Municipalities

BIDANIA

Universidad, unión de Sayaz, 11 fuegos. Según consigna Gorosábel, Bidania siempre tuvo su administración económica independiente; así como el goce de sus montes y demás propiedades. Desde que la alcaldía de Sayaz logró en el año de 1563 la facultad de nombrar alcalde, su ayuntamiento se componía de éste, de dos regidores y un síndico procurador general. A éstos, con arreglo al auto-acordado de 5 de mayo de 1766, se aumentaron dos diputados del común y un síndico personero. Tal fue la organización municipal de esta universi-dad hasta que se aplicó en esta provincia la Ley de ayuntamientos de 8 de enero de 1845 conforme a la cual, se compuso (1860) de un alcalde, un teniente de alcalde y cuatro regidores. Consiguiente a este nuevo orden de cosas, aunque la alcaldía mayor de Sayaz desapareció como distrito judicial, subsistió en concepto de una unión para la concurrencia y representación en las Juntas provinciales, a la cual perteneció esta universidad, como uno de sus miembros principales. Con arreglo a las ordenanzas antiguas de la Hermandad de la Provincia, el punto de Usarraga, jurisdicción de esta universidad, era uno de los dos en que debían celebrarse las juntas particulares de ella. Después se trasladaron a la iglesia de San Bartolomé.