Derecho. Término francés de origen germánico con el que se designaba en la Edad Media toda propiedad hereditaria exenta de pagar el censo. El Francalleu es una propiedad franca y no sujeta a servidumbre. En el País Vasco continental, donde se emplea este término, todo el régimen de derecho público era de franc-alleu; las tierras eran francas y las personas, por antiguo derecho de gentilidad, completamente libres de servidumbre. Corresponde, con bastante exactitud, a las tierras libres llamadas alodios o alodiales.
