Léxico

SUICIDIO

Acción y efecto de suicidarse, bereburuerailtza (EKIN). buru-erailtza, buru-erate, buru-aria (PL. M.).
Se castigaba en Navarra confiscando los bienes de los que se suicidaban. En 1387 Martín Ibero, vecino de Cárcar, fue encontrado degollado en su casa sin poderse averiguar el autor, por cuya razón y por «algunas presunciones que obieron, el mesmo ser degollado, el recebidor puso à mano real todos los bienes del dicto Martin». En 1391 mandó el rey confiscar los bienes de Juan Exea de Benadis, «morante en la parroquia de la Poblacion, quien desesperado de la gracia el misericordia de nuestro señor Dios, indubto del diablo, que ha seido su conseillero el ministro, se es eill mesmo enforcado el dapnado; por lo quoal segunt fuero, uso et costumbre del regno, todos sus bienes muebles el inmuebles son confiscados «la corona». En 1396 se confiscaron los de Gracia Martínez de Blascoain, de Puente la Reina. «porque tentada del diablo salió de casa à media noche el se echó en la agua, do despues fue faillada afogada». Su marido se presentó al rey con cinco criaturas de la difunta y le pidió por gracia y de limosna la mitad de los bienes de la madre y el rey se los dio todos. En 1414 Salomón Carrasco, judío, «servidor del Rau (Rabí), desesperado se echó en la taillada (en Olite) «fue llevado a Caparroso é echado en el rio Aragon en yuso». Esta costumbre de echar al río a los que se suicidaban se observó hasta el s. XVII. Los desgraciados que tengan esa suerte y llamaban desesperados no paraban hasta el mar; porque todos los pueblos, cuando la corriente del río los llevaba a su territorio, hacían salir gentes pagadas a fin de echarlos, como si su presencia fuese una gran calamidad o estuviesen poseídos del demonio. Ref. José Yanguas y Miranda.