Léxico

TABACO

Legislación. En virtud de los pactos ajustados con la Corona, las Provincias Vascongadas gozaban de un régimen especial, una de cuyas características más notables consistía en la ausencia de barreras aduaneras y, en consecuencia, la exención en el pago de los aranceles. También el Reino de Navarra poseía un sistema arancelario restringido con arreglo al Fuero. Por lo tanto, puede decirse que toda Euskal Herria peninsular quedaba, en un principio, al margen de las disposiciones generales tomadas por la Corona con respecto al tabaco, aunque la Hacienda Real intentó por todos los medios encontrar la fórmula para poder alcanzar beneficios de tan lucrativo ramo del comercio, también en los territorios exentos.