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MENDAVIA

El problema de la propiedad agraria. Mendavia fue uno de los ayuntamientos navarros más afectados por las enajenaciones de comunales en el s. XIX. La II República hizo renacer grandes esperanzas entre los mendavieses desposeídos de tierras. Al recibir el ayuntamiento la circular de la diputación con los proyectos de los republicanos y al ser consultado por el Ministerio correspondiente acordó «remitir inmediatamente al Ministerio de Trabajo una relación de los bienes de que fue desposeído del común este ayuntamiento, como son los ocho ejidos, montes, jasas, Ursaval, Cerrado, Imas (granja) y señorío de Legarda. Con el fin de remediar la necesidad de las familias pobres, los gestores municipales acordaron el 21 de mayo aplicar el Reglamento provincial, privando del disfrute de parcelas a los no necesitados, es decir, a quienes «pagan más de 350 pesetas de contribución, a los que pagan cédula personal de 11.ª clase, a los solteros comprendidos entre 50 y 25 años, y solteras entre 45 y 25», comunicando la decisión a los interesados, y sorteando las parcelas recuperadas entre los solicitantes pobres. En el caso de sobrar algunas, se repartirían entre las familias con ocho o más hijos menores, y entre los mayores de 70 años. [AMMendavia; Actas, fol. 81]. Una comisión de representantes del ayuntamiento de Mendavia visita en julio al vicepresidente de la Dip. Constantino Salinas para solicitarle permiso para roturar tierras baldías. Salinas promete solución al problema agrario. La diputación envió el 4 de septiembre de ese año a Mendavia al empleado de montes Manuel Aizcorbe, para que reconociera los terrenos de la Veguilla, el Estrecho y la Sardilla, solicitados para su parcelación, y emitiera informe. Según recoge Jimeno Jurio, los mendavieses siguieron roturando tierra sin autorización. Una comisión municipal volvió a Pamplona el 17 de septiembre para entrevistarse con los diputados Salinas, Soriano, Jaime y Munilla. Les expusieron «la grave situación en que se encontraba el ayuntamiento, y principalmente el alcalde, respecto a los ejidos en los que se rotura, cosa que no se puede impedir, dada la forma en que está ya el vecindario». Los diputados se mostraron reservados, excusando su intervención mientras de Madrid no se recibieran normas. Durante la reunión trataron también sobre la posibilidad de poner urgentemente en cultivo varios terrenos (el Prado, Helera, Rincones, Sosal y Recuejas), que habían estado roturados en 1920 y de cuyos pastos venían aprovechándose indebidamente algunos ganaderos de los ejidos colindantes. Los concejales opinaban que debía prohibirse a los corraliceros ese goce, iniciando expediente para el aprovechamiento de las tierras, poniéndolas en cultivo y distribuyéndolas entre los vecinos. El motivo era claro. Esos términos eran del municipio. Apenas hacía diez años que fueron roturados para beneficio de la población; los ganaderos estaban cometiendo un abuso al meter sus rebaños en estos pastos que no les pertenecían. Regresaron de Pamplona y el alcalde informó a los corporativos sobre lo tratado allí, acordando «prohibir en absoluto a los señores corraliceros entren a pastar con sus ganados en hierbas» de los citados términos (AMMendavia: Actas, ff. 126-127). No le fue tan fácil como creía. Cruz Sagredo, Emerenciano Merino Avalos, los herederos de Isidoro Sagredo y Baldomera Sáinz, viuda de Jesús Sagredo, entablaron recurso de reposición contra el acuerdo municipal y contra la posible roturación de esos terrenos comunales. Los corporativos quedaron asombrados. Consultaron al abogado Salvador Goñi: su respuesta aumentó la perplejidad y el disgusto. El letrado dijo «que el terreno es del ayuntamiento, pero que su opinión es de que se les ha dejado ya muchos años a los corraliceros el aprovechamiento de esas hierbas, y que, para desalojarlos de ese derecho, le parece lo más oportuno esperar la aprobación de la Reforma Agraria y, en último caso, una transacción propuesta por el Excmo. señor gobernador o la diputación». El informe del letrado no satisfizo en absoluto a los concejales. Acordaron desestimar el recurso de reposición, «fundándose en que en las escrituras de compra de los ejidos no constan las hierbas de esos terrenos» (Id. fol. 134). Las cosas se ponían mal para los campesinos mendavieses. El 19 de noviembre de 1931 comunicó la diputación a la alcaldía que no autorizaba la parcelación de los ejidos. Dispuestos a encontrar una solución justa, pacífica y positiva para el pueblo, los concejales mantuvieron conversaciones con los ganaderos y el gobernador civil. Al fin consiguieron la firma de un convenio, «en la villa de Mendavia y su sala consistorial», el 24 de octubre de 1931 . Bajo la presidencia del gobernador Bandrés, se reunieron los representantes de la corporación, de la UGT local, seis propietarios de ejidos (Cruz Sagredo, Pedro F. de Piérola, Bernardina Martínez de Espronceda, Isaías Baquedano, Emerenciano Merino y Teodora Sainz) y seis representantes de otros tantos propietarios (por Baldomera Sáinz, José Sagredo; por Julia García, Francisco Martínez; por Angela Vizcay, Fermín Martínez de Luco; por Angel Jiménez, Simón Sainz; y por José María Modet, Victoriano Ruiz). El objeto de la reunión era «tratar de la cesión de ejidos en favor del ayuntamiento, volviendo a ser del completo dominio del mismo dichos ejidos». Discutidas las proposiciones, se llegó al compromiso de cesión bajo las siguientes condiciones: «Primera. Todos los ejidistas o dueños de ejidos ceden los derechos que sobre los mismos tienen, en favor del ayuntamiento, para que pueda parcelarlos o hacer de ellos lo que tenga por conveniente, pasando dichos ejidos al pleno dominio del municipio de Mendavia, ateniéndose ambas partes, respecto a indemnización, o sea cancelación de la suma que represente, a lo que determine y disponga la ley de Reforma Agraria, próxima a publicar el Gobierno de la República». «Segunda. El ayuntamiento se compromete de momento a realizar, cerca de la Excma. diputación foral de esta provincia, las gestiones conducentes a la designación de los técnicos que deberán determinar los ejidos, o parte de ellos, que deben ser objeto de parcelación, quedando a salvo las fincas particulares comprendidas dentro de los ejidos, por el reconocimiento que se hace de su propiedad». «Tercera. El ayuntamiento se compromete solemnemente, garantizándolo con todos sus bienes, o sea, con todos los del municipio, a abonar a los corraliceros o ejidistas las sumas que representen la cesión que hacen de sus derechos». «Cuarta. De esta cesión o convenio se dará cuenta a la Excma. diputación, por parte del ayuntamiento, para que la sancione y para que tenga todos los efectos de validez, dentro del régimen interior de Navarra». El documento lleva dos apéndices o notas, reservando el usufructo de los pastos en favor de los ganaderos hasta el 31 de mayo de 1932. Mendavia daba un paso importante en la solución del problema de reversión de comunales a los pueblos. Su ejemplo será imitado por otros. De haber llegado a confirmarse definitivamente las operaciones, hubiera cambiado sustancialmente la suerte del campesinado. Todo hacía presagiar felices soluciones. Pero en éste, y en otros contratos similares, figuraba una cláusula importantísima, transcendental: la indemnización a los propietarios -la compra misma- se condiciona «a lo que determine o disponga la ley de Reforma Agraria». Lo sucedido en Mendavia y las inquietudes del campesinado navarro alarmaron a los propietarios, reacios a perder su «fuero». El lunes 4 de noviembre de 1931 el Diario de Navarra publicaba en primera plana un artículo llamando la atención de los terratenientes y de los navarros. Decía que el problema de la tierra había tenido en Mendavia una solución satisfactoria, al parecer, sirviendo de modelo a otros pueblos para resolver problemas locales y particulares. «Esta apreciación, a todas luces inadmisible por injusta y por inconveniente, no debe extenderse, y estamos seguros de que el Sr. gobernador civil, persona ponderada y ecuánime, se habrá adelantado ya al deseo que nos permitimos hacerle presente, de que evite el contagio del error», fácil en épocas de exaltación como la presente. Considera el autor inadmisible, injusta, inconveniente y errónea la solución adoptada por los mendavieses, dirigida por el propio gobernador Bandrés y realizada dentro de los cauces de justicia, legalidad y equidad. El toque de alarma produjo inmediatamente unos efectos que, a la larga, serán catastróficos para el campesinado navarro. Para esa fecha, los latifundistas planeaban la constitución de una entidad para su defensa. Fechado el 19 de noviembre, la diputación envió un escrito a la alcaldía de Mendavia comunicando que no autorizaba la parcelación de ejidos. Los ganaderos se oponían, alegando que el contrato de cesión «no estaba hecho completo para todos, puesto que Modet y Jiménez dicen que sus administradores no les representaban en el acto del convenio, y que se acredite que los demás, tanto dueños como representantes, acrediten estar debidamente autorizados para la cesión de ejidos o parte de éstos, para, en vista de ello, lo remita a dicha superioridad [diputación] para la resolución procedente». (AMMendavia: Actas, f. 150). El ayuntamiento recurrió ante el gobernador contra la diputación. Angel Jiménez era propietario de Imas. El miércoles, 23 de diciembre, cursó Jiménez al gobernador civil un telegrama, comunicando que cuatrocientos obreros mendavieses habían irrumpido en la finca, destrozando arados y talando árboles, expulsando violentamente a los criados e iniciando la roturación de tierras. Acudió la Benemérita para impedirlo. Bandrés citó a su despacho al alcalde, Dionisio Salcedo Sádaba, al presidente de la UGT, al teniente de la Guardia civil de Lodosa, don Fructuoso López, a don Angel Jiménez y su administrador, para solucionar el problema de Imas. Por el momento no llegaron a una solución. El 17 de febrero de 1932 por la mañana, las centrales sindicales obreras, UGT y CNT, declararon la huelga. Los afiliados salieron a la calle. El cabo y un número del puesto de la Guardia civil local, visitaron a Salcedo y al juez para rogarles que evitaran cualquier abuso. Intentó el alcalde telegrafiar a Pamplona, pero la línea estaba cortada en seis puntos; quisieron tomar un coche para ir a Lodosa y pedir ayuda, y los amotinados lo impidieron. Circularon rumores alarmantes sobre la pareja que había salido de ronda por el campo, de la que se dijo había sido cercada en un corral, y sobre la otra, desarmada por los vecinos en la villa. Llegaron al anochecer en dos autobuses medio centenar de guardias, enviados por don Alfredo Serrano, teniente coronel jefe de la Comandancia de Pamplona, mandados por el capitán de Tafalla, Enrique Pérez y Ruiz de Arcaute, y el teniente de Lodosa. El vecindario se retiró a sus casas. Según declaraciones del capitán, se había producido un movimiento huelguístico y un enfrentamiento entre paisanos y guardias, pero éstos no habían sido desarmados ni se produjeron colisiones. Los esfuerzos del alcalde y del juez fueron eficaces para evitarlas. La información oficial asegura que el día siguiente la tranquilidad era total en la villa. Fueron clausurados los centros obreros de UGT y CNT, detenidas doce personas e iniciadas las diligencias judiciales. Pasada la tormenta, prosiguieron las negociaciones sobre Imas y el reparto de terrenos en la Helera, Sosal, Recuejas, Rincones, Sardilla, Estrecho y la Veguilla (23 de marzo, 7 de abril y 20 de mayo), llegándose a una solución satisfactoria para los trabajadores. El 30 de junio fue aprobado en Pamplona un convenio entre propietarios de corralizas y el ayuntamiento, representado por Dionisio Sábada, Martín Suberbiola y Matías Elvira. Los propietarios cedían provisionalmente sus fincas en arriendo, «hasta que la Ley Agraria, que discuten las Cortes, se ponga en vigor y determine lo procedente para la cesión definitiva». La renta anual quedó fijada en cuatro mil pesetas por corraliza. Por el momento no hubo avenencia sobre la distribución de tierras en Imas. Posteriormente se produjo nueva invasión y siembra de tierras. Jiménez se vio forzado a ceder unos cientos de robadas para una explotación comunitaria, iniciada conjuntamente por los afiliados a UGT y CNT, en 1936. Cuando las esperanzas de los campesinos mendavieses eran mayores, llegó la guerra civil y fueron incautadas unas quinientas robadas de remolacha, ciento cincuenta de maíz, una de escobil, las cosechas de pimientos, alubias y melones, y las parcelas cuyos dueños habían «desaparecido». (Datos extractados de la magnífica serie de Jimeno Jurio, Nuestra Tierra, publicada en la revista «P. y Hora») entre los números 103-116 casi semanalmente, 1978).