Casas donde se jugaba a los dados, naipes u otros juegos. Las Cortes de Pamplona de 1553 mandan que no haya casas de tablajería de juegos, ni se pueda jugar dinero seco a dados, ni a naipes, por los inconvenientes que de ello sucede, sino fuere hasta en cantidad de dos reales por pasar el tiempo. Las penas deberían ser moderadas, veinte libras para el que tuviere la tablajería y diez para el que jugare. Estas multas se dedicarían al Hospital o para los pobres. Ref. "Nov. Recopilación de Leyes de Navarra", t. III, Edic. Aranzadi (pp. 321-322).
