Denominación que recibieron en el s. XV las dos parcialidades en las que se hallaba dividida la ciudad de Estella desde su repoblación. Estas dos familias, muy ilustres ambas y de muy noble sangre, se hallaban enemistadas por un falso punto de honor que creían no poder conservar sino con las violencias y desastres en que tenían envuelto al pueblo. Carlos el Noble dictó providencias para extinguir aquellos bandos, y no nos dice la historia qué eficacia tuvieron. Lo único que nos conserva es el documento en que se dictan medidas encaminadas a aquel objeto, una de las cuales era convertir en perpetuos los oficios de alcalde y preboste, que hasta entonces fueron de elección anual, y otra el mandar bajo severas penas que los nombres de dichos bandos quedasen perpetuamente abolidos sin que le fuese a nadie lícito el aplicárselos como distintivo. Las elecciones debían hacerse a la suerte, y ésta buscarse de la siguiente manera: en cuanto vacaba la alcaldía, se juntaban los jurados, los cuarenta concejales y los seis hombres buenos de las parroquias de San Pedro de la Rúa, de San Miguel y de San Juan, por sí y en representación de las demás parroquias; designaban para alcaldes a seis hombres idóneos de aquellas tres, escribían sus nombres en unos papeles, metían éstos en unas pelotillas de cera, y las pelotillas en una bacía llena de agua. Llamaban luego a un niño menor de siete años (un niyno innocent menor de siete aynos, dice la real cédula), le hacían sacar tres pelotillas, y los tres que de esta manera salían nombrados acudían al rey para que de la terna eligiese el que fuera de su agrado. De la propia manera se había de hacer la elección de los jurados y de los cuarenta del concejo, la de los mensajeros, costieros, notarios del concejo y demás oficios, así anuales como perpetuos; y de la misma suerte todos los oficios de las parroquias, iglesias, hospitales y cofradías; y por cuanto para reforzar cada parte su bando, daban a los vecinos nuevos, dentro del año o poco después, oficios de ciudad, mandó también el rey en el referido documento que no pudiesen ejercerlos hasta haber cumplido cinco años de residencia. Respecto de la extraña costumbre sugerida por la animosidad de que unos y otros, los Ponces y Learzas, los Learzas y Ponces (para valernos del estilo empleado en el referido documento), reducíase a que cuando moría uno de un bando, los de aquél se ponían capas descosidas y capirotes de duelo, y no los del bando contrario; y para abolir una demostración de menosprecio tan poco cristiana, mandó el rey que cuando de aquella manera se presentasen los de un bando, hasta cuarenta del otro por lo menos se pusiesen el mismo traje de duelo y honrasen al difunto. La división de bandos había llegado al extremo de que en el mismo templo las damas se sentaban separadas unas de otras según sus respectivos partidos, así para oir misa como para recibir la paz y para todos los actos del culto. Ref. Madrazo, Pedro: Navarra y Logroño, III (p. 66- 67).
