Lexique

PATRONATO

Patronatos laicos. Reciben este nombre los patronatos de las iglesias no ejercidos por la Iglesia sino por personalidades laicas pertenecientes a la Nobleza con algún tipo de jurisdicción señorial sobre la localidad en la que la iglesia se hallara enclavada. Dicha intervención fue de tipo económico-administrativo y reverencial e implicaba un derecho muy importante para el patrón laico, el derecho a cobrar el diezmo y a presentar y a dotar al clero. El patronato laico estuvo generalizado en el País Vasco de ambas vertientes, hasta la Revolución Francesa en el N., y hasta su paulatina supresión a lo largo del s. XIX en Egoalde. El conflicto entre el poder señorial de los linajes y el poder episcopal en aumento fue inevitable y de él da cuenta cumplida Lope García de Salazar (t. III, 311-317) que desarrolla una justificación del derecho señorial basada en la Reconquista. De esta forma hasta entrado el s. XVI el Señorío de Vizcaya se negó a admitir la entrada de obispos en su territorio y el célebre episodio del obispo Antonio Carrillo, expulsado del Señorío cuando viajaba en compañía del rey Fernando el Católico, patentiza bien a las claras la escasa intención de los linajes vizcaínos de admitir la competencia de la burocracia eclesiástica. En Navarra la prerrogativa laica fue salvaguardada por ley de las Cortes de 1535 que dice así: «Por tiempo prescripto, & inmemorial, en esta Diocesi de la Ciudad de Pamplona, especialmente en las montañas: el Patronazgo, y presentacion de las Rectorias, que vacan en cada Pueblo, pertenecen á vuestra Magestad, y á los vecinos de los tales Pueblos: y en otros Lugares, á los Señores de aquellos. Y los presentados por los suso dichos Patronos han sido siempre instituidos y proveídos por los señores Obispos de Pamplona, y sus Vicarios Generales: hasta ahora, que por guerras, ó pestilencias, ó otras causas, muchos Lugares donde se guardaba, y guarda la dicha costumbre del dicho Patronazgo, fueron despoblados en tiempos passados, y despues con la paz, y sossiego, se han tornado á poblar. Y los vecinos de los tales Lugares, juntamente con vuestra Magestad, y los Señores de aquellos, que por sí han tenido, y tienen el dicho Patronazgo, han presentado á las Rectorias de los tales Lugares como Patronos de las Iglesias de aquellos, conforme al dicho uso, y costumbre: y no los quieren admitir el Procurador, y Cargo-Theniente del Obispo de Pamplona, so color, que estando despoblados los dichos Lugares, la colacion de las Rectorías de aquellos era del dicho Obispo. A cuya causa los Patronos, y presentados por ellos son vexados, y fatigados, y gastan sus haciendas en pleitos. Suplican á vuestra Magestad lo mande proveer. Con acuerdo del nuestro Visso-Rey, y los del nuestro Real Consejo, ordenámos, y mandámos, que el Obispo de Pamplona, y su Vicario General, ni otro Oficial Eclesiástico, haga ninguna cosa en perjuicio de nuestro Patronazgo Real, ni de los Señores, y vecinos de los tales Pueblos, assi reedificados, donde son Patronos. A los quales mandámos les sea observado, y guardado su uso, y costumbre de tiempo prescripto, & inmemorial, que su suplicacion contiene, porque assi conviene á nuestro servicio. El Marqués de Cañete».
Los casos de Abadiño y de la Antigua de Gernika pueden resultar ilustrativos del patronato laico en Euskal Herria:

Patronato de la Iglesia de Abadiño. Aunque por mucho tiempo se consideró divisero el patronato de la iglesia de San Torcuato, y por esta razón los párrocos tomaban anualmente cuenta a los mayordomos de la fábrica; se halló después que entre los patronatos reales constaba en el archivo de Simancas se encontraba asignado a éste de Abadiano, se requirió con la lista el visitador general en una visita, el cual se abstuvo, como todos los que posteriormente llegaron, de tomar las cuentas mencionadas, que se daban al fiel de la anteiglesia. Mas habiendo ésta recurrido en 1840 a pedir en justicia a la Real Cámara que el Patronato aumentase la dotación de la fábrica por ser insuficiente al servicio divino, no obstante, de percibir el patrono anualmente más de 52.000 reales; se pasó traslado al fiscal de la memorada Real Cámara de Su Majestad, a cuya instancia decretó la Cámara que la casa de Mortara acreditase que el patronato le pertenecía, que sin duda Real, pero concedido a este linaje por Su Majestad se acreditó ser así. El cabildo contemplando su poca congrua elevó un memorial al Marqués de Mortara, que presentaba los beneficios, solicitando el aumento de aquélla. La casa de referencia no defirió a lo solicitado. El número de beneficios era de 7; cuatro de media ración y tres de entera. Seis residían en San Torcuato, el séptimo en San Miguel de Garay. Ref. Labayru: «Historia General del Señorío de Vizcaya» VI.

Patronato de La Antigua de Gernika. En la junta general de Guernica de 1543, hallándose en ella Iñigo Saénz de Ibargüen, alcalde del fuero, Martín Sáenz de Guinea, lugarteniente del prestamero mayor don Juan Hurtado de Mendoza, Juan Alfonso de Mújica y Butrón, Ochoa Ortiz de Guecho de Susunaga, Martin Sánchez de Asúa, Juan Sáez de Meceta, Juan de San Juan de Abendaño, morador de Urdaibai, Pedro Ibáñez de Albiz, Ochoa López de Urquiza, morador de Aulestia, y Rodrigo de Madariaga, vasallos del rey; Pedro Martínez de Albiz, morador de Urquiza, Juan de Ea, morador de Olaeta, Juan Ortiz de Lecoia, Sancho de Zamudio, Iñigo de Muncháraz, morador de Belaoztegui, Pedro Ruiz de Berria, Pedro Ochoa de Veléndiz, Pedro Martínez de Ugalde y los escribanos Sancho Martínez de Zaldo y Juan Iñiguez, pareció la honorable doña María López Moro, hija del doctor Gonzalo Moro, oidor que fue de la audiencia y corregidor y veedor de Bizcaya, y pidió que en atención á que su padre había reedificado la ermita de la Antigua, en la cual se celebraban las Juntas, y había ordenado en su testamento que se le diese al morir sepultura en ella y nombró capellanes, facultado á sus herederos para proseguir en este nombramiento, el cabildo de Guernica lo contradijo y se sostuvo pleito ante don Diego Hurtado de Mendoza, arcediano de Berberiego y prebendado de Calahorra, abad de Santa Pía y Vicario general de la Diócesis por don Pedro de Mendoza, Obispo de Calahorra y provisor del Obispado, en el cual se la había proveído por patrona de esta institución, con poder para nombrar los capellanes á quien quisiere, y pidió ante los nombrados alcalde, prestamero y caballeros ordenasen que se mandase observar y cumplir lo por ella expuesto. Respondiéronle que «desde agora por Junta general» le cedían y traspasaban el derecho que había en lo expuesto: así como á sus sucesores y herederos los que ella determinase y por bien tuviere para el disfrute de dicho patronazgo de Santa María de la Antigua, y el hospital y casa y pertenencias anejas; y pudiesen reparar, edificar, planta y fundar, «tanto quanto a la dicha Junta pertenecia», dándoles poder general y especial para todo, «suplicando al Santo Padre y a la sede apostólica y a sus auditores y quales quier prelados y al rey y justicias eclesiasticas y seglares confirmen lo susodicho para siempre jamas»: y se obligaron con sus bienes habidos y por haber á amparar y defender á la recordada doña María López de Moro y á su voz, en la posesión vel quasi en el patronato de la iglesia de la Antigua, hospital y pertenecidos; y á no consentir que el cabildo de Guernica ni algunos otros embargasen ó perturbaran el patronato, ni á los capellanes que nombrasen la hija del doctor y sus herederos. En el dorso de la donación se declara que doña María López Moro estuvo casada con don Diego de Legarda, vecino de Vitoria, de quien tuvo al bachiller Enrique, el cual contrajo matrimonio en Mondragón con una hija de don Martín Sáez de Artazubiaga; una hija, que también casó con Lope López de Unzueta, teniente de prestamero de Bizcaya, y á doña Isabel de Moro, que así bien se enlazó en matrimonio con el comendador don Ortuño de Escoriaza, sobrino del oidor Ortuño Ibáñez de Aguirre, del hábito de Santiago. Doña María López de Moro, en su testamento otorgado en 9 de julio de l455, mandó que se le enterrase en Santa María de Guernica, en fuesa donde yace Fortun Iñiguez de Ibargüen, y dejó treinta maravedís á esta iglesia y otros treinta á Santa María la Antigua. De suerte que el padre á la sombra del árbol de Guernica, y la hija mayor del famoso corregidor Gonzalo Moro, en la parroquial, quisieron que se depositaran sus huesos. Bien lo merecieron. Ref. Labayru: «Historia General del Señorío de Vizcaya» III.

Caro Baroja señala con acierto la necesidad de llevar a cabo una investigación para averiguar hasta qué punto este particularismo económico, esta influencia de los linajes sobre el templo, ha condicionado algunos aspectos de la religiosidad vasca moderna.

Idoia ESTORNÉS ZUBIZARRETA