Fuentes Históricas

Memorial de Votos

Lleva el título siguiente: Cahier du recrulement, plaintes et demandes des habitants du hourg Saint-Esprit-les-Bayonne, pour erre présenté par ses députés a l'Assemblée du Tiers Etat en la sénéchaussée d'Albret, siege de Tartas.

"Los habitantes del burgo Saint-Esprit han sido informados demasiado tarde sobre las órdenes que debían recibir para formar su diputación en la Asamblea de su Senescalía; esta consideración, unida a las diversas memorias que han aparecido ya y en las que se tratan los grandes temas de administración, tratados y desarrollados de forma a inspirar toda confianza, determina a los habitantes a tomar en cuenta todas las disposiciones necesarias, bien para procurar al Tercer Estado una influencia proporcional a la utilidad que el gobierno saca de sus servicios, bien para procurar a la nación en general una constitución verdaderamente monárquica, que fije invariablemente los derechos del Príncipe y de la Nación, que asegure el poder del Estado, la autoridad del monarca y la dicha de los súbditos, por lo cual autorizamos a nuestros diputados a mostrar, decir y tener todo lo necesario para conseguir este noble fin."

"Cumplidos estos fines principales, recomendamos a nuestros diputados que no elijan para representantes de los Estados Generales sino a hombres tan íntegros como instruidos, recomendándoles igualmente que hagan todos sus esfuerzos para que se hagan admitir sus reclamaciones en los Estados Generales relacionadas especialmente con los abusos sin límite que existen en las diversas partes de la administración, e insistir particularmente en la necesidad de suprimir todos los derechos que se perciben en el interior del reino, estableciendo oficinas en las fronteras y suprimiendo por completo las del interior, en las que se cometen exacciones sin número, autorizadas por la confusión de las tarifas como por la multitud de reglamentos interpretativos, sobre todo en la parte de la propiedad."

"La población del burgo de Saint-Esprit, que es la más considerable de la provincia de Guyenne, que comprende alrededor de cinco mil habitantes, poseen rentas para pagar los gastos locales, tales como el pago de un secretario, de cuatro bomberos y de un jefe, el mantenimiento de las fuentes públicas, bombas de incendio y pavimentación de calles y plazas, se encuentra no obstante desprovista de ninguna especie de renta para subvenir a todos esos gastos, ya que sumas considerables recogidas anualmente sobre el consumo de los habitantes, son sumergidas en el tesoro de la ciudad de Bayonne, de suerte que los habitantes del burgo Saint-Esprit se ven obligados a subvenir a todos sus gastos por medio de contribuciones individuales que, unidas a los impuestos reales, dejan a sus habitantes en el más deplorable estado. Por estas consideraciones, los diputados están expresamente encargados de impedir que la ciudad de Bayonne, que tiene no solamente rentas de arbitrios sino también de patrimonios, tenga que percibir sobre los habitantes del burgo de Saint- Esprit la renta que ha encontrado el secreto de apropiarse bajo pretextos tan frívolos, tanto más que el burgo de Saint- Esprit no tiene nada en común con dicha ciudad de la que está separado por el río Adour, que es de una Diócesis y de una Senescalía diferentes; en una palabra, que no hay nada de común entre ellos. "El Saint Esprit era un burgo tanto más independiente de Bayonne, que tenía su ley municipal y su sistema, tanto para los asuntos espirituales como temporales diferentes de los de esa ciudad, reuniendo en él todos los caracteres que constituyen la existencia física y política de un burgo independiente de Bayonne y de cualquier otro lugar; no estando esta ciudad autorizada de ninguna forma a percibir ninguna especie de derecho sobre los habitantes de un burgo tan numeroso como es preciso para su seguridad ya que está abierta por todas partes, a tener una corporación municipal que vele sin cesar por la seguridad de los habitantes quienes se encuentran reducidos, por un abuso intolerable, a no tener más apoyo que los auxilios de un comisario cuya autoridad se encuentra tan limitada como la del cabildo, que tiene que mantener la justicia en el burgo yendo a recoger a los oficiales de su jurisdicción a Bayona donde residen, contra las disposiciones de los Reglamentos, siendo obvios los inconvenientes que se producen a falta de una policía siempre en activo, por todo lo que los citados diputados insistirán en la necesidad de establecer una municipalidad en el burgo Saint-Esprit y el restablecimiento de los derechos locales para proveer a los gastos de su administración particular que será devuelta completamente a los habitantes. "Los diputados pedirán igualmente, considerando la franquicia de que goza Bayona, que se establezcan en el burgo Saint-Esprit no solamente dos mercados cada semana, sino también dos ferias al año, en las épocas que se celebraban en Bayona, antes de la franquicia del puerto, no siendo justo que los habitantes de Saint-Esprit que se encuentran, a partir de esa franquicia, defraudados de los beneficios que obtenían en esas ferias y mercados de Bayona, se hallen privados por el cambio de su constitución política, que por su combinación influía en este burgo, que se ha visto privado de repente por culpa de los habitantes de Bayona."

"Por último los citados diputados llevarán nuestros deseos ante la Asamblea de los Estados Generales para que, con los diputados de otras ciudades y provincias, se pida: 1.° Que Su Majestad se digne acordar a esta región una administración provincial tal como se ha complacido en conceder a otras provincias; les recomendaremos que insistan tanto más en estos artículos ya que es absolutamente necesario que los trabajos públicos estén protegidos por sus mismos intereses. Bajo el régimen actual no obstante, hemos pagado ya cuatro veces por una tarea que no se ha realizado aún. 2.° Que el servicio esté sostenido por las tres Ordenes. 3.° Que todo impuesto distintivo de las Ordenes se suprima y reemplace con una contribución general de la que nadie estará exento. 4.° Que sea así para los impuestos que graven ciertas provincias, que los impuestos particulares desaparezcan para dar lugar a una uniformidad tan deseable para todo el reino. 5.° Que si el clero ponía su deuda como excusa para sustraerse del impuesto general, la Nación se encargue de absolverle mejor que hacer que le sea impuesta particularmente. 6.° Que se opere en la Asamblea General por cabeza y no por orden. 7.° Que se pida la reforma del código civil y criminal. 8.° Que los pontazgos y derechos particulares de los señores u otros, sobre carreteras y ríos, y de los que la comunidad está gravada, sean abolidos y los propietarios compensados. 9.° Que se pida la abolición de la venalidad de las cargas judiciales. 10.° La reducción de pensiones y la extinción de las concedidas sin necesidad. 11.° El establecimiento en todo el reino de la Limosna pública u Oficinas de Caridad donde se proporcionará trabajo a los pobres válidos y subsistencia a los niños y a los inválidos, única forma de evitar la mendicidad. 12.° La supresión de señoríos y privilegios particulares y exclusivos; que todo individuo, en el reino, pueda emplear libremente sus talentos para procurarse su subsistencia y la de su familia. 13.° Que se establezca en los burgos y barriadas de las ciudades una policía concertada con las ciudades; que la generalidad de la senescalía contribuya a establecer allí barreras para que los malhechores no puedan cometer robos y crímenes en las ciudades y burgos, ayudados por la facilidad que tienen de escapar a la vigilancia de la policía. 14.° Que la pesca del bacalao se favorice y que se tomen nuevos métodos para impedir la introducción del bacalao extranjero, en contra de los intereses del armador.

Hecho y aprobado en la asamblea de los habitantes del burgo Saint-Esprit-les-Bayonne, mantenida en la casa de Doyenné el diecinueve de abril de mil setecientos ochenta y nueve

Cassolet, Dubrana, Jean Morassin, Harambillet, Gignan, Vidalin, L. Lafargue, Bergez, Mirambeau, L. Lafitte, Méthel, Gettes, Lassamde, Chapu, Poynaud, Joseph Depeire, Dabadie, Nabenon, Lautanée, Armand Larrieu, Mansiet, Simonet, Laserre, Dortes, Lané, J. Desclaux, Sefourcade, Laforcade, J. B. Lane, síndico general. "paraphé pour ne varier", "Duhalde, notario real".

Ref. Edouard Duceré: Dictionnaire historique de Bayonne, 2 vols, Bayonne, 1911-1915.