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CONFERENCIAS POLÍTICAS

Bibliografía sobre las Conferencias. El alavés Ramón Ortiz de Zárate, en su obra Compendio Foral de la Provincia de Álava (1857), dedicó un capítulo a las Conferencias Afirmó que "la identidad de derechos y la mancomunidad de origen, de lengua, de costumbres y de intereses no podían menos de unir en fuertes y estrechos lazos las tres provincias hermanas". En consecuencia "las más importantes órdenes y medidas dictadas para el País Vasco alcanzan a las tres provincias, tienen por necesidad que reunirse a tratar o conferenciar de los negocios comunes"(2) . La obra de A. Marichalar y C. Manrique, editada en 1868, realizaba una breve mención a las Conferencias como organismo común de las tres provincias(3) . Posteriormente, Gorosábel(4) , en el capítulo titulado "de las cosas con las provincias vecinas", se refiere a las Conferencias e incluso expone como hipótesis que su antigüedad de hecho se remonta a 1779, al periodo en el que la política arancelaria de la Monarquía borbónica apretó con el fin de alterar la ubicación de las aduanas y, por ende, el status económico de espacio franco que gozaban los habitantes vascos.

R. Becerro de Bengoa publicó una breve descripción de las Conferencias en 1877 interpretándolas en términos políticos, en una coyuntura marcadamente incierta para el devenir de las instituciones públicas forales, con la siguiente valoración: "Cada una de estas provincias constituye dentro de la federación o fraternidad euskara una especie de estado independiente y autonómico y las tres están unidas en la identidad de la sangre y de la ley formando el Irurac bat de nuestro original y primitivo pueblo"(5) . Esta idea la copiarán y reproducirán otros autores, tales como Mañé y Flaquer y G. Desdevises du Dezert(6) . Éste último, inspirándose en la interpretación de R. Becerro de Bengoa, concluyó que las actas de las Conferencias son el reflejo del Estado Vascongado: "L'acte était scellé du grand sceau de l'Irurac-Bat, l'État vascongade, triple et un"(7) .

En el período postforal de los Conciertos Económicos Nicolás Vicario y de la Peña dedicó al tema un espacio destacado en su libro sobre las Costumbres administrativas de la autonomía vascongada, explica con detalle la perduración del sistema de reunión en las Conferencias y realiza un análisis comparativo de las Conferencias en tiempos del Régimen Foral, es decir anteriores a 1876 y las organizadas con posterioridad, por las Diputaciones Provinciales. En su opinión "Desde que la autonomía vascongada se puso en tela de juicio y fue objeto de frecuentes ataques, la necesidad de unirse para la común defensa las tres Diputaciones fue mayor, y por lo tanto las Conferencias se hicieron más frecuentes. Por estas consideraciones se comprende que las Conferencias no se celebrasen en el periodo de engrandecimiento autonómico mientras rigieron los destinos de España la dinastía de Austria y primeros años de la dinastía de Borbón, para aparecer en uso frecuente durante la última década del siglo XVIII y todo el siglo XIX"(8) . Para Nicolás Vicario las Conferencias de las Diputaciones vascas llegaron a constituir una institución de carácter autónomo cuyas decisiones obligaban.

J. Ariztimuño menciona las Conferencias y las interpreta políticamente como un precedente inmediato del Estatuto de Autonomía. En su opinión, el Estatuto plebiscitado de 1933 se inspiró, por lo que respecta a los órganos de gobierno, en la tradición de las Conferencias(9) .

Habrá que esperar a la voz "Conferencias" del Diccionario Enciclopédico Vasco para que Bernardo Estornés Lasa le otorgue un apartado específico, recuperando su memoria y significado histórico(10) . Sin embargo, y frente a lo que podría deducirse de la última frase del artículo en cuestión ("La ley de 1876, en la que se abolía la soberanía foral, alcanzó también a las Conferencias"), es preciso señalar, como se puede colegir de las actas, que las Conferencias pervivieron en el régimen de Conciertos Económico-administrativos y constituyeron, en ocasiones, una suerte de foro de debate y asamblea que suplía la carencia de una institución común representativa. Por ejemplo en 1917, para la aprobación del manifiesto la reunión común de los diputados provinciales se constituyó en Asamblea.

En la bibliografía más reciente encontramos menciones y comentarios sobre las Conferencias en los estudios de G. Monreal, M. Vázquez de Prada y J.L. Orella, E. Alonso, O. Diaz. En 1981 I. Olábarri incorporó el tema de las Conferencias a la publicística política(11) .

La publicación del corpus de las Actas de Conferencias en 1995,(12) ha servido para una renovada ponderación y evaluación de las Conferencias políticas de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava y ocasionalmente también de Navarra en el marco del sistema foral de Vasconia.