Rivières/Estuaires

URUMEA

La fisonomía actual del tramo final de este río dista mucho de parecerse a la que fuera en otros tiempos, en que su desembocadura era muy ancha, constituyendo un estuario entre los montes Ulia e Igeldo ya que Urgull apenas era otra cosa que un islote que surgía en el centro. Constituido luego el tómbolo y unido al monte de San Bartolomé, el río discurría entre Urgull y Ulia anegando con sus aguas y las olas del mar gran parte del actual barrio de Gros y la totalidad de Amara nuevo en el que no fue encauzado hasta 1924-1926.

Comunidad de aprovechamiento: acuerdos y disensiones. Este valle fue otorgado en su mayor parte, a la ciudad de San Sebastián en virtud de carta-puebla dada por el rey Sancho el Sabio de Navarra hacia el 1180; en ella le señaló por término todo el territorio que hay desde el mar hasta el confín de Navarra, en que se comprende dicho valle. Consecuencia de esto fue la comunidad que existió para el uso y aprovechamiento de sus montes entre San Sebastián, Hernani y Urnieta, pueblos que formaron en su origen un mismo distrito municipal. Como es natural, cuando estas dos últimas villas se separaron de la primera, se reservaron su parte proporcional. Por causa de esta comunidad, San Sebastián y Hernani tuvieron algunas disensiones, para cuyo arreglo otorgaron en 1379 una escritura de concordia. Los capítulos concernientes a este asunto fueron en resumen los siguientes: 1º) Que los vecinos de ambos pueblos pudiesen hacer ferrerías en el río Urumea, pero que, si alguno de fuera quisiese construirlas, hubiese de obtener el permiso de los dos concejos. 2º) Que si entre algunos mercaderes u otros viandantes y operarios de las ferrerías del Urumea surgiera un pleito sobre contratos que hubiesen celebrado, quedase a la voluntad del demandante entablar la demanda ante el alcalde de Hernani o los de San Sebastián. 3º) Que los vecinos de ambos pueblos, los de las Artigas y de Hernanizabal pudiesen hacer pacer sus ganados en los términos y aguas del valle. 4º) Que los mismos pudiesen aprovecharse de la leña y madera de los montes del Urumea, franca y libremente, para su propio uso y consumo. 5º) Que si el Rey les hiciese la merced del derecho de la alcabala del hierro que se labrase en las ferrerías del Urumea, percibiese San Sebastián siete décimas partes y Hernani las otras tres. 6º) Que los barcos que viniesen a San Sebastián con ceveras, hubiesen de descargar la mitad de la carga para el consumo de esta ciudad, y la otra mitad se pudiese llevar libremente y sin pago de derechos a Hernani. 7º) Que todo vino, sidra, carne o vena que llegase al puerto de dicha ciudad se pudiese llevar a Hernani sin pago de sisa, ni de otro tributo alguno. 8º) Que en el término del Urumea nadie pudiese cortar árbol guiado para construcción de barcos. 9º) Que ambos pueblos se reservaban la facultad de corregir de común acuerdo estos capítulos. Habiéndose suscitado algunas cuestiones sobre el cumplimiento de la precedente concordia, ambos pueblos y los ferrones de este dicho valle celebraron para su determinación otra escritura de convenio en la casa Igerategi de Urnieta en 1461. En ella, después de declarar que los términos, aguas, pastos e hierbas del Urumea eran comunes de los dos concejos, interesándose San Sebastián en seis partes de diez y Hernani en las otras cuatro, se establecieron algunas reglas sobre prendaría de ganados, ejidos y cortes de árboles. No por eso cesaron las desavenencias de los dos pueblos sobre este asunto. Por lo tanto, para cortarlos de raíz, se otorgó nueva escritura de concordia en 7 de setiembre del mismo año 1461. En 1516, Juan Beaumont, arcediano de tabla de la catedral de Pamplona, vendió a los concejos de San Sebastián y Hernani 22 seles sitos en este valle por 11 ducados navarros anuales de censo. Nuevas diferencias ocurridas entre los mismos dos pueblos y la villa de Urnieta, sobre el uso y aprovechamiento de los montes de dicho valle, obligaron a que se otorgase otra escritura de concordia en 1671. A pesar de esto, en el año de 1703 se suscitaron otras desavenencias entre San Sebastián y Hernani sobre cortes de leña, a cuya consecuencia esta última villa promovió en 1704 la división de los seles y ejidos. Este pleito se ejecutorió en el año de 1780 en sentido favorable a la demandante. En cumplimiento de la provisión librada sobre el particular, se hizo la demarcación y amojonamiento de dichos términos y montes francos. Conforme a los mismos, se aplicaron a San Sebastián seis partes de diez y a Hernani las otras cuatro restantes.

Los puertos del Urumea. Ampliamente utilizados para astilleros y para el tráfico de mercancías entre Navarra y Gipuzkoa, las ordenanzas municipales de Donostia de 1489 citan a "los puertos de dicha villa'', hoy desaparecidos salvo el ubicado en la bahía. Uno de ellos era el de Santa Catalina, cercano al actual puente de este nombre, de renombrada cofradía. Ver CATALINA. Aguas arriba, se encontraba el puerto de Morlans, y, más arriba, en Anoeta, la existencia de un caserío denominado Portutxo induce a localizar allí otro, así como en Murgia donde existen Portuburu y Portutxiki, y tal vez se hallaron, según Izaguirre, los astilleros de Ergobia y el viejo puerto de Morogi. Aguas arriba de Hernani están los puertos de Osiñaga y Fagollaga y, al S. del casco, el barrio de "el puerto" y una densa toponímia en "portu". Ciriquiain piensa que estos puertos del Urumea estuvieron, con probabilidad, en relación con el de Pasajes y la navegación interior del Oria.

Ainhoa AROZAMENA AYALA