Lexique

GARNOMO, Concilio de

Fue convocado por Lupo I en nombre del rey Chilperico II. Se celebró en Garnomo, cerca de Burdeos, el año 673. Acuden, además de casi todos los obispos aquitanos, los vascones Scupilio, de Elusa; Leutadus, de Auch; Salvius, de Bearn (Léscar); Gundulfus, de Bazas; Ursus, de Aire; Bosolenus, de Lectoure; Sesemundus, de Comminges; Maurulenus, de Conserans; Artemon, de Olorón; Siboaldus, de Agen. Se echan en falta los obispos de Dax y de Bigorra. Este concilio sólo atañía a las provincias eclesiásticas de Burdeos, Bourges y Elusa. Los cánones son cuatro: I. Bajo penas canónicas, se prohibe a los clérigos resistirse a la autoridad de sus obispos, de llevar hábito secular, lanzas y otras armas. II. Quedan sometidos a las mismas penas los sacerdotes, diáconos y clérigos que, sin el consentimiento de su obispo, se constituyan en defensores y jueces entre los laicos. III. Las mismas penas contra el obispo, el abad, o toda otra persona de las órdenes sacras que viva secretamente con mujeres: subintroductis vero mulieribus. IV. Los obispos son la cabeza de la Iglesia. Deben amar a los clérigos, que deben servirles y obedecer en todo. Aspi, los prelados mantendrán la religión en tal forma, por ello persistirá la estabilidad del reino y salud del pueblo mediante el auxilio de Dios. Ref. Maassen, Dr. F.: Zwei Synoden unter König Childerich II, 13-14.