Lexique

DUELO

Fue muy usado en la región de Bayona, duran te la Edad Media, como prueba judicial. Balasque cita el que tuvo lugar entre el laburdino Arnaud Sans y un caballero de la Baja Navarra, que, hacia 1096, fue vencido y horriblemente mutilado. Bajo el ancien régime, los duelos son numerosos y con consecuencias mortales casi siempre. Citaremos rápidamente alguno de ellos: En 1550 el duelo entre Francis, arquero del Château-Neuf y el tejedor de Lisle, que tuvo lugar cerca de la fuente Pannecau. Este último se refugió en el convento de los Franciscanos después de haber dado muerte a su adversario. En 1590 podemos señalar una queja de Jean de Pardies, maestro calcetero, herido de una estocada por el violinista Arnaud Meynier. El uso generalizado de la espada hacía que algunas veces se utilizase dicha arma a tontas y a locas. Así es como en 1597 Pierre de Saint-Jean, cofrade boticario -compagnondio una estocada a la molinera del molino de Donzac. Por otra parte no era preciso ir muy lejos para liquidar una querella; podemos citar como ejemplo, el duelo de Dallis, maestro tejedor, y de Jean Ducarsanet, que tuvo lugar, en 1601, en el cruce de las calles Douer y Destibeaux. Y podríamos seguir enumerando muchos actos de violencia; en 1606, por ejemplo, Pierre de Etcheverry, recaudador de tallas en Lannes, hiere con su espada a Pierre de Crutchette, señor de Garitz y regidor. Incluso las gentes de pluma siguen la moda. En 1603 se notifica una prohibición de dirigirse mutuamente ningún desafío de duelo o combate, a Miguel de Laborde, notario real, y a Micheau de Lapradère, ujier de la sala de la Bolsa. En 1667 Dominique Péan mata a un soldado del regimiento de Normandía de guarnición en el Château-Neuf. En 1700 podemos señalar el duelo de Chantelouve, comisario de artillería, y del caballero de Tretz, teniente en el regimiento de Médoc, y en 1703, el de Jean de Larrétéguy, caballerizo y consejero del rey, comisario de la marina, y de Jean Castel Boyer, teniente del regimiento de Forez; asimismo, una riña a espada tuvo lugar cerca del convento de los Capuchinos a la salida del frontón de Maubec. Algunas veces, el pretendido duelo no es más que un crimen, como el perpetrado en 1712, por René Dutast, que fue perseguido por haber herido a su hermano mayor de dos estocadas que le ocasionaron la muerte. Recibió el perdón en agosto de 1712. En 1713 Ramond de Bellocq, comerciante, fue desafiado en duelo por Tarros hijo, tejedor, justamente el día de la entrada en Bayona de la princesa de los Ursinos. Podemos señalar igualmente en 1759, que un sargento del regimiento de la marina, fue muerto en duelo en la calle de Graouillats, cerca de los Franciscanos. El examen verbal levantado nos ofrece la descripción del uniforme que fue examinado a la luz de la luna. "Era blanco, bocamangas, cuello y chaqueta de color negro, pantalones rojos, medias de seda negras, zapatos con hebillas de metal, cinturón de cuero rojo". En 1756, otro sargento del regimiento de Brissac murió en duelo en el muelle, junto al muro del convento de los Franciscanos. Pero sería preciso alargarse mucho para terminar con un tema tan rico en incidentes. Ref. Edouard Duceré: Dictionnaire historique de Bayonne, 2 vols, Bayonne, 1911-1915.

En Navarra los duelos se reputan por delito infame; y los que desafiaren, admitieren e intervinieren por terceros o padrinos incurren en él, y pierden los oficios, rentas y honores que tuvieren por Real gracia y quedan inhábiles para gozarlos en su vida. Si el que desafía, o el que acepta salieren al lugar señalado, aunque no se verifique riña, muerte o herida, tienen pena de muerte, y confiscación del usufructo de sus bienes en caso de fuga, y durante ella tan solamente; sin perjuicio de los alimentos de la muger, hijos y padres del delincuente. En la misma pena incurren los padrinos, y los que llevaren los carteles o recados de palabra para dichos desafíos. Verificada la confiscación del usufructo, y la muerte del prófugo, se restituirán los bienes a sus herederos y sucesores. Para justificar el delito hasta la semiplena probanza corroborada, y adminiculada de indicios, presunciones, y conjeturas vehementes que basten a mover y coartar el ánimo prudente del juez al asenso del crimen. Todos los que viendo los desafíos no los embarazaren pudiendo, o no dieren aviso a la Justicia, serán condenados en seis meses de prisión, y multados en la tercera parte del usufructo vitalicio de sus bienes. No vale la declinatoria del fuero militar para suspender las causas de este delito, ni hay lugar a la prescripción [Lib. 2 tit. 19 ley 26]. Ver DESAFIO. José Yanguas y Miranda