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OROZKO

Definitiva integración en el Señorío de Vizcaya. Tras largos litigios, Orozko consiguió librarse del vasallaje del conde de Ayala. En la Junta general del 22 de julio de 1782 comunicó al Señorío tan grata noticia. En la reunión se acordó que en la próxima Junta general que se celebrara, fuera de merindades o generales de Gernika, se trataría el modo de su incorporación al Señorío de Vizcaya. [E.J.L.: «H. G. S. B.», t. VI, p. 470-471]. Este aprobó en su Junta general de 1784 los capítulos de concordia para la unión total del valle al Señorío. A partir del 22 de julio quedó efectiva tal agregación. Por la primera capitulación dicho valle quedaba sujeto a todas las cargas existentes en el Señorío, sin distinción de las demás villas y anteiglesias. Por el segundo capítulo se procedería a efectuar la fogueración del valle. En el tercero se consignaba que Orozko sería convocado a las Juntas generales disfrutando de voz y voto. El cuarto indicaba que el valle quedaba sometido al gobierno universal del Señorío, «sin alterarle el particular político y económico que hasta aquí había tenido y tiene, ni la jurisdicción que en primera instancia competía a su alcance ordinario entre sus vecinos y moradores en los casos y cosas que había lugar por fuero y derecho; bien entendido que si el Sr. Corregidor del Señorío se hallase en dicho valle, tendría la jurisdicción a prevención con el expresado alcalde ordinario, según y como se practicaba en las villas». En el capítulo quinto se aclaraba que los casos de corte quedaban reservados al corregidor para que conociese de ellos en primera instancia, tal y como lo hacían los demás pueblos de Bizkaia que tenían alcalde ordinario; igualmente se reservaba al corregidor el conocer en grado de apelación de todas las causas que tuviesen principio en el tribunal de dicho alcalde ordinario, y aún en primera instancia en aquéllas cuyo conocimiento les competía privativamente habían de conocer el corregidor y los señores diputados generales en la forma y casos previstos por el Fuero. Finalmente, en el último capítulo se aclaraba cómo todo gasto que surgiese de la dificultad de su entrada a formar parte del Señorío correrían a cuenta de dicho valle. [E.J.L.: «H. G. S. B.», t. VI, p. 482-483].