Léxico

PRUD HOMME

M. de Balasque dice que, en general, el término de Prud'homme -hombre bueno-, se empleaba en la Edad Media para designar un hombre recomendable por su fortuna o por los cargos que había ejercido; era un calificativo honorable que indicaba una notabilidad personal. Esta es la primera impresión que se tiene al leer la carta de los malhechores en donde los prud'hommes estaban comprendidos entre los gentilhombres de Laburdi, por una parte y entre los artesanos y el pueblo bajo por la otra. Sin embargo, continuando la lectura podemos darnos cuenta de que esta palabra tiene otro alcance que el de un calificativo más o menos banal. En efecto, los prud'hommes bayoneses no eran solamente simples notables, ni una imprecisa clase de aristocracia burguesa sin límites bien determinados, como sin atribuciones, sino que al contrario, constituía un colegio, una especie de Senado encargado de conservar las tradiciones anteriores. La Ley dejó pronto de estar constituida exclusivamente por las leyes de la costumbre no escritas; pero no debemos pensar que las cosas se hacían arbitraria o caprichosamente y pronto se pensó que era necesario que alguien se encargase de constatarlas. Entonces la misión de los prud'hommes era este conjunto de leyes consuetudinarias. A finales del s. XIII, gracias a los esfuerzos de los juristas al corriente de las doctrinas romanas y sobre todo de la Iglesia, la ley escrita tiende a suplantar las leyes de tradición oral. Un alcalde de Bayona, alcalde de ocasión impuesto por el rey, y probablemente celoso de la enorme influencia que prestaba a los prud'hommes el exclusivo conocimiento de la ley oral, los convocó para que la fijasen. Los prud'hommes se reunieron en número de ochenta y nueve y decidieron que no escribirían nada sobre la materia pues entonces el alcalde sabría tanto como ellos. Ref. Edouard Duceré: Dictionnaire historique de Bayonne, 2 vols, Bayonne, 1911-1915.