde, dos fieles o regidores, y otros tantos jurados; y mas adelante tuvo además un síndico procurador general y tres diputados. Esto no obstante, estuvo siempre en costumbre de consultar al concejo, o sea al vecindario constituido en junta, sobre todos los asuntos de alguna consideración; cuyas reuniones se celebraban muchas veces dentro de la iglesia parroquial. En falta de ordenanzas escritas, Segura se gobernó por las costumbres y usos locales hasta el año 1722, en cuya época formó un cuaderno de ellas compuesto de cincuenta y un capítulos; el cual fue confirmado por el supremo consejo de Castilla en 27 de setiembre de 1723.

Conforme a ellas, el Ayuntamiento de esta villa quedó reducido a un alcalde, dos regidores, un síndico procurador general y un diputado; a quienes, en virtud del autoacordado de 5 de mayo de 1766, se aumentaron dos diputados del común y un síndico personero. Tal era el último estado de cosas hasta que con arreglo a la ley general de 8 de enero de 1845 su Ayuntamiento quedó constituido con un alcalde, un teniente de alcalde y seis regidores. A la misma y otras disposiciones especiales se atiene también la villa de Segura en la parte de atribuciones y obligaciones de estos capitulares, como en los demás pueblos de esta provincia; quedando por consiguiente abolidas las ordenanzas de 1723 en un todo. Segura es uno de los pueblos donde se celebraban alternativamente las Juntas Generales de la provincia. Se hallaba encabezada en veinte y dos fuegos para los repartimientos provinciales; y sus apoderados ocupan en las Juntas Generales y particulares el décimo nono lugar a mano izquierda del Corregidor.

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