Se llamaba así a las tierras alavesas que formaban el señorío y jurisdicción del duque del Infantado. Comprendía las siguientes hermandades: Arrazua, Ubarrundia, Cigoitia, Badayoz, Iruña, Ariñez y Lacozmonte. También pertenecía a este señorío parte de la hermandad de Iruraiz y la villa de Domaiquia, en la hermandad de Zuya. Dichas hermandades estaban divididas en 3 cuadrillas: Cigoitia formaba la primera; Badayoz la segunda; y las 4 restantes la tercera. Sus procuradores constituían la Junta que llamaban de Jurisdicción; se congregaban en la casa consistorial de Foronda; allí tenían audiencia pública los miércoles de cada semana y trataban los asuntos políticos y, económicos relativos a los 45 pueblos de este distrito. Tales Juntas estaban presididas por los ministros que nombraba el duque para administrar la justicia en todos estos lugares: un gobernador y un alcalde ordinario, jueces uno y otro de capa y espada, que conocían a prevención en primera instancia en todo género de causas con las apelaciones a la Real Cancillería de Valladolid. El nombramiento del gobernador quedaba al arbitrio del duque y lo hacía por el tiempo que él quería. El alcalde ordinario se elegía anualmente entre los 12 sujetos que le proponía la Junta de Jurisdicción. El duque nombraba igualmente, cada uno, un merino y montero mayor para que asistiese al gobernador y al alcalde en los negocios judiciales, cuidase de los montes y pudiese denunciar los daños causados en ellos. El montero mayor podía nombrar un teniente de alguacil que le acompañase y sustituyese en todos los asuntos de su cargo. Ref. «Diccionario Geográfico Histórico de la Real Academia», t. II, pp. 375-376.
