Institución fiscal medieval; tributo destinado a financiar la acuñación de moneda, monopolio de la corona, muy difundido en Navarra y Aragón. En un principio tuvo carácter excepcional; se renovó periódicamente hasta llegar a generalizarse. Estaban exentos de su pago los clérigos e infanzones, tributando en ocasiones de forma voluntaria, en apoyo de la calidad de la moneda, en los momentos más precarios. Instaurado por Alfonso IX de Castilla en 1202 y por Pedro II de Aragón en 1206. Durante el s. XIV, en años de crisis, se tienen noticias, entre otros, de los monedajes otorgados a Luis Hutin por el Concejo de Tudela en 1307, a Juana II y Felipe de Evreux en 1330 y del concedido en 1350 por las cortes de Estella a Carlos II con motivo de su coronación. Se compensaba de esta forma el compromiso real de evitar las alteraciones de la moneda que a partir del s. XIII francos y burgueses intentan contener.
v. MONEDA.
Alberto Xabier MARTÍNEZ ARTOLA
v. MONEDA.
Alberto Xabier MARTÍNEZ ARTOLA
