Lexicon

APARCERIA

Convenio de los que llevan en común una granjería, erdirako (B, G): erdirakoan (B, G), en aparcería; ameteria (B), bigodain (BN, S): kabaleak bigodain emaiten dira (BN), el ganado se da en aparcería; migadoin (BN), jina-parte (BN): jina-partean da, está en aparcería; gasaila (S), erkida (R), ortze (R): ortzeara, en aparcería; erkida-oilo, gallina de aparcería; agotxegi (¿pajar?). (V. J-G).

Este convenio por el cual el dueño y el agricultor llevan en común el cultivo de la tierra ofrece caracteres semejantes a los de otras partes de Europa. Se le llama en vasco erdirako y zatirako según se trate de la zona occidental u oriental del país. La voz vasca ameteritxe, como observa Caro Baroja, le pone en relación con los contratos llamados de "métayage", que parecen en momentos de descomposición del dominio medieval clásico. Las condiciones estipuladas entre dueños y labradores eran muy variadas. Generalmente el dueño ponía el caserío y las bestias de labor y el labrador el trabajo y los demás gastos. El beneficio se repartía a partes iguales. Entre los ganaderos roncaleses el dueño del ganado grande ponía de su parte los gastos y arrendamientos de pastos dejando a los pastores de su servicio criar un hatajo propio junto al suyo. En Zub. también se estilaba el contrato llamado "cheptel" o "migain" pudiendo comprobar el aparcero el valor del ganado en un momento dado y obligar al tenenciero a llevarlo para ese efecto al mercado de Mauleón.

Bernardo ESTORNÉS LASA

Ref. Julio CARO BAROJA "Los Vascos"

Inmaculada URQUIOLA CUNI