Lexique

PROSTITUCIÓN

Antecedentes históricos. Desde la Antigüedad han existido diferentes tipos de prostitución. Las formas más primitivas corresponden a la hospitalaria, en la que se ofrecían las mujeres de la familia a los extranjeros, y la sagrada, que tenía lugar en los templos y con cuyas ganancias se lucraban los sacerdotes. Ambas formas no han tenido influencia en nuestra historia institucional. Será en Grecia y en Roma donde se configuren los modelos de organización de la prostitución que marcarán la pauta posterior y que, aun sobre distintas situaciones histórico-sociales, serán repetidos cíclicamente en Occidente. El legislador ateniense Solón, con la doble finalidad de procurar al Estado los importantes ingresos que obtenían los sacerdotes con la prostitución sagrada y, a la vez, preservar la integridad de las mujeres consideradas honradas, instauró los prostíbulos públicos dependientes del Estado, con un funcionamiento sometido a unas determinadas reglas y un rígido control de las mujeres y de su actividad. En el mundo romano se sabe de la existencia de prostíbulos ya en el s. II a.C. Progresivamente se irán adoptando medidas reguladoras y así, por ejemplo, se ordenará a las mujeres que ejerzan la prostitución su inscripción en un registro al efecto de obtener una licencia que les autorizaba a ejercer su trabajo. Pagaban, asimismo, un impuesto sobre sus ganancias y estaban sometidas a la jurisdicción de los ediles. Ahora bien, una vez inscritas en el registro de la prostitución legal adquirían la nota de infamia, que ya no perderían en el resto de sus vidas y que mermaba su capacidad jurídica. Con la llegada del Cristianismo se generaliza en los primeros tiempos de la Iglesia una contundente condena de la prostitución. En el s. IV, sin embargo, otro enfoque del fenómeno parece abrirse paso y San Agustín advierte: «Expulsad a las prostitutas y enseguida las pasiones lo confundirán todo (...) ya que llevan una vida impura, pero las leyes del orden les asignan un lugar, por más vil que sea» (Aug. De Ordine 2,4). Sus palabras suponen un cambio de actitud importante y alimentarán las discusiones de los glosadores medievales. Con todo, a la caída del Imperio Romano, las legislaciones de los pueblos germánicos implantarán sistemas prohibicionistas, con la consiguiente desaparición de todo intento de reglamentación. La legislación visigoda, singularmente, prevé duros castigos para las mujeres que ejerzan la prostitución. Durante la alta E. M. no se encuentran apenas referencias a la prostitución. Los grandes Señores y los abades tenían sus propias concubinas, lo que en el caso de los clérigos y de los hombres casados pronto empieza a ser perseguido. Pero, en lo que respecta a la prostitución, ya a partir del s. XIII se había iniciado una profunda transformación reflejada en los textos y tratados eclesiásticos, que tiene su correlato en el mundo laico y que conducirá a un cambio en la concepción y valoración del fenómeno. A su vez, el incipiente desarrollo de las ciudades había planteado nuevas necesidades y fuerza la aparición de una política de control de las costumbres que se plasmará en las numerosas ordenanzas municipales que emanan de los concejos de las villas por todo el Occidente medieval. Este cambio desembocará en un nuevo período reglamentarista durante el s. XIV. Se afirma, ahora, que la prostitución ayuda al mantenimiento de la salud pública y la moralidad, pues, aun siendo un mal puede ser utilizado para evitar otros mayores, que preocupan aún más a las autoridades de la época, como la homosexualidad masculina, la violación de las mujeres consideradas honradas o los «excesos de la lujuria». Por ello queda impune, explícitamente, de muchos textos legales la violación de una mujer pública, como en el Capitulado de Hermandad de 1479 en Vizcaya (Labayru, Historia v. 3, p. 310). A su vez, curiosamente, la seguridad de las mujeres honradas se pretendía conseguir a través de la actividad sexual reglamentada de las públicas. Toda esta mentalidad podía resumirse en la glosa falsamente atribuida a San Agustín, aun con base en su obra De Ordine, tan citada en los siglos medievales: «la mujer pública es en la sociedad lo que la sentina en el mar y la cloaca en el palacio. Quita esa cloaca y todo el palacio quedará infectado». Los rasgos generales de los intentos reglamentaristas que se producen en todo el Occidente Medieval a lo largo de los siglos XIV al XVII son análogos. En todas las villas y ciudades de una cierta importancia se construirán prostíbulos públicos, municipales o privados, pero sometidos todos a normas municipales de los Concejos. Los burdeles se instalarán en zonas concretas y delimitadas de las villas para evitar la vecindad de los ciudadanos considerados honrados. Simultáneamente, se trata de erradicar sin mucho éxito la prostitución clandestina de mesones, tabernas y casas privadas.