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FUERO (EL PROCESO ABOLITORIO DE LOS FUEROS VASCOS)

La abolición definitiva de 1876. El golpe final sobre los Fueros vascos tiene lugar el 21 de julio de 1876 reinando Alfonso XII y gobernando Cánovas. La derrota carlista (2.ª guerra) ha dejado al país a merced de lo que en las Cortes españolas se disponga. En estas circunstancias y, antes incluso del final de la guerra, hilos no demasiado ocultos y muchas veces evidentes, desencadenan una feroz campaña de prensa contra la foralidad vasca, campaña que no pudo ser compensada por una legítima defensa ya que la censura se abatió sobre el país y silenció toda posible alusión favorable a los Fueros en peligro de muerte. Poco le hará falta a una opinión pública largo ha sensibilizada contra los "privilegios" vascos y reprimida por una dictadura de guante blanco para lanzarse ávida sobre esta fácil carnaza: "las mujeres en el pecho, en las sombrillas y en la ropa de los niños; los hombres en el sombrero, levita, chaqueta, etc.; los músicos en los instrumentos; los perros en el collar; en las congaduras, en las paredes de los edificios, en los faroles de las calles, en las puertas de las tiendas, en los escaparates, en fin, en todos los sitios en que era posible fijarla, se ostentaba esta inscripción: "Abajo los Fueros". La descripción de Angulo da una idea del grado de histerización al que llegó la opinión pública española contra la foralidad vasca. El fin de la foralidad sobreviene en un ambiente que en nada favorece a la meditación y al sopesar de las razones y de las consecuencias. Más de 100.000 hombres ocupan el suelo vasco. Dicha presencia militar, aunque disminuida en cuanto al número, permanecerá largo tiempo. La ley abolitoria permite el desmantelamiento lento pero inexorable de la foralidad mediante un eficaz artículo 6.° por el que el Gobierno se atribuye facultades extraordinarias y discrecionales que, de hecho, duraron hasta el 4 de noviembre de 1879 en que se levanta el estado de excepción vigente en el país desde la promulgación de la ley. Para entonces la situación se había "normalizado": las Diputaciones habían muerto en 1877 y, una tras otra, las facultades y el poder decisorio se pierden y se desvían hacia la capital del Reino. Un régimen especial que contempla el modo y la cuantía de la contribución de las tres provincias al erario público así como las atribuciones administrativas de las nuevas Diputaciones provinciales, compensará -a los que quieran dejarse compensar-, por la pérdida de la vieja autonomía. No otra cosa es el Concierto Económico.