Lexicon

ALLEU

Derecho. Término francés de origen germánico con el que se designaba en la Edad Media toda propiedad hereditaria exenta de pagar el censo. El Francalleu es una propiedad franca y no sujeta a servidumbre. En el País Vasco continental, donde se emplea este término, todo el régimen de derecho público era de franc-alleu; las tierras eran francas y las personas, por antiguo derecho de gentilidad, completamente libres de servidumbre. Corresponde, con bastante exactitud, a las tierras libres llamadas alodios o alodiales.