Sailkatu gabe

VERGÜENZA (DERECHO)

Tiempo de permanencia expuesto a la vergüenza pública. La legislación no siempre especificaba durante cuánto tiempo debía permanecer el reo expuesto a esta pena infamante. Las sentencias de las autoridades judiciales nos muestran un amplio abanico de posibilidades, desde unas pocas horas, hasta varios días, e incluso en algunos casos se especificaba el día, los domingos al tiempo de misa mayor. Para que esta pena cumpliera su propósito era condición sine qua non: de un lado, la presencia de un público que actuaba como referente ante el cual el reo quedaba humillado o avergonzado; y de otro, su aplicación en horario diurno, ya que sin luz, la exposición a la vergüenza en la picota carecía de sentido, amén de que por las noches existía un toque de queda que ponía en marcha en las villas un dispositivo especial de vigilancia y control, entre cuyas medidas estaba la prohibición de circular por las calles, con lo que desaparecía de la escena el referente escarnecedor del espectador. En 1336 el doctor en leyes y procurador real Jacques Licrás fue condenado por haber acusado falsamente, a ser expuesto al "pilloric" a son de clarín hasta el mediodía, y para evitar que "ningún non le fis villanía en su persona", se puso una guardia alrededor del "pilloric" durante ese tiempo. En 1337 Pedro de Lana fue "puesto en la plaça [de Olite] en un pilar alto porque todos lo uyesen, et fincó aylly thodo el día esnuo por menudos furtos que auía fechos". En 1346 el almirante del Burgo de San Cernin condenó a un hombre por vender trigo por encima del precio establecido a permanecer durante dos días en el "piloric". En Lekeitio las personas que eran sorprendidas por los guardas de las heredades "haziendo mal e dapno e hurto e robo", además de permanecer nueve días en la cárcel, también eran expuestas a la vergüenza en el "campo del astillero" durante un día, según se desprende del juramento efectuado en 1528 por estos vigilantes.