Concepto

Joko, Jolas, Juego (versión de 1986)

Juegos prohibidos. Existen algunas disposiciones legales y forales prohibiendo o reglamentando algunos juegos como los dados, naipes y otros parecidos bien públicamente o en lugares privados. Así p. ej., en 1411 viendo el rey Carlos III de Navarra que el juego de los dados es causa de mucho mal (decía) et que muchos hombres de mala vida, et conversacion, continuaban en dicto juego en la villa de Olit en logares ocultos, los quoales, con engainos de falsos dados, et con otras malicias, hobiendo collerteralles en so campayna, engañaban á muchas personas ganándoles los dineros et las vestiduras; sobre lo que acontescian muchas peleas, sobre lo cual, queriendo proveer de remedio, mandó que nadie jugase a juego de dados á seco en plazas ni en cambras, ni en otros logares ocultos, sino en los logares el tableros que serian ordenados por el prebost, só pena de 60 sueldos; et otro si que ninguno fuese osado de jugar las vestiduras de su cuerpo ni las empeinar por jugar, só pena de otros 60 sueldos, asi el que las ganare como el que las perdiere; como tambien los que los acogiesen et consintiesen. A su virtud el preboste señaló parajes donde se pudiera jugar y se aprovechaba de las multas, pero los oidores de la Cámara de Comptos le mandaron que arrendase las multas para el fisco; el preboste se quejó al rey y éste le mandó que le dejasen gozar de ellas. El Fuero de Vizcaya ordena que los taberneros no tengan dados, bolas ni naipes. El jugar públicamente en Bayona estaba severamente prohibido. En 1576 se prohibió tener cartas de berlanga y jugar a los bolos en las calles. En 1700 se prohibió a los propietarios de cabarets, salas de juego de pelota, de billar y de esgrima, dar de beber o dejar jugar a los particulares y a los oficiales durante los oficios. También estaba prohibido organizar loterías. Sin embargo los archivos bayoneses conservan un anuncio impreso con la apertura de los juegos del castillo romano y de la torre real. Finalmente en 1767, una orden del alcalde prohibió los juegos de bartails, pelota o fronda en las calles, bajo pena de prisión o multa "para evitar que los transeúntes sean heridos, como ya ha sucedido, y para impedir que se rompan los faroles públicos y los cristales de los particulares". Se hace a los padres, madres, maestros y maestras, responsables de los niños. La Novísima Recopilación de Leyes de Navarra (Lib. 4, tit. 7, ley 5) ordena que están prohibidos los juegos de dados y naipes, los de carteta y vueltos y al parar, pública ni secretamente; y el hacer y mandar hacer y vender los dados y traerlos de fuera, pena de 20 ducados por la primera vez, y por la segunda el doblo; y tantas cuantas veces se reitere, se doble la pena. Y ademas se pierda todo el dinero y las otras cosas que se tomaren jugando. Y caso que por no ser hallados en el acto los contraventores no se ejecutare la pena, aquel que alguna cosa perdiere, á los dichos juegos, la puede demandar, dentro de ocho dias, á quien le ganó, y este sea obligado de volverlo que así ganare; y si el que lo perdiere no lo demandare en dicho término, cualquiera podrá demandarlo para sí; y si nadie lo acusare ni demandare, cualquiera juez ó Alcalde pueda ejecutarlo de oficio; y sea la mitad para él, y la otra mitad para el Fisco. Las penas sean dobladas contra quien en su casa diere mesa ó lugar para que se juegue. El 8 de febrero de 1814 se prohibió en Vizcaya el juego en las tabernas, bajo la multa a su dueño de 30 ducados, si era la primera vez, y de 50 si reincidía. [E. J. L.: "H. G. S. B." t. VIII, p. 20]. Los juegos de azar vienen a ser un trato por el cual se arriesga la obtención o pérdida de dinero u otro valor económico, hecho dependiente de un hecho azaroso. Ambas partes, la que ofrece el juego y la que juega deben de conocer los pros y los contras en relación con las probabilidades que posean para ganar o perder. Entre los vascos se han destacado las apuestas en sus juegos deportivos peculiares (ver APUESTA), y los juegos de azar por medio de dados, naipes y aquéllos otros que, a escala internacional, nacional y aun comarcal, han venido practicándose como la ruleta, la lotería, los sorteos, y modernamente quinielas, bingo, etc. Fuera del país atraían irresistiblemente Madrid y Montecarlo. Se jugaba también pero a ínfima escala en ciudades como Bilbao pero sin peculiar importancia. En San Sebastián se estableció en abril de 1869 una Kursaal-Casino dando el 4 del mismo mes el primer concierto de apertura. Era el lugar de reunión de la gente elegante de dentro y fuera del país. En 1871 se le prohibió el juego de ruleta. Desde 1921 entra en escena el Gran Kursaal que, a partir de esa fecha, marca una época en la historia moderna de Donostia, albergando en sus salones a jugadores y aristócratas de toda España. La historia del Gran Kursaal sigue la historia del juego, por tanto su cierre para tal uso. El juego fue tolerado hasta 1923, año en el que se dictó un Real Decreto siendo ministro de la gobernación el duque de Almodovar. La proposición de ley fue presentada en el Congreso de los Diputados de Madrid el día 18 de julio del citado año. Componían la mesa de las Cortes los parlamentarios Pablo Iglesias, Rafael Guerra del Río, Juan Bautista Lazaga, Adolfo Beltrán, Luis García Guijarro, Teodoro Seebold y Juan Sarradel. La enemiga del juego era debida al clamor de muchas familias por la pérdida de sueldos y ahorros en el juego, llevando la ruina y la miseria a muchos hogares. Cuando se promulgó el Real Decreto de 1923, pasó a jugar un papel muy importante la frontera; prohibido el juego en el Estado español bastaba con llegarse a Biarritz para jugar como antes en Madrid y sobre todo en San Sebastián. Pese a las peticiones realizadas, la II República no sustituyó el juego a San Sebastián. El Consejo de Ministros celebrado el 27 de mayo de 1931 acordó denegar la petición de las "fuerzas vivas" de San Sebastián pidiendo el restablecimiento del juego. Se acordó denegar la petición, según recogemos en la prensa, manteniendo este criterio prohibitivo también para el resto del Estado. Con las resoluciones dadas a conocer en 1978 por la Comisión Nacional de Juego se sentaba la reapertura del juego y concretamente se ideó la edificación de un casino en los solares del Gran Kursaal de San Sebastián. Se pensaba edificar un gran complejo que además de las salas de juego del casino propiamente dicho, contaría con un hotel de cinco estrellas y todos los servicios adicionales como restaurante, piscina, aparcamiento, etc. Se proyectaba terminar las obras para 1980. Entretanto funcionaría un casino provisional proyectándose en los conocidos hoteles de Londres y de Inglaterra, con la colaboración del Casino Bellevue de Biarritz. Por fin se inauguró -primero tolerado y luego legalmente- el juego en San Sebastián y resto de la geografía vasca.

Bernardo ESTORNÉS LASA